DECRETO 74 DE 1996
(diciembre 20)
Gaceta Oficial No. 580. 30 de diciembre de 1996, pag 3.
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
Por medio del cual se definen los ajustes tarifarios para el servicio de telefonía pública básica conmutada durante 1997 y las tarifas para las líneas telefónicas residenciales adicionales a la primera.
LA JUNTA DIRECTIVA DE LAS EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLÍN
en uso de sus facultades legales y estatutarias, y en desarrollo de la resolución 55 del 29 de noviembre de 1996 de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones,
DECRETA
ARTÍCULO 1o. El cargo fijo mensual y la tarifa de consumo del servicio telefónico básico, se indexarón en el 1.39% mensual durante 1997.
PARÁGRAFO: El cargo fijo mensual de los servicios PBX y DID (marcación directa a extensiones) seguirá aplicándose de acuerdo con lo establecido en el decreto 040 del 16 de diciembre de 1994.
ARTÍCULO 2o. Las tarifas de conexión, cargo fijo y cargo por consumo que se aplicarán a las líneas telefónicas residenciales adicionales a la primera, serán las siguientes:
Estratos Alto (6), Medio-Alto (5) y Medio (4): Iguales a las de la primera línea de cada uno de los estratos.
Estratos Bajo-Bajo (1), Bajo (2) y Medio-Bajo (3): Iguales a las de la primera línea del estato Medio (4):
ARTÍCULO 3o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Medellín, a los
EL PRESIDENTE,
LUIS PÉREZ GUTIÉRREZ
EL SECRETARIO,
GUILLERMO MÚNERA GONZÁLEZ