Bogotá, D. C., mayo 11 de 2018CIRCULAR No. 034
PARA: EMPRESAS DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN EL SIN
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA (E)
ASUNTO: ÍNDICES DE PÉRDIDAS DE ENERGÍA 2017
En desarrollo de los estudios relacionados con la implementación de la infraestructura de medición avanzada para los usuarios de energía eléctrica en Colombia, según lo establecido en la Resolución 4 0072 del 29 de enero de 2018 expedida por el Ministerio de Minas y Energía, la Comisión se permite solicitar el reporte de las pérdidas de energía para el año 2017.
Las pérdidas de energía deben ser calculadas siguiendo el procedimiento y condiciones que se señalan en el documento anexo a esta circular.
Los resultados de los cálculos deben ser enviados a la CREG a más tardar el 25 de Mayo de 2018 al correo electrónico creg@creg.gov.co indicando en el asunto del mensaje “INFORMACIÓN CIRCULAR No. 034 - PÉRDIDAS DE ENERGÍA 2017”.
Cordialmente,
CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA