| Publicación Diario Oficial No.: | 48.483, el día:06/July/2012 |
| Publicada en la WEB CREG el: | 05/July/2012 |
| República de Colombia Ministerio de Minas y Energía
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
RESOLUCIÓN No. 073 DE 2012
( 05 JUL. 2012 )
Por la cual se amplía el plazo para remitir observaciones y sugerencias al proyecto de resolución “Por la cual se establecen los criterios de confiabilidad, se fijan las reglas para la evaluación y la remuneración de los proyectos de inversión en confiabilidad del servicio público de gas natural”.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas publicó la Resolución CREG 054 de 2012 “Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general “Por la cual se establecen los criterios de confiabilidad, se fijan las reglas para la evaluación y la remuneración de los proyectos de inversión en confiabilidad del servicio público de gas natural”.
La Resolución concedió un plazo de veinte días calendario, contados a partir de la publicación en la página web de la Comisión, para remitir comentarios.
Se recibieron solicitudes de las siguientes empresas y gremios: CORPORACIÓN SOLUCIONES ENERGÉTICAS INTEGRALES S.A. -CO-SENIT S.A.-(E-2012-006054), EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. -EEPP DE MEDELLÍN- (E-2012-006070), ASOCIACION COLOMBIANA DEL PETROLEO -ACP- (E-2012-006075), CERRITO CAPITAL S.A. (E-2012-006100), ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE GENERADORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA -ACOLGEN- (E-2012-006165), TRANSPORTADORA DE GAS INTERNACIONAL S.A. E.S.P. -TGI S.A. E.S.P.- (E-2012-006144), CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN DE GAS NATURAL -CNO-GAS- (E-2012-006178), ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE GAS NATURAL -NATURGAS- (E-2012-006195), solicitando ampliar el plazo para remitir observaciones.
La Comisión considera conveniente ampliar el plazo hasta el 16 de julio de 2012 para que los agentes e interesados remitan comentarios.
Conforme a lo señalado en el artículo 4 del Decreto 2897 de 2010 no se informó sobre este acto a la Superintendencia de Industria y Comercio por cuanto dispone el otorgamiento de un nuevo plazo para comentarios.
Teniendo en cuenta que la presente resolución implica la ampliación de un plazo ya concedido para la consulta de un proyecto de acto administrativo, no se requiere dar aplicación al numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión 525 del 5 de julio de 2012, acordó expedir esta resolución.
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1. Ampliar el plazo para remitir observaciones y sugerencias al proyecto de resolución “Por la cual se establecen los criterios de confiabilidad, se fijan las reglas para la evaluación y la remuneración de los proyectos de inversión en confiabilidad del servicio público de gas natural”, publicada como anexo de la Resolución CREG 054 de 2012, hasta el 16 de julio de 2012.
ARTÍCULO 2. Esta Resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y modifica las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C.
TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA | GERMÁN CASTRO FERREIRA |
Viceministro de Energía | Director Ejecutivo |
Delegado del Ministro de Minas y Energía
Presidente | |
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