| Publicación Diario Oficial No.: | 50.371, el día:29/September/2017 |
| Publicada en la WEB CREG el: | 28/September/2017 |
| República de Colombia Ministerio de Minas y Energía
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
RESOLUCIÓN No. 118 DE 2017
( 22 AGO. 2017 )
Por la cual se otorga un nuevo plazo para remitir comentarios a la Resolución CREG 055 de 2017
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 2253 de 1994 y 1260 de 2013, y
C O N S I D E R A N D O:
Mediante la Resolución CREG 071 de 2006, la Comisión de Regulación de Energía y Gas adoptó la metodología para la remuneración del Cargo por Confiabilidad en el Mercado Mayorista.
La Resolución CREG 055 de 2017 ordenó hacer público el proyecto de resolución de carácter general “Por la cual se modifican las reglas para las asignaciones de las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad”
La Resolución CREG 055 de 2017 se publicó en la página web de la CREG el 07 de julio de 2017 y en el Diario Oficial No.50.288 del 08 de julio 2017.
El plazo para comentarios del contenido de la Resolución CREG 055 de 2017 venció el 23 de agosto de 2017.
Mediante la Resolución CREG 252 de 2016 se publicó para comentarios el proyecto de resolución de carácter general, “Por la cual se define el precio de escasez del Cargo por Confiabilidad”.
Acolgen y Andeg, radicado E-2017-006518, EPM, radicado E-2017-006865, Celsia, radicado E-2017-006749 y Termovalle, radicado E-2017-006781 solicitaron ampliar el plazo de consulta de la Resolución CREG 055 de 2017.
El día 10 de agosto la CREG realizó un taller para presentar la propuesta y absolver las dudas de quienes participaron.
La Comisión considera pertinente que para el análisis de la propuesta de la Resolución CREG 055 de 2017 y la presentación de los comentarios respectivos los agentes e interesados conozcan los ajustes a la regulación del precio de escasez. Por consiguiente, se acordó dar un nuevo período para comentarios sujeto a la expedición de la resolución definitiva del precio de escasez del Cargo por Confiabilidad.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas aprobó en la sesión 796 del 22 de agosto de 2017 definir un nuevo plazo de comentarios de la Resolución CREG 055 de 2017.
R E S U E L V E:
Artículo 1. Establecer un nuevo plazo para comentarios de la propuesta contenida en la CREG 055 de 2017 por quince (15) días hábiles a partir de la publicación de la presente resolución en la página web de la Comisión de Regulación de Energía y Gas.
Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y no deroga disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C.
GERMÁN ARCE ZAPATA
Ministro de Minas y Energía | GERMÁN CASTRO FERREIRA
Director Ejecutivo |
Presidente |  |
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