DatosDATOS
BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE
MemoriaMEMORIA
DesarrollosDESARROLLOS
ModificacionesMODIFICACIONES
ConcordanciasCONCORDANCIAS
NotificacionesNOTIFICACIONES
Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE

Resolución 180423 de 2012 MME

Abrir documento modal
DOCUMENTO
Abrir
Datos modal
DATOS
Abrir
Búsqueda modal
BUSCAR
Abrir
Índice modal
ÍNDICE
Abrir
Memoria modal
MEMORIA
Abrir
Desarrollos modal
DESARROLLOS
Abrir
Modificaciones modal
MODIFICACIONES
Abrir
Concordancias modal
CONCORDANCIAS
Abrir
Notificaciones modal
NOTIFICACIONES
Abrir
Actos de trámite modal
ACTOS DE TRÁMITE
Abrir

RESOLUCIÓN 180423 DE 2012

(marzo 21)

Diario Oficial No. 48.381 de 23 de marzo de 2012

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

Por la cual se adopta el Plan de Expansión de Referencia Transmisión 2012-2025.

EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA,

en uso de las facultades legales y en especial las establecidas en los numerales 11 y 8 de los artículos 2o y 5o, respectivamente del Decreto número 0381 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 17 de la Ley 143 de 1994 compete a la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME), elaborar los Planes de Expansión del Sistema Interconectado Nacional;

Que el artículo 18 de la Ley 143 de 1994 determina que compete al Ministerio de Minas y Energía definir los planes de expansión de la generación y de la red de interconexión y fijar criterios para orientar el planeamiento de la transmisión y la distribución;

Que el numeral 8 del artículo 5o del Decreto número 0381 de 2012, establece como función del Ministro de Minas y Energía adoptar los planes generales de expansión de generación de energía y de la red de interconexión y establecer los criterios para el planeamiento de la transmisión y distribución;

Que a través de la definición del Plan de Expansión de Referencia del Sistema Interconectado Nacional se determina la forma en que se abastecerá la demanda de electricidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera;

Que el Ministerio de Minas y Energía mediante Resolución número 181313 de diciembre 2 de 2002, determinó los criterios y la forma para elaborar el Plan de Expansión del Sistema

Interconectado Nacional;

Que el artículo 6o de la Resolución número 18 1313 de 2002, establece que dentro del planeamiento de la expansión del Sistema Interconectado Nacional, y con el cumplimiento de lo establecido en los artículos anteriores, la Unidad de Planeación Minero-Energética, UPME, podrá elaborar independientemente Planes de Expansión de Transmisión y de Generación que busquen orientar y racionalizar el esfuerzo del Estado y de los particulares para la satisfacción de la demanda nacional de electricidad en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Energético Nacional;

Que el artículo 7o de la mencionada resolución, dispone que una vez sometido a consideración del Cuerpo Consultivo Permanente, la Unidad de Planeación Minero-Energética, UPME, elaborará la versión del Plan de Expansión de Referencia del Sistema Interconectado Nacional en lo concerniente a los planes de transmisión y de generación que de él se deriven y lo remitirá para la aprobación del Ministerio de Minas y Energía, luego de lo cual se pondrá a disposición de los Transmisores Nacionales y de los terceros interesados;

Igualmente señala en su artículo 8o, que se debe agotar el mecanismo de las convocatorias públicas, con el objeto de seleccionar el agente económico que presente la mejor oferta para ejecutar un determinado proyecto de transmisión de energía eléctrica definido en el Plan de Expansión del Sistema Interconectado Nacional;

Que la Resolución número 180924 del 15 de agosto de 2003, expedida por el Ministerio de Minas y Energía, estableció y desarrolló el mecanismo de las convocatorias públicas para la ejecución de los proyectos definidos en el Plan de Expansión de Transmisión del Sistema Interconectado Nacional;

Que al elaborar el Plan de Expansión de Referencia del Sistema Interconectado Nacional, la Unidad de Planeación Minero-Energética, UPME, identificó y propuso aquellos proyectos necesarios para el cubrimiento de la demanda nacional;

Que la Unidad de Planeación Minero-Energética, UPME, elaboré el Plan de Expansión de Referencia Transmisión 2012-2025, cuya versión preliminar se hizo pública a partir del 6 de diciembre de 2011 hasta el 22 de diciembre de 2011, respecto de la cual las siguientes empresas, EPM E.S.P., ISAGEN, XM, EPSA, EMGESA, AES CHIVOR, ISA TRANSELCA, EEB, EMSA, ELECTRICARIBE, TERMOBARRANQUILLA, ISA, y CODENSA, presentaron comentarios y sugerencias;

Que en la sesión celebrada el 25 de noviembre de 2011 correspondiente al Acta número 107, el Comité Asesor de Planeamiento de la Transmisión (CAPT), aprobó las recomendaciones sugeridas por la UPME en el Capítulo de Transmisión del Plan de Expansión. A continuación se resumen los aspectos principales de cada uno de estos proyectos recomendados:

Proyecto Caracolí 220 kV:

-- Nueva Subestación Caracolí 220 kV-300 MVA.

-- Línea Flores-Caracolí 220 kV, de 23 km aproximadamente y sus bahías correspondientes.

-- Línea Caracolí-Sabana 220 kV, de 31 km aproximadamente y sus bahías correspondientes.

-- Obras asociadas a nivel de STR.

-- Fecha de entrada en operación: 30/09/2015.

-- Obras ubicadas en el departamento del Atlántico.

La ejecución de las obras del STR asociadas con esta Convocatoria, estarán sujetas a las disposiciones normativas y regulatorias vigentes del sector.

Proyecto Suria 230 kV:

-- Nueva Subestación Suria 230 kV-300 MVA

-- Reconfiguración de una de las líneas Guavio-Tunal 230 kV en Guavio-Suria y Suria- Tunal mediante una nueva línea doble circuito a 230 kV de 27 km de longitud aproximadamente y sus bahías correspondientes, desde la Subestación Suria hasta el punto de apertura.

-- Obras asociadas a nivel de STR

-- Fecha de entrada en Operación: 30/09/2015

-- Obras ubicadas en el departamento del Meta.

La ejecución de las obras del STR asociadas con esta Convocatoria, estarán sujetas a las disposiciones normativas y regulatorias vigentes del sector.

Nuevo Corredor Chinú-Montería-Urabá 220 kV:

-- Nueva subestación Montería 220 kV-300 MVA.

-- Línea Chinú-Montería 220 kV de 66 km aproximadamente y sus bahías correspondientes.

-- Línea Montería-Urabá 220 kV de 122 km aproximadamente y sus bahías correspondientes.

-- Nuevo transformador 500/220 kV de 450 MVA ubicado en la Subestación Chinú y sus bahías correspondientes.

-- Obras asociadas a nivel de STR

-- Fecha de entrada en Operación: 30/09/2015.

-- Obras ubicadas en los departamentos de Córdoba, Sucre y Antioquia.

La ejecución de las obras del STR asociadas con esta Convocatoria, estarán sujetas a las disposiciones normativas y regulatorias vigentes del Sector.

Nueva Subestación Guayabal 230 kV y corredor de línea Bello-Guayabal-Ancón:

-- Nueva Subestación Guayabal 230 kV-300 MVA.

-- Línea Bello-Guayabal 230 kV de 17 km aproximadamente y sus bahías correspondientes.

-- Línea Guayabal-Ancón 230 kV de 11 km aproximadamente y sus bahías correspondientes.

-- Obras asociadas a nivel de STR.

-- Fecha de entrada en Operación: 30/09/2015.

-- Obras ubicadas en el departamento de Antioquia.

La ejecución de las obras del STR asociadas con esta Convocatoria, estarán sujetas a las disposiciones normativas y regulatorias vigentes del sector.

Cambio de configuración Subestación Caño Limón 230 kV y obras asociadas:

-- Cambio de configuración de la Subestación Caño Limón de barra sencilla a barra principal más transferencia.

-- Instalación de la bahía de línea en la Subestación Banadia (hacia Samoré).

-- Instalación de la bahía de línea en la Subestación Toledo (hacia Samoré).

-- Fecha de entrada en Operación: 30/12/2014.

-- Obras ubicadas en el departamento de Arauca.

Este proyecto se desarrollará bajo el mecanismo de ampliación descrito en el artículo 1o de la Resolución CREG 147 de 2011.

Normalización de la T Subestación Malena 230 kV:

-- Normalización de la Subestación Malena 230 kv-50 MVA a configuración doble barra.

-- Instalación de la bahía de línea para la llegada de la línea Primavera-Malena 230 kV.

-- Instalación de la bahía de línea para la llegada de la línea Jaguas-Malena 230 kV.

-- Fecha de entrada en Operación: 30/11/2014.

-- Obras ubicadas en el departamento de Antioquia.

Este proyecto se desarrollará bajo el mecanismo de ampliación descrito en el artículo 1o de la Resolución CREG 147 de 2011.

Segundo Circuito Cartagena-Bolívar 220 kV:

Construcción del segundo circuito entre las subestaciones a nivel de 220 kV Cartagena y Bolívar de 18.4 km, aproximadamente.

-- Fecha de entrada en Operación: 30/11/2016.

-- Obras ubicadas en el departamento de Bolívar.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Ver Notas de Vigencia> Adoptar el “Plan de Expansión de Referencia* Transmisión 2012-2025” elaborado por la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME), el cual forma parte integral del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 21 de marzo de 2012.

El Ministro de Minas y Energía,

MAURICIO CÁRDENAS SANTA MARÍA.

PLAN DE EXPANSIÓN DE REFERENCIA.

<ANEXO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 48.381 de 23 de marzo de 2012; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

×