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Resolución 168 de 2014 CREG

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RESOLUCIÓN 168 DE 2014

(diciembre 15)

Diario Oficial No. 49.420 de 9 de febrero de 2015

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se ajusta la remuneración de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC para el año 2015.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos números 2253 de 1994 y 2696 de 2004.

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo dispuesto en los literales c) y d) del artículo 23 de la Ley 143 de 1994, es función de la CREG definir la metodología para el cálculo de los cargos por los servicios de despacho y coordinación prestados por el Centro Nacional de Despacho (CND), y aprobar los respectivos cargos.

Según los artículos 23, literal c), y 32 de la Ley 143 de 1994 y los artículos 167 y 171 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 30 de la Resolución CREG 024 de 1995, la Comisión debe establecer los costos de funcionamiento del Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC).

Mediante la Resolución CREG 174 de 2013 se estableció la metodología para la remuneración de los servicios del CND, ASIC y LAC durante el periodo tarifario 2014-2018.

De acuerdo con el procedimiento previsto en los artículos 7o y 8o de la Resolución CREG 174 de 2013, a más tardar el 30 de septiembre de cada año, la empresa a cargo de los servicios del CND, ASIC y LAC puede solicitar a la CREG el ajuste de las inversiones y los gastos operativos aprobados por la CREG.

Mediante la comunicación con radicado CREG E-2014-009763 la empresa XM compañía de expertos en mercados S.A. E.S.P. solicitó el ajuste al ingreso regulado para el año 2015.

Mediante auto I-2014-004271 del 12 de noviembre de 2014 se dio inicio a la actuación administrativa con el objeto de decidir la solicitud de ajuste al ingreso regulado para el año 2015.

De acuerdo con lo establecido en el auto del 12 de noviembre de 2014, y para cumplir con lo dispuesto en el artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en el Diario Oficial 49.339 del 18 de noviembre de 2014 se publicó un extracto con el resumen de la actuación administrativa. Así mismo, mediante el aviso número 087 del 12 de noviembre de 2014 se publicó en la página web de la CREG el extracto con el resumen de la actuación administrativa.

En la comunicación con radicado CREG S-2014-004983 se informó a la empresa XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P. sobre el inicio de la actuación administrativa para decidir la solicitud de ajuste al ingreso regulado para el año 2015.

El documento CREG 095 de 2014 contiene el detalle de la solicitud de XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P. y los análisis realizados por la Comisión.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión número 633 del 15 de diciembre de 2014, acordó expedir la presente resolución;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. AJUSTE AL PROGRAMA ANUAL DE INVERSIONES, APAIT. Aprobar a XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P. el ajuste al programa anual de inversiones para el segundo año del periodo tarifario, de conformidad con lo establecido en el artículo 7o de la Resolución CREG 174 de 2013.

Pesos de diciembre 2013
APAI25.019.956.000

ARTÍCULO 2o. GASTOS OPERATIVOS DE REFERENCIA, GOPRT. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 229 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:> Aprobar a XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P., los gastos operativos de referencia para el segundo año del periodo tarifario, de conformidad con lo establecido en el artículo 8o y el numeral 2 del Anexo 1o de la Resolución CREG 174 de 2013.

 Pesos de diciembre 2013
GOPR255.391.328.000

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La remuneración de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC aquí aprobada comenzará a aplicarse el primer día del mes siguiente al de la fecha en la que quede en firme la presente resolución.

ARTÍCULO 4o. NOTIFICACIÓN. La presente resolución deberá notificarse a XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P. y deberá publicarse en el Diario Oficial.

ARTÍCULO 5o. RECURSOS. Contra las disposiciones contenidas en esta resolución procede el recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante la dirección ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2014.

El Presidente,

CARLOS FERNANDO ERASO CALERO.

Viceministro de Energía, Delegado del Ministro de Minas y Energía

El Director Ejecutivo,

JORGE PINTO NOLLA.

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