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Resolución 100 de 2000 CREG

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Por la cual se revisan y modifican los cargos de uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local de la Empresa de Energía del Quindio S.A. E.S.P.

 

RESOLUCIÓN 100 DE 2000
(diciembre 11)

Diario Oficial No. 44.274 de 28 de diciembre de 2000

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se revisan y modifican los cargos de uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local de la Empresa de Energía del Quindío S.A. E.S.P.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución CREG-183 de 1997, la Comisión de Regulación de Energía y Gas aprobó los cargos monomios por de uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local (STR y/o SDL) de la Empresa de Energía del Quindío S.A. E.S.P. - EDEQ;

Que mediante la Resolución CREG-252 de 1997, la Comisión de Regulación de Energía y Gas aprobó los cargos monomios horarios por de uso del STR y/o SDL de la Empresa de Energía del Quindío S.A. E.S.P. - EDEQ;

Que el STR y/o SDL de la Empresa de Energía del Quindío se encuentra conectado al Sistema de la Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. - CHEC, razón por la cual, de acuerdo con lo establecido en el literal (b) del Artículo 2o. de la Resolución CREG-099 de 1997, es usuaria del Sistema de la CHEC;

Que según la metodología establecida en el Anexo No. 1 de la Resolución CREG-099 de 1997, los cargos por uso de los STR´s y/o SDL's que aprueba la Comisión, incluyen los pagos en que incurren los respectivos distribuidores por el uso que hacen de otros Sistemas;

Que mediante la Resolución CREG-099 de 2000, en aplicación del Artículo 126 de la Ley 142 de 1994, se revisaron y modificaron los cargos de uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local de la Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. - CHEC;

Que al haber modificado los cargos por uso a la Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P., consecuencialmente es necesario modificar los cargos de los STR's y/o SDL's que se encuentran conectados al Sistema de esta empresa, dada la dependencia que existe entre los cargos de estos Sistemas; ;

Que al aprobarse nuevos cargos por uso a la CHEC es necesario modificar los cargos de los sistemas de otros transportadores que se encuentran conectados al sistema de este transportador;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas en su sesión No. 139 del 11 de diciembre de 2000 aprobó la modificación de los cargos de uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local de la Empresa de Energía del Quindío S.A. E.S.P.;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o.  Modificar el Artículo 1o. de la Resolución CREG-183 de 1997, el cual quedará así:

"Cargos monomios. Los cargos monomios por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local operado por la Empresa de Energía del Quindío S.A.-E.S.P, serán los siguientes, a pesos de diciembre de 1996:

NIVEL DE TENSIÓNCARGO MONOMIO $/kWh
Nivel IV6,0358
Nivel III11,7119
Nivel II18,5046
Nivel I34,1651

ARTÍCULO 2o.  Modificar el Artículo 1o. de la Resolución CREG-252 de 1997, el cual quedará así:

"Cargos monomios horarios. Los cargos monomios horarios por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local operado por la Empresa de Energía del Quindío S.A.-E.S.P., serán los siguientes, a pesos de diciembre de 1996:

Nivel IV            
C. monomio horarioHoras de aplicación
$/kWh123456789101112131415161718192021222324
D. Máxima8.2746         XXX 
D. Media5.8797  XXXXXXXXXXXXX XXX
D. Mínima3.9822XXXXX         
             
Nivel III            
C. monomio horarioHoras de aplicación
$/kWh123456789101112131415161718192021222324
D. Máxima16,0723         XXX 
D. Media11,4049  XXXXXXXXXXXXX XXX
D. Mínima7,7123XXXXX         
             
Nivel II            
C. monomio horarioHoras de aplicación
$/kWh123456789101112131415161718192021222324
D. Máxima25,3685         XXX 
D. Media18,0316  XXXXXXXXXXXXX XXX
D. Mínima12,1537XXXXX         
             
Nivel I            
C. monomio horarioHoras de aplicación
$/kWh123456789101112131415161718192021222324
D. Máxima46,8232         XXX 
D. Media33,2804  XXXXXXXXXXXXX XXX
D. Mínima22,5973XXXXX         

ARTÍCULO 3o.  VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha en que quede en firme. Deberá notificarse a la Empresa de Energía del Quindio S.A.-E.S.P., y publicarse en el Diario Oficial. Contra las modificaciones introducidas mediante esta Resolución, procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación o publicación, según el caso.

Dado en Bogotá D.C., a 18 de Diciembre de 2000

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Ministro de Minas y Energía

CARLOS CABALLERO ARGÁEZ

Presidente

CARMENZA CHAHÍN ÁLVARE

Director Ejecutivo

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