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Circular 115 de 2015 CREG

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CIRCULAR 115 DE 2015

(octubre 2)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

PARA:EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GAS COMBUSTIBLE POR REDES DE TUBERÍA.
DE:DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO:SOLICITUD INFORMACION COSTOS PROYECTOS DE GEORREFERENCIACION UNIDADES CONSTRUCTIVAS DE DISTRIBUCIÓN

Mediante la Circular CREG 114 de 2014 se estableció un cronograma gradual para el cumplimiento de la exigencia de georreferenciación y se indicó que: “…la Comisión aclara que los costos eficientes necesarios para llevar a cabo la georreferenciación solicitada se podrán incluir dentro el estudio tarifario como una unidad constructiva especial denominada georreferenciación con sus costos año a año, conforme el cronograma arriba indicado…”.

Conforme a lo anterior el director ejecutivo de la Comisión solicita a las empresas distribuidoras de gas combustible por redes de tubería, remitir los costos en que han incurrido en los proyectos de georreferenciación de las unidades constructivas existentes de los mercados en donde prestan servicio o aquellos en que incurrirán en el periodo tarifario que se inicia.

Estos costos deben ser reportados a pesos del 31 de diciembre de 2013 y los ya realizados deben estar soportados con los registros contables a nivel de auxiliar de los periodos 2010 a 2014, y debe contener como mínimo la vigencia, el código contable a nivel auxiliar, el nombre de la cuenta y/o detalle, y el saldo a la fecha. Para los programados la Comisión podrá solicitar esta información contable en las fechas en que se realicen. La anterior información estará sujeta a revisión integral por parte de la CREG y deberá ser enviada en formato pdf y excel, al correo electrónico creg@creg.gov.co  a más tardar el día 9 de octubre de 2015,  suscrita y debidamente certificada por el representante legal, y el contador y/o revisor fiscal cuando haya lugar a ello.

Si esta información no es enviada en el término, se entenderá que la empresa no realizó o realizará estas inversiones.

Cordialmente,

JORGE PINTO NOLLA

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