Circular 71 de 2008 CREG
CIRCULAR 71 DE 2008
(23 julio)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - GREG
PARA: EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO.
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA.
ASUNTO: NUEVO PLAZO PARA DECLARACIÓN DE INTENCIÓN Y OTROS
El Director Ejecutivo de la CREG informa a los Distribuidores de GLP que el plazo previsto en la Circular 066 de 2008 para hacer la Declaración de Intención de convertirse en Distribuidores Inversionistas ha sido ampliado hasta el lunes 28 de Julio. Todas las demás disposiciones de la Circular 066 de 2008 continúan vigentes.
Una vez vencido el plazo del 28 de Julio, la CREG publicará la lista de los Distribuidores registrados en el SUI que no declararon su intención, y que por lo tanto se consideran Distribuidores Transitorios para efectos de la regulación vigente. Por lo tanto, las metas del programa REPU fijadas para dichos Distribuidores Transitorios en la Resolución CREG 067 de 2008 estarán en principio disponibles para negociaciones bilaterales de cesión de conformidad con la Resolución 045 de 2008.
Se recuerda que el plazo final para presentar el Plan de Inversiones es el fijado en la Circular 066 de 2008, esto es, el 31 de Agosto próximo. Una vez vencido este plazo, la CREG dará inicio al procedimiento previsto en el Artículo 22 de la Resolución CREG 045 de 2008 para ofrecer mediante un procedimiento abierto las metas inicialmente asignadas a los Distribuidores Transitorios que no hayan sido cedidas.
Cordialmente,
HERNÁN MOLINA VALENCIA
Director Ejecutivo