Tipo | Descripción | Responsable | Fecha |
Declaración de parámetros | La totalidad de parámetros establecidos en el numeral 5.2 del Anexo 5 de la Resolución CREG 071 de 2006. Esta información deberá ser remitida haciendo uso de los formatos establecidos para tal fin.
Una planta térmica podrá declarar varias opciones de abastecimiento de combustibles para lo cual deberá declarar por cada opción los parámetros. | Agentes con plantas o unidades de generación existentes que vayan a modificar su ENFICC de conformidad con el Artículo 41 de la Resolución CREG 071 de 2006. | Mar. 11/11 |
Solicitud aclaración de parámetros | Solicitud de aclaración a la declaración de parámetros. | CREG | De Mar. 14/11 a Mar. 18/11 |
Publicación documento de parámetros | Publicación del documento de parámetros. | CREG | Mar. 23/11 |
Declaración de ENFICC para participar en la asignación. | La declaración de ENFICC deberán efectuarla a la CREG quienes la declaren por primera vez o la modifiquen, de conformidad con lo establecido en el Artículo 41 de la Resolución CREG 071 de 2006.
Para las plantas térmicas que declararon varias opciones de abastecimiento de combustibles deberán declarar la ENFICC por cada opción. | Agentes con plantas o unidades de generación existentes.
Para los agentes que no declaren ENFICC se tomará la ENFICC verificada para el período 2013-2014. | Mar. 25/11 |
Declaración de contratos Plantas No Despachadas Centralmente | Declaración en la que los agentes generadores que representan Plantas No Despachadas Centralmente informan si tienen contratos en los que suministren energía para cubrir demanda del período de vigencia a asignar. | Agentes con plantas o unidades existentes, no despachadas centralmente. | En la misma fecha de declaración de ENFICC |
Entrega de manifestación escrita para cubrir OEF con gas importado. | Las plantas o unidades que respalden la obligación con gas natural importado aplicarán lo definido en la resolución que adopte la Comisión para el efecto. | Agentes | En la misma fecha de declaración de ENFICC |
Verificación | Verificación y solicitud de aclaraciones a la declaración de ENFICC. | CND-CREG | De Mar. 28/11 a Abr. Abr. 1/11 |
Declaración de opción de abastecimiento de combustible | Las plantas térmicas que declararon varias opciones de abastecimiento de combustibles deberán declarar al ASIC la opción que se les debe considerar para la asignación de OEF. | Agentes | En la misma fecha en que se declara la Organización de que trata la resolución de gas natural importado |
Publicación de resultados de la asignación | Publicación de la asignación de OEF a cada planta y/o unidad. | ASIC | Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de declaración de opción |
Entrega de contratos o garantías y certificación actividades de operación y mantenimiento | Entrega de contratos de combustible o garantías. Para plantas térmicas a carbón las garantías, durante el período de planeación, pueden ser el certificado del Plan de Trabajo y Obras y la carta de intención presentada según el artículo 46 de la Resolución CREG 071 de 2006.
Para plantas o unidades que respalden la obligación con combustible líquido pueden aplicar lo definido en el Artículo 13 de la Resolución CREG 085 de 2007.
La certificación de operación y mantenimiento será la definida en la Resolución CREG-005 de 2009. | Agentes | Dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de asignación |
Solicitud de aclaración de garantías que respaldan OEF | Solicitud de aclaración a la garantías remitidas | ASIC | Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de entrega de contratos o garantías. |
Expedición de certificado de asignación de Obligaciones de Energía Firme | Certificado expedido por el ASIC de conformidad con la regulación vigente | ASIC | Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud de aclaración de garantías que respaldan OEF |