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Resolución
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1995
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CRG95046
Texto del documento
Resolución 046 de 1995
(20 de noviembre)
Por la cual se aprueba el cargo por uso del Sistema de Transmisión Regional y Distribución Local de la Empresa
de Energía de Bogotá por parte
de la Electrificadora del Meta.
Sobre el mismo tema ver:
Resolución-CRG94003
Resolución-CRG94004
Resolución-CRG94060
Resolución-CRG94061
Resolución-CRG16-96
Resolución-CRG18-96
Resolución-CRG71-96
Resolución-CR133-96
Resolución-CRG75-97
Resolución-CRG86-97
Resolución-CRG87-97
Resolución-CRG99-97
Resolución-CR166-97
Resolución-CR182-97
La comisión de regulación de energía y gas
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y el Decreto 1524 de 1994 y,
Ver : Leyes-Ley-142-Art:28
Ver : Leyes-Ley-142-Art:73.22
Ver : Leyes-Ley-143-Art:39-41
Considerando
Que el artículo 1º de la Resolución CREG-044 de 1994 estableció un cargo máximo de 2.99 $kWh a pagar por parte de la Electrificadora del Meta (EMSA) por el uso del sistema de transmisión regional y distribución local de la Empresa de Energía de Bogotá (EEB);
Que el artículo 2º de la misma resolución estableció que EEB debe someter a aprobación de la Comisión el cargo que finalmente acuerde con EMSA;
Que EEB y EMSA acordaron aplicar el cargo máximo establecido en la Resolución CREG-044 de 1994, debidamente actualizado, y se solicitó a la Comisión, mediante Comunicación de EEB No. 586928 de octubre 6 de 1995, la correspondiente aprobación;
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión del 20 de noviembre de 1995 aprobó la solicitud de la Empresa de Energía de Bogotá.
Resuelve
Artículo 1º.
Aprobar el cargo de 2.99 $kWh, debidamente actualizado en la forma prevista en el artículo 3º de la Resolución CREG-044 de 1994, el cual será aplicado a la Electrificadora del Meta por el uso de los sistemas de transmisión regional y distribución local del nivel IV de la Empresa de Energía de Bogotá.
Conc.: Res CREG 044/94, anexo 1;
Concordancia : Resolución-CRG94060-Res:060/94
Concordancia : Resolución-CRG94061-Art:1
Concordancia : Resolución-CRG18-96-Art:1
Ver : Resolución-CR075-97-Res:075/97
Ver : Resolución-CR099-97-Res:099/97
Ver : Resolución-CR166-97-Res:166/97
Ver : Resolución-CR182-97-Res:182/97
Artículo 2º.
Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.
Concordancia : Resolución-CRG16-96-Art:1
Artículo 3º.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación, sin perjuicio de que se publique en el Diario Oficial o en la Gaceta del Ministerio de Minas y Energía.
Publicada en el Diario Oficial No. 42.132 de Diciembre 1 de 1.995
Comuníquese, Publíquese y cúmplase
Dada en Santafé de Bogotá D, el día 20 de Noviembre de 1995
Rodrigo Villamizar Alvargonzález
Presidente
Antonio Barberena S.
Director Ejecutivo (E)
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- Cr046-95.pdf
Ultima actualización: 10/20/2014 03:34:33 PM