ED18316BE85C1E380525785A007A646A
Resolución
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1995
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CRG95036
Texto del documento
Resolución 036 de 1995
(06 de Diciembre)
Por la cual se aprueban los cargos por uso del Sistema de Transmisión Regional y Distribución Local de la Electrificadora de Bolívar en el Nivel de Tensión II.
Sobre el mismo tema ver:
Resolución-CRG94003
Resolución-CRG94004
Resolución-CRG94060
Resolución-CRG94061
Resolución-CRG18-96
Resolución-CRG71-96
Resolución-CR133-96
Resolución-CRG75-97
Resolución-CRG86-97
Resolución-CRG87-97
Resolución-CRG99-97
Resolución-CR163-97
La Comisión de Regulación de Energía y Gas
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y el Decreto 1524 de 1994 y,
Ver : Leyes-Ley-142-Art:28
Ver : Leyes-Ley-142-Art:73.22
Ver : Leyes-Ley-143-Art:39-41
C o n s i d e r a n d o:
Que la Electrificadora de Bolívar solicitó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas una revisión de los cargos por uso de su Sistema de Transmisión Regional y Distribución Local en el Nivel de Tensión II;
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión del 6 de octubre de 1995 aprobó la solicitud de la Electrificadora de Bolívar.
R e s u e l v e:
Artículo 1º
La Electrificadora de Bolívar aplicará los siguientes cargos por uso a los usuarios de su Sistema de Transmisión Regional y Distribución Local en el Nivel de Tensión II:
Descripción
Cargo por uso
Emergía ($/kWh)
1.6862
Potencia ($/kW-Año)
63064
Monomio ($/kWh)
12.1770
Parágrafo 1º
Los valores de los cargos establecidos en el presente artículo están referidos al mes de noviembre de 1994.
Parágrafo 2º
La Electrificadora de Bolívar actualizará los cargos establecidos en la presente resolución en la forma prevista en el artículo 6º de la Resolución CREG-004 de 1994.
Conc. Res. CEG 003/94, art. 61, anexo 1,
Concordancia : Resolución-CRG94060-Res:060/94
Ver : Resolución-CR075-97-Res:075/97
Ver : Resolución-CR099-97-Res:099/97
Ver : Resolución-CR163-97-Res:163/97
Artículo 2º
La Electrificadora de Bolívar deberá publicar los cargos establecidos en la presente resolución, de acuerdo con lo establecido en la Resolución CREG-003 de 1994.
Artículo 3º
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta del Ministerio de Minas y Energía, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publicada en el Diario Oficial No. 42.044
Comuníquese, publíquese y cúmplase
Dada en Santafé de Bogotá, D. C., el día 06 de Octubre de 1995
Leopoldo Montañez Cruz
Ministro de Minas y Energía (e)
Presidente
Evamaría Uribe Tobón
Director Ejecutivo
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- Cr036-95.pdf
Ultima actualización: 10/20/2014 03:39:10 PM