F9576DD45C99BDA40525785A007A5D16 Resolución - 1997 - CRG226-97
Texto del documento
Resolución No. 226
(Diciembre 15 de 1997)



LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS


CONSIDERANDO:



Que mediante la Resolución CREG-056 de 1996, recogida posteriormente en la Resolución CREG-057 de 1996, se establece la constitución de un cargo por estampilla para el Sistema del Interior.

Que el cálculo del valor del cargo por estampilla se determinó sobre la base de un sistema integrado, sin tener en cuenta la propiedad o el usufructo de cada uno de los tramos que componen el sistema del interior.

Que se hace necesario reglamentar el recaudo y distribución de dicho cargo por estampilla, de acuerdo a los criterios establecidos en el Artículo 87 de la Ley 142 de 1994.

Que se requiere un procedimiento para proceder a repartir dicho cargo por estampilla.


RESUELVE:




Artículo 1°-
Fijar la siguiente metodología para calcular el valor del cargo por estampilla que le corresponde al prestador del servicio de transporte, conforme a lo establecido en los Artículos 3º y 29º de la Resolución CREG-057 de 1996, del gasoducto o tramo del gasoducto dentro del sistema del interior, por concepto de lo recaudado hasta la fecha por este cargo y lo que continúe recaudando hasta que expire la vigencia de la presente Resolución.

1. El valor del cargo por estampilla será recaudado y usufructuado por el prestador del servicio de transporte del gasoducto o tramo del gasoducto por el cual circule el gas natural.

2. En caso de que el gas natural circule por un gasoducto o tramo de gasoducto en donde operen dos o más prestadores del servicio de transporte, el valor del cargo por estampilla será recaudado por el prestador del servicio de transporte del tramo de mayor longitud y repartido entre todos los prestadores del servicio de transporte de este gasoducto, en función de los costos unitarios y de la longitud recorrida por el gas transportado dentro de cada propiedad, conforme a la metodología descrita en el Anexo 1
Concordancia : Resolución-CRG57-96-Art:3 , Art:29 y Art:56.6
Concordancia : Resolución-CRG57-96-Art:56.6.1
Concordancia : Resolución-CREG054-98-Art:1
ORLANDO CABRALES MARTINEZ
Ministro de Minas y Energía
Presidente
JORGE ENRIQUE MERCADO DIAZ
Director Ejecutivo

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Ultima actualización: 03/21/2011 05:17:55 PM