C89E4B582220C15F0525785A007A61F0 Resolución - 1998 - CREG017-98
Texto del documento
Resolución No. 17
(Febrero 17 de 1998)

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS


CONSIDERANDO:



1. Que la Comisión solicitó a los prestadores del servicio de las zonas no interconectadas (ZNI) del territorio nacional, observaciones sobre la metodología planteada para establecer los costos de prestación del servicio en dichas zonas; y citó a los usuarios y terceros interesados por medio de un periódico de circulación nacional, para que se hicieran parte de esta actuación administrativa;

2. Que la mayoría de los prestadores del servicio no enviaron información sobre costos ni presentaron las observaciones sobre otras fuentes alternativas de generación;

3. Que la Comisión expidió la Resolución CREG-077 del 11 de Abril de 1997, por la cual se estableció la metodología para el cálculo del costo de prestación del servicio (CPS) de energía eléctrica y la fórmula para determinar las tarifas aplicables en las Zonas No Interconectadas (ZNI) del territorio nacional, con base en generación térmica.

4. Que la Comisión expidió la Resolución CREG-082 de 1997 en la cual se fijaron los costos máximos de prestación del servicio en cada uno de los departamentos que conforman las Zonas No Interconectadas del territorio nacional.

5. Que la Comisión ha recibido solicitudes de aclaración de la metodología por parte de los prestadores del servicio y recogidas por el Instituto de Energía Eléctrica ICEL, entidad que coordina y promueve el desarrollo del servicio de electricidad en esas zonas.

6. Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas considera necesario hacer modificaciones en razón a los proyectos de generación de energía eléctrica con base en microcentrales hidráulicas y de energías alternativas, susceptibles de desarrollo en esas zonas por el Instituto Colombiano de Energía Eléctrica ICEL y agentes privados.


RESUELVE:




ARTÍCULO 1º.: AMBITO DE APLICACIÓN:
La Resolución CREG-077 del 11 de Abril de 1997 se aplica a las siguientes personas o entidades que presten el servicio público de electricidad en las Zonas No Interconectadas (ZNI):

a) Los municipios que prestan directamente el servicio.
b) Las empresas de servicios públicos.
c) Las demás contempladas en el Artículo 15 de la Ley 142 de 1994
Concordancia : Resolución-CRG77-97-Art:2
Concordancia : Resolución-CRG82-97-Art:3-5
Concordancia : Resolución-CRG77-97-An:1,1.1
Concordancia : Resolución-CRG77-97-An:1,1.2
Concordancia : Resolución-CRG77-97-An:1,1.3

Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo

Crg17-98.docCr017-98.pdf - Cr017-98.pdf


Ultima actualización: 10/20/2014 03:37:39 PM