Publicada en la WEB CREG el: miércoles, 3 de junio de 2026

RESOLUCIÓN No. 501 196 DE 2026

(19 FEB.2026)

Por la cual se corrigen errores formales en el artículo 1 de la Resolución CREG 501 182 de 2025, que modificó el Plan de Inversiones del mercado de comercialización atendido por la ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 016 de 2021

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 1260 de 2013 y 05 de 2025

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y el artículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS, CREG, fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada, modificada y complementada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, 222 de 2021, 101 009, 101 012, 101 022, 101 027 de 2022, 101 032 de 2022 y 101 019 de 2023 y 101 050 de 2024.

En la Resolución CREG 016 de 2021 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados a la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P. Mediante la Resolución CREG 139 de 2021, se resolvió el recurso de reposición interpuesto por la empresa contra la Resolución CREG 016 de 2021.

Mediante la Resolución CREG 501 036 de 2024 se ajustó de forma oficiosa el plan de inversiones para los años 2024 - 2027 del mercado de comercialización atendido por la ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P. con fundamento en lo establecido en el numeral 3.1.1.2.2 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018 en atención a que la empresa no solicitó aprobación de un plan de inversiones con posterioridad al quinto año del mismo.

Mediante la Resolución CREG 501 182 del 21 de diciembre de 2025 se modificó el plan de inversiones aprobado para el periodo 2025-2029, donde se presentan las tablas de las inversiones aprobadas en todos los niveles de tensión desde el año 1 hasta el año 11. En el Documento CREG 901 325 de 2025 se encuentra el soporte de esta resolución que incluye, entre otros, los criterios de revisión de la información, las diferencias identificadas, la información utilizada, los inventarios aprobados y demás consideraciones empleadas para calcular los valores aprobados en esta resolución.

La Resolución CREG 501 182 del 21 de diciembre de 2025 fue notificada de forma electrónica mediante radicado CREG S2026001253 del 4 de febrero de 2026.

Con posterioridad a la expedición de la mencionada resolución, se identificaron errores de digitación en algunos valores de las tablas del artículo 1 de la misma que no corresponden a lo aprobado por la Comisión, de la siguiente manera:

Para el nivel de tensión 2, año 1 y categoría de activo 5 el valor correcto es 1.693.584.000 en lugar de 693.584.000;

El artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece la posibilidad de que la Administración corrija los errores formales contenidos en sus actos administrativos en los siguientes términos:

“Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente  formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos,  de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún  caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la  decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto.

Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda". Subrayado fuera de  texto.

En virtud de lo anterior, se hace necesario corregir los errores formales contenidos en el artículo 1 de la Resolución CREG 501 182 de 2025, con el fin de propender por la claridad, neutralidad, transparencia y objetividad de las condiciones definidas en el acto, sin alteración sustancial o de fondo de este.

Conforme a lo expuesto, la Comisión en su Sesión 1441 del 19 de febrero de 2026, acordó expedir esta resolución.

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1. Corregir los errores formales del artículo 1 de la Resolución CREG 501 182 de 2025 que modificó el artículo 3 de la Resolución CREG 016 de 2021, el cual quedará así:

Artículo 3. Inversión aprobada en el plan de inversiones. El valor de las inversiones aprobadas en el plan de inversiones, INVAj,n,l,t, para cada nivel de tensión, es el siguiente:

Tabla 2 Plan de inversiones del nivel de tensión 4, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l

INVAj,4,l,1

INVAj,4,l,2

INVAj,4,l,3

INVAj,4,l,4

INVAj,4,l,5

INVAj,4,l,6

l = 1

21.097.035.435

0

0

0

0

342.447.302

l = 2

0

0

0

0

0

23.437.178

l = 3

7.138.393.179

5.963.803.280

1.765.110.779

0

0

355.397.885

l = 4

264.701.264

765.996.058

402.899.264

0

0

31.680.465

l = 5

0

0

0

0

0

73.970.667

l = 6

3.253.029.790

2.564.865.144

2.740.498.725

0

0

187.932.553

l = 7

313.772.042

53.445.983.520

22.458.849.589

0

0

733.160.161

l = 8

0

0

0

0

0

0

l = 9

0

0

0

0

0

0

l = 10

197.815.333

0

254.334.000

0

0

44.749.508

Categoría de activos l

INVAj,4,l,7

INVAj,4,l,8

INVAj,4,l,9

INVAj,4,l,10

INVAj,4,l,11

l = 1

0

0

0

0

0

l = 2

0

0

0

0

0

l = 3

0

0

1.413.686.000

1.116.672.000

0

l = 4

138.198.000

1.223.986.000

561.888.000

266.498.000

819.290.000

l = 5

508.230.000

0

711.522.000

304.938.000

0

l = 6

991.677.000

0

1.190.763.000

1.681.952.000

0

l = 7

0

0

15.427.268.000

19.785.328.000

0

l = 8

0

0

0

0

0

l = 9

0

0

0

0

0

l = 10

26.446.333

158.678.000

5.161.473.667

73.180.000

105.545.333

Tabla 3 Plan de inversiones del nivel de tensión 3, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l

INVAj,3,l,1

INVAj,3,l,2

INVAj,3,l,3

INVAj,3,l,4

INVAj,3,l,5

INVAj,3,l,6

l = 1

0

5.147.882.922

0

0

0

212.056.803

l = 2

0

0

0

0

0

2.382.337

l = 3

1.547.274.000

2.320.701.974

1.827.546.000

388.125.000

0

268.395.978

l = 4

622.314.000

355.608.000

800.118.000

0

0

26.813.720

l = 5

330.848.000

118.160.000

0

0

0

37.317.131

l = 6

1.169.384.000

41.345.000

1.111.731.000

56.580.000

0

148.194.872

l = 7

6.272.541.500

2.352.625.000

9.388.930.500

10.307.385.000

10.307.385.000

642.982.291

l = 8

41.937.200

0

0

0

0

18.975.189

l = 9

899.498.000

318.675.000

0

0

0

41.184.286

l = 10

197.815.333

0

254.334.000

0

0

44.749.508

Categoría de activos l

INVAj,3,l,7

INVAj,3,l,8

INVAj,3,l,9

INVAj,3,l,10

INVAj,3,l,11

l = 1

4.663.014.000

0

2.178.810.000

2.195.928.750

0

l = 2

0

0

0

0

0

l = 3

0

1.044.312.000

783.234.000

1.180.803.000

1.039.656.000

l = 4

444.510.000

801.252.000

1.155.726.000

1.142.937.000

1.191.513.000

l = 5

88.620.000

141.792.000

88.620.000

88.620.000

159.516.000

l = 6

431.345.000

1.415.868.000

519.103.000

491.943.000

350.995.000

l = 7

14.050.868.000

12.812.175.000

1.649.165.000

37.415.718.000

16.787.689.000

l = 8

0

0

0

381.085.800

0

l = 9

374.130.000

379.279.000

0

321.120.000

130.211.000

l = 10

26.446.333

158.678.000

5.161.473.667

73.180.000

105.545.333

Tabla 4 Plan de inversiones del nivel de tensión 2, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l

INVAj,2,l,1

INVAj,2,l,2

INVAj,2,l,3

INVAj,2,l,4

INVAj,2,l,5

INVAj,2,l,6

l = 1

765.419.000

765.419.000

3.828.627.141

1.791.364.000

1.015.922.675

172.683.691

l = 2

0

0

0

0

0

0

l = 3

693.904.000

100.599.000

1.713.714.974

168.206.000

0

158.515.704

l = 4

153.728.000

0

153.728.000

0

0

7.742.875

l = 5

1.693.584.000

401.112.000

0

0

0

10.057.435

l = 6

85.610.000

0

85.610.000

0

0

11.347.818

l = 7

2.440.548.700

3.060.458.000

2.811.514.500

2.645.212.500

2.645.212.500

2.992.310.466

l = 8

55.563.960

0

0

0

0

107.239.903

l = 9

2.703.609.000

852.552.000

0

0

0

142.025.658

l = 10

197.815.333

0

254.334.000

0

0

44.749.508

Categoría de activos l

INVAj,2,l,7

INVAj,2,l,8

INVAj,2,l,9

INVAj,2,l,10

INVAj,2,l,11

l = 1

1.606.856.000

3.942.259.000

765.419.000

1.174.839.000

260.526.000

l = 2

0

0

0

0

0

l = 3

0

904.040.000

100.599.000

336.412.000

336.412.000

l = 4

0

675.516.000

499.616.000

566.083.000

292.386.000

l = 5

0

0

0

59.553.000

59.553.000

l = 6

0

0

0

70.931.000

70.931.000

l = 7

5.971.061.000

16.379.915.000

6.725.790.000

9.889.685.000

9.511.295.000

l = 8

0

566.856.400

0

0

0

l = 9

418.580.000

780.738.000

0

17.931.000

12.036.000

l = 10

26.446.333

158.678.000

5.161.473.667

73.180.000

105.545.333

Tabla 5 Plan de inversiones del nivel de tensión 1, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l

INVAj,1,l,1

INVAj,1,l,2

INVAj,1,l,3

INVAj,1,l,4

INVAj,1,l,5

INVAj,1,l,6

l = 11

907.952.000

907.952.000

907.952.000

907.952.000

907.952.000

659.274.678

l = 12

2.266.959.800

2.266.959.800

2.266.959.800

2.266.959.800

2.237.637.200

836.705.910

Categoría de activos l

INVAj,1,l,7

INVAj,1,l,8

INVAj,1,l,9

INVAj,1,l,10

INVAj,1,l,11

l = 11

3.971.555.000

4.011.244.000

4.091.106.000

4.051.175.000

3.966.438.000

l = 12

1.583.719.235

1.968.902.506

2.703.885.716

2.342.960.339

1.453.286.886

ARTÍCULO 2. Notificación y Recursos. La presente resolución deberá notificarse al representante legal o quien haga sus veces, de ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P. y una vez en firme deberá publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en esta Resolución no procede recurso alguno.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de febrero de 2026.

VÍCTOR JOSÉ PATERNINA NOVOA

ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA

Viceministro de Energía, Delegado Ministro de Minas y Energía

Presidente

Director Ejecutivo