Publicada en la WEB CREG el: miércoles, 3 de junio de 2026

RESOLUCIÓN No. 501 194 DE 2026

(19 FEB.2026)

Por la cual se corrigen errores formales en el artículo 1 de la Resolución CREG 501 176 de 2025, que modificó el Plan de Inversiones del mercado de comercialización atendido por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 077 de 2019

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 1260 de 2013 y 05 de 2025.

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y el artículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS, CREG, fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada, modificada y complementada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, 222 de 2021, 101 009, 101 012, 101 022, 101 027 de 2022, 101 032 de 2022 y 101 019 de 2023 y 101 050 de 2024.

En la Resolución CREG 077 de 2019 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. Posteriormente, con la Resolución CREG 157 de 2019 se resolvió el recurso de reposición interpuesto por la empresa.

Mediante la Resolución CREG 030 de 2021 se incluyeron los activos puestos en operación en 2018 en la base inicial de activos y se modificó el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la empresa. Luego, por medio de la Resolución CREG 501 040 de 2022 se resolvió el recurso de reposición interpuesto por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. contra la Resolución CREG 030 de 2021.

Por medio de la Resolución CREG 501 049 de 2024 se modificó, para el periodo 2023 – 2027, el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. Posteriormente, por medio de la Resolución CREG 501 065 de 2024 se resolvió el recurso de reposición interpuesto por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. contra la Resolución CREG 501 049 de 2024.

Mediante la Resolución CREG 501 176 del 12 de diciembre de 2025 se modificó el plan de inversiones aprobado para el periodo 2025-2029, donde se presentan las tablas de las inversiones aprobadas en todos los niveles de tensión desde el año 1 hasta el año 11. En el Documento CREG 901 319 de 2025 se encuentra el soporte de esta resolución que incluye, entre otros, los criterios de revisión de la información, las diferencias identificadas, la información utilizada, los inventarios aprobados y demás consideraciones empleadas para calcular los valores aprobados en esta resolución.

La Resolución CREG 501 176 del 12 de diciembre de 2025 fue notificada de forma electrónica mediante radicado CREG S2026001070 del 28 de enero de 2026.

Con posterioridad a la expedición de la mencionada resolución, se identificaron errores de digitación en algunos valores de las tablas del artículo 1 de la misma que no corresponden a lo aprobado por la Comisión, de la siguiente manera:

Para el nivel de tensión 4, año 1, categoría de activo 4 donde el valor correcto es 934.442.775 en lugar de 934.443.775.

Para el nivel de tensión 3, año 5, categoría de activo 9 donde el valor correcto es 39.360.000 en lugar de 39.306.000.

Para el nivel de tensión 3, año 2, categoría de activo 8 donde el valor correcto es 35.363.060 en lugar de 35.363.360.

El Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece la posibilidad de que la Administración corrija los errores formales contenidos en sus actos administrativos en los siguientes términos:

“Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente  formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos,  de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún  caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la  decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto.

Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda". Subrayado fuera de  texto.

En virtud de lo anterior, se hace necesario corregir los errores formales identificados en el artículo 1 de la Resolución CREG 501 176 de 2025, con el fin de propender por la claridad, neutralidad, transparencia y objetividad de las condiciones definidas en el acto, sin alteración sustancial o de fondo de este.

Conforme a lo expuesto, la Comisión en su Sesión 1441 del 19 de febrero de 2026, acordó expedir esta resolución.

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1. Corregir los errores formales del artículo 1 de la Resolución CREG 501 176 de 2025 que modificó el artículo 3 de la Resolución CREG 077 de 2019, el cual quedará así:

Artículo 3. Inversión aprobada en el plan de inversiones. El valor de las inversiones aprobadas en el plan de inversiones, INVAj,n,l,t, para cada nivel de tensión, es el siguiente:

Tabla 2 Plan de inversiones del nivel de tensión 4, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l

INVAj,4,l,1

INVAj,4,l,2

INVAj,4,l,3

INVAj,4,l,4

INVAj,4,l,5

INVAj,4,l,6

l = 1

7.244.807.500

0

0

0

0

8.907.117.000

l = 2

0

0

0

0

0

0

l = 3

5.508.434.712

815.286.690

3.024.673.883

2.621.404.384

27.387.640

2.990.547.022

l = 4

934.442.775

446.278.551

467.279.438

833.844.661

47.886.000

500.737.000

l = 5

689.688.869

542.112.000

372.702.000

1.016.460.000

0

101.646.000

l = 6

0

468.300.000

0

238.156.587

0

968.678.000

l = 7

1.703.004.342

0

1.257.308.000

11.097.554.000

0

6.654.505.400

l = 8

0

0

0

0

0

0

l = 9

0

0

0

0

0

0

l = 10

55.979.890

2.460.970.434

2.309.930.648

671.020.660

91.581.884

88.092.080

Categoría de activos l

INVAj,4,l,7

INVAj,4,l,8

INVAj,4,l,9

INVAj,4,l,10

INVAj,4,l,11

l = 1

0

0

0

0

14.917.245.000

l = 2

0

0

0

0

0

l = 3

1.288.793.690

2.168.532.515

2.815.229.695

1.860.361.293

1.225.146.248

l = 4

1.285.489.000

127.003.962

555.764.000

827.135.362

150.946.962

l = 5

813.168.000

0

0

0

0

l = 6

4.435.064.000

0

0

0

427.475.000

l = 7

5.793.556.980

0

0

0

0

l = 8

0

0

0

0

0

l = 9

0

0

0

0

0

l = 10

835.744.885

775.808.996

650.002.420

163.966.341

680.003.586

Tabla 3 Plan de inversiones del nivel de tensión 3, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l

INVAj,3,l,1

INVAj,3,l,2

INVAj,3,l,3

INVAj,3,l,4

INVAj,3,l,5

INVAj,3,l,6

l = 1

0

5.855.810.000

0

0

0

5.880.873.000

l = 2

0

0

0

0

0

0

l = 3

259.932.174

1.106.275.153

2.401.333.368

434.556.990

1.167.043.587

1.189.889.408

l = 4

969.120.702

685.045.278

532.345.176

0

72.900.000

47.886.000

l = 5

35.448.000

112.252.000

88.620.000

53.172.000

53.172.000

53.172.000

l = 6

87.880.861

610.622.000

259.853.190

0

307.776.000

0

l = 7

329.548.720

141.232.700

1.762.618.000

2.109.155.400

340.246.266

705.552.734

l = 8

0

35.363.060

291.368.679

0

18.192.508

0

l = 9

177.935.420

45.853.000

119.892.000

4.766.000

39.360.000

102.120.000

l = 10

55.979.890

2.460.970.434

2.309.930.648

671.020.660

91.581.884

88.092.080

Categoría de activos l

INVAj,3,l,7

INVAj,3,l,8

INVAj,3,l,9

INVAj,3,l,10

INVAj,3,l,11

l = 1

6.324.574.000

6.324.574.000

0

0

0

l = 2

0

0

0

0

0

l = 3

8.158.204.421

3.821.093.256

11.570.304.355

1.808.401.425

3.747.974.396

l = 4

2.067.054.000

1.830.383.988

2.401.598.988

910.118.136

1.965.693.210

l = 5

389.928.000

389.928.000

543.536.000

159.516.000

336.756.000

l = 6

6.390.343.738

4.738.501.418

409.331.000

0

1.107.302.000

l = 7

5.301.081.660

6.357.712.624

6.949.951.771

0

6.333.601.224

l = 8

2.105.235.973

86.461.565

815.451.917

0

2.049.638.943

l = 9

200.676.000

8.041.000

189.356.000

0

286.906.000

l = 10

835.744.885

775.808.996

650.002.420

163.966.341

680.003.586

Tabla 4 Plan de inversiones del nivel de tensión 2, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l

INVAj,2,l,1

INVAj,2,l,2

INVAj,2,l,3

INVAj,2,l,4

INVAj,2,l,5

INVAj,2,l,6

l = 1

0

1.026.330.000

1.148.706.000

1.409.232.000

1.025.945.000

136.821.000

l = 2

0

0

0

0

0

0

l = 3

905.391.000

1.103.133.527

2.006.403.842

450.515.068

1.246.101.756

808.941.537

l = 4

1.174.404.000

1.482.413.000

3.331.294.000

2.643.168.000

1.681.286.000

1.503.615.000

l = 5

219.384.000

84.964.000

35.907.000

3.199.000

83.565.000

16.713.000

l = 6

56.926.000

644.209.000

163.111.369

0

126.123.000

0

l = 7

2.983.385.200

5.022.359.126

7.841.012.131

8.306.156.670

6.514.769.716

7.870.399.955

l = 8

499.463.450

1.219.469.132

943.606.685

481.595.920

760.591.012

118.503.721

l = 9

4.788.054.000

108.707.000

106.463.000

587.085.000

192.447.980

267.557.080

l = 10

55.979.890

2.460.970.434

2.309.930.648

671.020.660

91.581.884

88.092.080

Categoría de activos l

INVAj,2,l,7

INVAj,2,l,8

INVAj,2,l,9

INVAj,2,l,10

INVAj,2,l,11

l = 1

3.982.362.000

0

0

0

1.124.950.000

l = 2

0

0

0

0

0

l = 3

3.100.107.720

3.362.575.360

1.581.884.939

1.733.586.764

2.956.745.000

l = 4

2.308.457.507

3.145.054.507

2.129.388.338

2.489.626.338

2.440.797.338

l = 5

407.936.000

501.390.000

83.565.000

233.982.000

250.695.000

l = 6

292.759.000

292.759.000

0

0

337.856.000

l = 7

11.347.107.320

15.304.881.084

10.020.601.338

8.183.618.675

7.519.096.565

l = 8

1.455.796.858

2.163.145.525

630.030.049

258.825.367

543.919.853

l = 9

3.581.017.170

1.512.659.591

992.503.519

317.871.591

1.476.506.250

l = 10

835.744.885

775.808.996

650.002.420

163.966.341

680.003.586

Tabla 5 Plan de inversiones del nivel de tensión 1, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l

INVAj,1,l,1

INVAj,1,l,2

INVAj,1,l,3

INVAj,1,l,4

INVAj,1,l,5

INVAj,1,l,6

l = 11

2.954.485.000

3.766.972.000

3.165.947.000

3.046.919.000

3.076.085.000

3.002.173.000

l = 12

11.237.230.152

11.900.406.542

10.034.940.354

8.861.534.993

7.570.239.318

7.967.957.276

Categoría de activos l

INVAj,1,l,7

INVAj,1,l,8

INVAj,1,l,9

INVAj,1,l,10

INVAj,1,l,11

l = 11

3.277.455.000

3.391.584.000

671.422.000

672.462.000

747.727.000

l = 12

8.045.639.804

8.441.142.862

8.617.608.966

9.002.853.282

9.209.040.493

ARTÍCULO 2. Notificación y Recursos. La presente resolución deberá notificarse al representante legal o quien haga sus veces de la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. y una vez en firme deberá publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en esta Resolución no procede recurso alguno.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de febrero de 2026.

VÍCTOR JOSÉ PATERNINA NOVOA

ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA

Viceministro de Energía, Delegado Ministro de Minas y Energía

Presidente

Director Ejecutivo