Publicada en la WEB CREG el: miércoles, 3 de junio de 2026

RESOLUCIÓN No. 501 182 DE 2025

(21 DIC.2025)

Por la cual se modifica el Plan de Inversiones del mercado de comercialización atendido por las ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P, aprobado en la Resolución CREG 016 de 2021.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 2696 de 2004, 1260 de 2013 y 05 de 2025.

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y el artículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS, CREG, fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada, modificada y complementada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, 222 de 2021, 101 009, 101 012, 101 022, 101 027 de 2022, 101 032 de 2022 y 101 019 de 2023 y 101 050 de 2024.

En la Resolución CREG 016 de 2021 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados a la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P. incluyendo el plan de inversiones de los años 2019 -2023.

Mediante la Resolución CREG 139 de 2021, se resolvió el recurso de reposición interpuesto por la ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P. contra la Resolución CREG 016 de 2021.

Con la Resolución CREG 501 036 de 2024 se aprobó el ajuste del plan de inversiones para los años 2024 - 2027 del mercado de comercialización atendido por la ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P. según lo establecido en el numeral 3.1.1.2.2 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018 en atención a que la empresa no solicitó aprobación de un plan de inversiones posterior al quinto año.

De acuerdo con lo definido en el numeral 6.6. del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018, modificado por el artículo 38 de la Resolución CREG 036 de 2019, los Operadores de Red, OR, podrán solicitar ajustes al plan de inversión cada dos años, contados a partir del 1 de enero del primer año del plan de inversión inicial. Dicha solicitud deberá ser realizada a más tardar en el mes de agosto del año previo al que se van a realizar los ajustes. Esos ajustes deberán abarcar un horizonte de cinco años y la solicitud deberá cumplir con lo establecido en los numerales 6.1 y 6.3 de la Resolución CREG 015 de 2018.

A través de la comunicación con radicado CREG E2024013157 del 30 de agosto de 2024, la ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P. solicitó ajuste del Plan de Inversión para el período 2025-2029 con base en lo definido en el numeral 6.6 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018.

Revisada la comunicación enviada por las ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P., se verificó que la solicitud cumple con lo estipulado en los numerales 6.3 y 6.6 del capítulo 6 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018, por cuanto:

i)Fue presentada dentro del término establecido.

ii)La solicitud de ajuste del plan está prevista en un horizonte de cinco años (2025-2029).

iii)Contiene los soportes del plan de inversiones de acuerdo con el capítulo 6 del Anexo General de la mencionada Resolución.

Mediante Auto 0000448 del 12 de marzo de 2025, la CREG inició la actuación administrativa bajo el expediente 20250033, con el objeto de decidir sobre la solicitud realizada por la ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P. El Auto de inicio se comunicó a la ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P. mediante radicado CREG S2025002698 del 12 de marzo de 2025, según consta en el mencionado expediente digital.

Mediante Auto 0000624 del 8 de octubre de 2025, comunicado mediante radicado CREG S2025011408 de la misma fecha, según consta en el expediente digital, se decretó la práctica de pruebas consistentes en el traslado del informe “REVISIÓN DE INFORMACIÓN DE ACTIVOS EN LA SOLICITUD DE AJUSTE AL PLAN DE INVERSIONES” con el fin de que la ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P. revisara el informe y presentara las aclaraciones, complementaciones e información adicional que considerará pertinente.

Posteriormente, la ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P. mediante radicado CREG E2025016657 del 9 de diciembre de 2025, remitió a esta Comisión la respuesta del auto de pruebas.

Por lo anterior, se continuó con el análisis de la información aportada por la ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P. En el Documento CREG 901 325 de 2025 se encuentra el soporte de esta resolución el cual incluye, entre otros, los criterios de revisión de la información, las diferencias identificadas, la información utilizada, los inventarios aprobados y demás consideraciones empleadas para calcular los valores que se aprueban en la presente resolución.

Conforme a lo expuesto, la Comisión en su Sesión 1428 del 21 de diciembre de 2025, acordó expedir esta resolución.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 3 de la Resolución CREG 016 de 2021. Modificar el artículo 3 de la Resolución CREG 016 de 2021, el cual quedará así:

Artículo 3. Inversión aprobada en el plan de inversiones. El valor de las inversiones aprobadas en el plan de inversiones, INVAj,n,l,t, para cada nivel de tensión, es el siguiente:

Tabla 2 Plan de inversiones del nivel de tensión 4, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l

INVAj,4,l,1

INVAj,4,l,2

INVAj,4,l,3

INVAj,4,l,4

INVAj,4,l,5

INVAj,4,l,6

l = 1

21.097.035.435

0

0

0

0

342.447.302

l = 2

0

0

0

0

0

23.437.178

l = 3

7.138.393.179

5.963.803.280

1.765.110.779

0

0

355.397.885

l = 4

264.701.264

765.996.058

402.899.264

0

0

31.680.465

l = 5

0

0

0

0

0

73.970.667

l = 6

3.253.029.790

2.564.865.144

2.740.498.725

0

0

187.932.553

l = 7

313.772.042

53.445.983.520

22.458.849.589

0

0

733.160.161

l = 8

0

0

0

0

0

0

l = 9

0

0

0

0

0

0

l = 10

197.815.333

0

254.334.000

0

0

44.749.508

Categoría de activos l

INVAj,4,l,7

INVAj,4,l,8

INVAj,4,l,9

INVAj,4,l,10

INVAj,4,l,11

l = 1

0

0

0

0

0

l = 2

0

0

0

0

0

l = 3

0

0

1.413.686.000

1.116.672.000

0

l = 4

138.198.000

1.223.986.000

561.888.000

266.498.000

819.290.000

l = 5

508.230.000

0

711.522.000

304.938.000

0

l = 6

991.677.000

0

1.190.763.000

1.681.952.000

0

l = 7

0

0

15.427.268.000

19.785.328.000

0

l = 8

0

0

0

0

0

l = 9

0

0

0

0

0

l = 10

26.446.333

158.678.000

5.161.473.667

73.180.000

105.545.333

Tabla 3 Plan de inversiones del nivel de tensión 3, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l

INVAj,3,l,1

INVAj,3,l,2

INVAj,3,l,3

INVAj,3,l,4

INVAj,3,l,5

INVAj,3,l,6

l = 1

0

5.147.882.922

0

0

0

212.056.803

l = 2

0

0

0

0

0

2.382.337

l = 3

1.547.274.000

2.320.701.974

1.827.546.000

388.125.000

0

268.395.978

l = 4

622.314.000

355.608.000

800.118.000

0

0

26.813.720

l = 5

330.848.000

118.160.000

0

0

0

37.317.131

l = 6

1.169.384.000

41.345.000

1.111.731.000

56.580.000

0

148.194.872

l = 7

6.272.541.500

2.352.625.000

9.388.930.500

10.307.385.000

10.307.385.000

642.982.291

l = 8

41.937.200

0

0

0

0

18.975.189

l = 9

899.498.000

318.675.000

0

0

0

41.184.286

l = 10

197.815.333

0

254.334.000

0

0

44.749.508

Categoría de activos l

INVAj,3,l,7

INVAj,3,l,8

INVAj,3,l,9

INVAj,3,l,10

INVAj,3,l,11

l = 1

4.663.014.000

0

2.178.810.000

2.195.928.750

0

l = 2

0

0

0

0

0

l = 3

0

1.044.312.000

783.234.000

1.180.803.000

1.039.656.000

l = 4

444.510.000

801.252.000

1.155.726.000

1.142.937.000

1.191.513.000

l = 5

88.620.000

141.792.000

88.620.000

88.620.000

159.516.000

l = 6

431.345.000

1.415.868.000

519.103.000

491.943.000

350.995.000

l = 7

14.050.868.000

12.812.175.000

1.649.165.000

37.415.718.000

16.787.689.000

l = 8

0

0

0

381.085.800

0

l = 9

374.130.000

379.279.000

0

321.120.000

130.211.000

l = 10

26.446.333

158.678.000

5.161.473.667

73.180.000

105.545.333

Tabla 4 Plan de inversiones del nivel de tensión 2, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l

INVAj,2,l,1

INVAj,2,l,2

INVAj,2,l,3

INVAj,2,l,4

INVAj,2,l,5

INVAj,2,l,6

l = 1

765.419.000

765.419.000

3.828.627.141

1.791.364.000

1.015.922.675

172.683.691

l = 2

0

0

0

0

0

0

l = 3

693.904.000

100.599.000

1.713.714.974

168.206.000

0

158.515.704

l = 4

153.728.000

0

153.728.000

0

0

7.742.875

l = 5

693.584.000

401.112.000

0

0

0

10.057.435

l = 6

85.610.000

0

85.610.000

0

0

11.347.818

l = 7

2.440.548.700

3.060.458.000

2.811.514.500

2.645.212.500

2.645.212.500

2.992.310.466

l = 8

55.563.960

0

0

0

0

107.239.903

l = 9

2.703.609.000

852.552.000

0

0

0

142.025.658

l = 10

197.815.333

0

254.334.000

0

0

44.749.508

Categoría de activos l

INVAj,2,l,7

INVAj,2,l,8

INVAj,2,l,9

INVAj,2,l,10

INVAj,2,l,11

l = 1

1.606.856.000

3.942.259.000

765.419.000

1.174.839.000

260.526.000

l = 2

0

0

0

0

0

l = 3

0

904.040.000

100.599.000

336.412.000

336.412.000

l = 4

0

675.516.000

499.616.000

566.083.000

292.386.000

l = 5

0

0

0

59.553.000

59.553.000

l = 6

0

0

0

70.931.000

70.931.000

l = 7

5.971.061.000

16.379.915.000

6.725.790.000

9.889.685.000

9.511.295.000

l = 8

0

566.856.400

0

0

0

l = 9

418.580.000

780.738.000

0

17.931.000

12.036.000

l = 10

26.446.333

158.678.000

5.161.473.667

73.180.000

105.545.333

Tabla 5 Plan de inversiones del nivel de tensión 1, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l

INVAj,1,l,1

INVAj,1,l,2

INVAj,1,l,3

INVAj,1,l,4

INVAj,1,l,5

INVAj,1,l,6

l = 11

907.952.000

907.952.000

907.952.000

907.952.000

907.952.000

659.274.678

l = 12

2.266.959.800

2.266.959.800

2.266.959.800

2.266.959.800

2.237.637.200

836.705.910

Categoría de activos l

INVAj,1,l,7

INVAj,1,l,8

INVAj,1,l,9

INVAj,1,l,10

INVAj,1,l,11

l = 11

3.971.555.000

4.011.244.000

4.091.106.000

4.051.175.000

3.966.438.000

l = 12

1.583.719.235

1.968.902.506

2.703.885.716

2.342.960.339

1.453.286.886

ARTÍCULO 2. Ajuste en los ingresos del OR por ajuste al Plan de Inversiones. Los cambios en los ingresos del OR, pendientes de aplicar a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, asociados con la modificación del plan de inversiones, se incluirán en la variable IMj,4,m,r,t definida en el numeral 2.1, en las variables IAj,n,m,t definidas en los numerales 2.4, 2.5 y 2.6, en la variable CDA1,j,m,t definida en el numeral 1.2.4.2 y en la variable Dtcsn,j,m,t definida en el numeral 1.1.5 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018.

Con este objetivo, desde el mes de inicio de aplicación de la presente resolución y durante doce (12) meses, al resultado de la fórmula definida en los numerales 2.1, 2.4, 2.5, 2.6 y 1.2.4.2 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018, se le adicionará el valor que resulte de dividir entre doce (12) la suma de los cambios de los ingresos del OR.

ARTÍCULO 3. Notificación y Recursos. La presente Resolución deberá notificarse al representante legal o quien haga sus veces, de la ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P. y una vez en firme deberá publicarse en el Diario Oficial. Contra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, conforme lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 142 de 1994.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de diciembre de 2025.

KAREN SCHUTT ESMERAL

ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA

Viceministra de Energía, Delegada Ministro de Minas y Energía

Presidente

Director Ejecutivo