BUSCAR search
ÍNDICE developer_guide
MEMORIA memory
DESARROLLOS attachment
MODIFICACIONES quiz
CONCORDANCIAS quiz
NOTIFICACIONES notifications_active
ACTOS DE TRÁMITE quiz

CONCEPTO 7143 DE 2024

(octubre 28)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

Señor

XXXXXXXXX

Asunto: Diferencia de aplicación Resoluciones CREG 075 y 174 de 2021

Radicado CREG: S2024007143

Id de referencia: E2024015620

Respetado señor:

Antes de darle respuesta, le informamos que de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 142 de 1994, a la CREG, aparte de las funciones genéricas que toda Comisión de Regulación tiene, se le asignó la regulación económica de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible. Adicionalmente, la Ley 143 de 1994 le asignó funciones de carácter regulatorio a la CREG, de manera específica en lo concerniente a la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica. Posteriormente, mediante el Decreto 1260 de 2013, se le otorgó la responsabilidad de la regulación económica de los combustibles líquidos.

Es importante precisar que, en desarrollo de la función consultiva, la CREG no resuelve casos particulares o concretos, pues ello corresponde a las autoridades competentes mediante los procedimientos de rigor y, en tal virtud, tanto las preguntas como las respuestas deben darse o entenderse en forma genérica, de tal manera que puedan predicarse de cualquier asunto en circunstancias similares.

Respecto de la petición, la transcribimos y damos respuesta a continuación:

(...) Por medio del presente, me permito remitir una consulta sobre el procedimiento de conexión que debe seguir un agente Autogenerador a Gran Escala que genera energía eléctrica a partir de paneles solares.

Particularmente, la duda es si se debe seguir lo establecido en la Resolución Creg 075 de 2021 o en la Resolución Creg 174 de 2021 según los siguientes casos:

Caso 1:

Potencia instalada: 8 MWp

Entrega excedentes a la red: sí

Nivel de tensión de la frontera: IV

Conexión: STR

Caso 2:

Potencia instalada: 8 MWp

Entrega excedentes a la red: no

Nivel de tensión de la frontera: IV

Conexión: STR

Caso 3:

Potencia instalada: 5 MWp

Entrega excedentes a la red: sí

Nivel de tensión de la frontera: IV

Conexión: STR (...)

Respuesta

Al respecto, ya la Comisión ha conceptuado sobre los tipos de proyectos que aplican a las Resoluciones CREG 075 de 2021 y 174 de 2021 y se aclara su diferenciación. En ese sentido adjuntamos el radicado CREG S-2022-002350 el cual explica de forma detallada la diferencia.

El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015 que sustituye el título II del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Cordialmente,

ANTONIO JIMENEZ RIVERA

Director Ejecutivo

Nota 1: En las siguientes páginas encontrará las firmas electrónicas asociadas a este documento.

Nota 2: La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) implementó la creación de documentos íntegros, por tal razón, busque en el editor de PDF el ícono de clip y/o mostrar adjuntos, que le permitirá visualizar los archivos anexos.

×
Volver arriba