06CD6467CD00A1430525785A007A6135 Resolución - 1997 - CR162-97
Texto del documento
Resolución No. 162
(Septiembre 11 de 1997)


LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS





Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas mediante Resolución 099 de 1997, adoptó la metodología para el cálculo de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Resolución CREG-099 de 1997, la aprobación de los cargos por uso a cada transportador se adelantó dando aplicación a la presunción de buena fe prevista en el artículo 83 de la Constitución Política. Se presumió, por tanto, que las informaciones aportadas por la Electrificadora de Córdoba son veraces, y que los documentos aportados son auténticos y fueron tenidos en cuenta para la fijación de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución local;

Que vencido el plazo para que los transportadores presentaran la información requerida según la Resolución CREG-099 de 1997, se analizó en conjunto e individualmente la información presentada por los transportadores y se siguió el procedimiento establecido en el Anexo No. 1 de dicha resolución para el cálculo de los cargos;

Que la infraestructura de la Electrificadora de Córdoba a valorar se hizo de acuerdo con la Resolución CREG-099 de 1997;

Que la valoración de los activos se hizo de acuerdo con la metodología establecida en la Resolución CREG-099 de 1997, y con sujeción a lo dispuesto en la Resolución CREG-155 de 1997, en la cual se establecen los costos unitarios máximos de reposición a nuevo a ser tenidos en cuenta para la valoración de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local;

Que la infraestructura reportada por la Electrificadora de Córdoba se tuvo en cuenta para el cálculo de los cargos, con excepción de las obras en proceso ya que, de acuerdo con la metodología establecida en la Resolución CREG-099 de 1997, los cargos se deben calcular para el sistema existente que guarde relación con los flujos de energía anuales utilizados para realizar el estudio;

Que la Resolución CREG-099 de 1997 dispone que los cargos resultantes estarán sujetos a un limite máximo, el cual fue establecido en la Resolución CREG-155 de 1997, para cada nivel de tensión;

Que la Comisión, en sesión del día once (11) de septiembre de 1997, aprobó los cargos por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local operado por la Electrificadora de Córdoba.




RESUELVE






Artículo 1º. Cargos monomios. Los cargos monomios por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local operado por la Electrificadora de Córdoba, serán los siguientes, a pesos de diciembre de 1996:

NIVEL DE TENSIÓN
CARGO MONOMIO
$/kWh
Nivel IV
4.5678
Nivel III
13.0138
Nivel II
23.0475
Nivel I
33.5850
Concordancia : Resolución-CRG99-97-Art:3-4
Concordancia : Resolución-CRG99-97-Art:7
Concordancia : Resolución-CRG99-97-Art:10
Concordancia : Resolución-CRG99-97-An:1
Concordancia : Resolución-CR155-97-Art: 2
Concordancia : Resolución-CRG99-97-An:4
Concordancia : Leyes-Ley-142-Art:113
Concordancia : Leyes-Ley-142-Art:126
Concordancia : Resolución-CRG99-97-Art:8

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Ultima actualización: 03/21/2011 05:21:16 PM