Publicación Diario Oficial No.: ., el día:
Publicada en la WEB CREG el: 17/May/2012
Bogotá D.C., 17 de mayo de 2012
CIRCULAR No. 025



PARA: TERCEROS INTERESADOS

DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS, CREG

ASUNTO: PUBLICACIÓN DE LAS DEMANDAS ESPERADAS DE CAPACIDAD Y DE VOLUMEN REPORTADAS POR TGI S.A. E.S.P. PARA EL RAMAL CUNDI SUROCCIDENTAL, DE ACUERDO CON EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA RESOLUCIÓN CREG 126 DE 2010. (Expediente 2011-0091)


De conformidad con el artículo 25 de la Resolución CREG 126 de 2010, la Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P, TGI S.A. E.S.P. presentó a la CREG el proyecto de gasoducto de red tipo II de transporte denominado Cundi Suroccidental. Según TGI, a través de este gasoducto se realizará el suministro de gas natural a los municipios de Cachipay, Anolaima, San Juan de Ríoseco, La Mesa, El Colegio, Anapoima, Tena y Viotá en el departamento de Cundinamarca.

Dado que en el proceso previsto en el artículo 25 de la Resolución CREG 126 de 2010 hubo un sólo participante (i.e. TGI S.A. E.S.P.), le corresponde a la CREG aprobar los cargos regulados para el gasoducto o grupo de gasoductos del proyecto denominado Cundi Suroccidental.

De conformidad con el literal b) del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010, y atendiendo el numeral 87.1 del artículo 87 de la Ley 142 de 1994, la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas hace público en el anexo de esta Circular, el reporte de las demandas esperadas de capacidad y de volumen presentado por la empresa TGI para el proyecto Cundi Suroccidental.

Durante los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación de esta Circular, los terceros interesados podrán enviar preguntas y comentarios a la CREG en relación con las proyecciones de demandas presentadas por TGI. De acuerdo con el literal c) del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010, se dará traslado de aquéllas al transportador para que, en un término máximo de (15) días hábiles siguientes a su recibo, responda las preguntas y se pronuncie sobre los comentarios.

Cordialmente,



HERNAN MOLINA VALENCIA
Director Ejecutivo ( E)



Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Resoluciones CREG)
CIRCULAR025-2012.docCIRCULAR025-2012.docCIRCULAR025-20012.pdf - CIRCULAR025-20012.pdf
Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Documento CREG)
CIRCULAR025-2012 ANEXO.xlsCIRCULAR025-2012 ANEXO.xls