Bogotá D.C., 23 de febrero de 2022
CIRCULAR No.014
PARA: TRANSMISORES, OPERADORES DE RED E INTERESADOS EN LA ASIGNACIÓN DE CAPACIDAD DE TRANSPORTE DE PROYECTOS CLASE 1
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA (E)
ASUNTO: INFORMACIÓN DE TRANSPORTADORES NECESARIA PARA LA ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE PROYECTOS CLASE 1
Conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Resolución CREG 075 de 2021 y la propuesta presentada por la Unidad de Planeación Minero-Energética, UPME, mediante comunicación CREG E 2022-002066, el Comité de Expertos de la CREG publica la información que deberá ser reportada por los transportadores del SIN, necesaria para la realización de los estudios de conexión y de disponibilidad de espacio físico, y que son requeridos para la asignación de capacidad de transporte de los proyectos clase 1.
Las preguntas que puedan surgir acerca de esta información y su proceso de reporte deben ser remitidas directamente a la Unidad de Planeación Minero-Energética, como responsable de la asignación de capacidad de transporte de los proyectos clase 1.
Cordialmente,