Publicación Diario Oficial No.: , el día:
Publicada en la WEB CREG el: 24/October/2007
Bogotá, D.C., 24 de octubre de 2007

CIRCULAR No. 067




PARA: EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LOS SECTORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y DEMÁS INTERESADOS


DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA


ASUNTO: PUBLICACIÓN DE LOS PARÁMETROS REPORTADOS POR LOS AGENTES GENERADORES PARA LA DETERMINACIÓN DE LA ENERGÍA FIRME PARA EL CARGO POR CONFIABILIDAD – ENFICC

El anexo 4 de la Resolución CREG-031 de 2007, modificado por la Resolución CREG-045 de 2007 y la Resolución CREG-086 de 2007, definió el cronograma para la asignación de obligaciones de energía firme a agentes con plantas nuevas, especiales, existentes y existentes con obras para los períodos 2007-2008, 2010-2011 y 2011-2012, en donde una de las actividades de dicho cronograma es la publicación de los parámetros reportados por los agentes.

En cumplimiento de dichas normas se publica de manera integrada con esta Circular: el documento que contiene los parámetros que fueron reportados por los agentes generadores dentro del plazo establecido en el cronograma definido en la Resolución CREG-086 de 2007, esto es, hasta el pasado 16 de octubre, así como las correcciones que presentaron los agentes a los parámetros declarados en respuesta a las solicitudes efectuadas por la Comisión y que fueron entregadas antes de la publicación de este documento.

Para cálculo de la ENFICC, se debe tener en cuenta lo que dice el parágrafo 2, Artículo 41 de la Resolución CREG-071 de 2006, adicionado por el Artículo 3 de la Resolución CREG-086 de 2007, que dice:

      Parágrafo 2. Cuando no se realice declaración de ENFICC, se tomará como declaración la última realizada y verificada por el CND”

Cordialmente,


HERNÁN MOLINA VALENCIA
Director Ejecutivo



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