Publicación Diario Oficial No.: ., el día:
Publicada en la WEB CREG el: 17/March/2022

Bogotá D.C., 15 de marzo de 2022

CIRCULAR No. 017


PARA: TRANSMISORES NACIONALES Y OPERADORES DE RED DEL SERVICIO PUBLICO DOMICILIARIO DE ENERGÍA ELECTRICA
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO: INFORMACIÓN DE GASTOS DE AOM DEL AÑO 2021

Se ratifica lo publicado en la Circular CREG 009 de 2021, relacionada con la entrega de la información de AOM.

Con base en lo anterior, se informa a los TN y a los OR que la información de AOM correspondiente al año 2021 debe ser diligenciada utilizando los formatos publicados con las circulares CREG 010 y 011 de 2017, y entregarse, junto con el informe del auditor, en el plazo señalado en la Resolución CREG 024 de 2012, esto es, a más tardar el 30 de abril de 2022.

Para los OR con resolución particular en firme, aprobada de acuerdo con la metodología de la Resolución CREG 015 de 2018, se les informa que el plazo también es a más tardar el 30 de abril de cada año, y no requieren hacer el cálculo del porcentaje de AOM a reconocer.

Cordialmente,

JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN



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