| Publicación Diario Oficial No.: | ., el día: |
| Publicada en la WEB CREG el: | 21/February/2018 |
| Bogotá, D.C., febrero 21 de 2018
CIRCULAR No. 014
PARA: EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GAS COMBUSTIBLE POR REDES DE TUBERÍA
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO: REPORTE DE INFORMACIÓN DE ESTACIONES REGULADORAS DE PRESIÓN PARA ANÁLISIS INTERNOS DE LA CREG
La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en desarrollo de la facultad prevista en el inciso final del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, solicita a las empresas distribuidoras de gas combustible por red de tuberías, la siguiente información con el fin de adelantar estudios que permitan establecer la posibilidad de incorporar nuevas unidades constructivas de Estaciones Reguladoras de Presión.
En este orden, las empresas que cuenten con alguna de las Estaciones de Regulación de Presión, ERP, listadas en la Tabla No.1, deberán enviar a la Comisión toda la información relacionada en la Tabla No.2 en un archivo Excel y con precisa estructura y formato en que se solicita, antes del 28 de febrero de 2018:
Tabla No.1
| CODIGO | NOMBRE |
| ERP 3T1 | ERP 3000 m3/h - tren sencillo - con medidor - con tren de regulación en bypass |
| ERP 3T2 | ERP 3000 m3/h - tren sencillo - sin medidor - con tren de regulación en bypass |
| ERP 3T3 | ERP 3000 m3/h - tren paralelo - con medidor - con tren de regulación en bypass |
| ERP 5T1 | ERP 5000 m3/h - tren sencillo - con medidor - con tren de regulación en bypass |
| ERP 5T2 | ERP 5000 m3/h - tren sencillo - sin medidor - con tren de regulación en bypass |
| ERP 8T1 | ERP 8000 m3/h - tren sencillo - con medidor - con tren de regulación en bypass |
| ERP 8T3 | ERP 8000 m3/h - tren paralelo - con medidor - con tren de regulación en bypass |
| ERP 10T1 | ERP 10000 m3/h - tren sencillo - con medidor - con tren de regulación en bypass |
| ERP 10T2 | ERP 10000 m3/h - tren sencillo - sin medidor - con tren de regulación en bypass |
Así mismo, las empresas podrán reportar aquellas unidades constructivas nuevas o especiales, con toda la información soporte para su análisis y valoración, que no se encuentran en los anexos respectivos de la Resolución CREG 202 de 2013, aquellas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.
Cordialmente,
GERMÁN CASTRO FERREIRA |
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