Publicación Diario Oficial No.: , el día:
Publicada en la WEB CREG el: 06/October/2008
Bogotá, D.C., 07 de octubre de 2008



CIRCULAR No. 093


PARA: AGENTES TRANSPORTADORES DE GAS NATURAL


DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA


ASUNTO: REPORTE DE INFORMACIÓN


Conforme a lo establecido en el Artículo 47 de la Resolución CREG 071 de 2006, por la cual se adopta la metodología para la remuneración del Cargo por Confiabilidad en el Mercado Mayorista de Energía, la Dirección Ejecutiva se permite solicitar a todas las empresas transportadoras de gas natural, con contratos vigentes o solicitudes de contrato de transporte en firme de gas natural, cuyo remitente sea un generador térmico, enviar a la CREG una certificación en la que conste, para cada uno de los tramos que serán utilizados por el agente generador y para cada mes de vigencia del período comprendido entre el 1º. de diciembre de 2008 y el 30 de noviembre de 2009, lo siguiente:
    - La capacidad máxima de transporte;
    - La capacidad ya contratada en firme por personas naturales o jurídicas, distintas a generadores termoeléctricos; y
    - La capacidad de transporte en firme ya contratada o que contratará con cada agente generador.

Esta certificación deberá enviarse a mas tardar el veinticuatro (24) de octubre de 2008.


Cordialmente,



HERNÁN MOLINA VALENCIA
Director Ejecutivo



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