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Publicada en la WEB CREG el:

CIRCULAR No. 005
      PARA: EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DEL SECTOR ELECTRICO

      DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

      ASUNTO: REPORTE DE INFORMACIÓN DE TARIFAS APLICADAS- Resolución CREG 058 de 2000


    Bogotá, D.C., Febrero 6 de 2001


    La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en desarrollo de la Resolución CREG 058 del 17 de agosto de 2000, se permite informar a los comercializadores de energía eléctrica los procedimientos y fecha de puesta en funcionamiento del mecanismo para reportar a través del portal de Internet de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, las tarifas que publiquen, conforme a lo previsto en el Artículo 3o. de la Resolución en mención.

    Tarifas Aplicadas


    Con esta aplicación la CREG recogerá a partir de este año la información de tarifas aplicadas por los comercializadores de energía.

    Periodicidad

    A partir de las tarifas publicadas en el mes de marzo de 2001, esta información deberá ser reportada en los primeros dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de las tarifas, conforme a lo dispuesto en la regulación vigente.

    Las tarifas publicadas y aplicadas entre Septiembre de 2000 y Febrero de 2001 se deberán reportar antes del 15 de Marzo de 2001.



    De otro lado el incumplimiento del envió de dicha información estará sujeto a las sanciones previstas la Resolución CREG 064 de 1998, sin perjuicio de las demás contempladas en la Ley.

    Finalmente, un instructivo para el diligenciamiento de información aquí solicitada se mantendrá actualizado y disponible en el servidor WEB de la CREG (www.creg.gov.co), se anexa copia de dicho manual.



    Cordialmente,




    CARMENZA CHAHIN ALVAREZ

    ANEXO No. 1

    Instructivo para el reporte de las Tarifas Aplicadas de Energía Eléctrica


    Comisión de Regulación de Energía y Gas



INSTRUCTIVO PARA EL REPORTE DE
LAS TARIFAS APLICADAS DE ENERGIA ELECTRICA

Documento CREG

Enero de 2001

CONTENIDO

1. INTRODUCCION
2. ADMINISTRACION Y ACTUALIZACION DEL INSTRUCTIVO
2.1 La Administración
2.2. Formatos
2.3. Características generales de la información
3. LA APLICACIÓN Y SUS FORMATOS
3.1. Formatos para envío de Información
3.2. Consultar Información Tarifaria
3.3. Enviar Información Tarifaria

1. INTRODUCCIÓN

De conformidad con el artículo 3o. de la Resolución CREG 058 de 2000, los comercializadores de energía eléctrica deberán reportar a través del portal en Internet de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, las tarifas que publiquen según lo establecido en el Artículo 1o. de dicha Resolución.

En este sentido la CREG ha desarrollado un aplicativo para que las empresas publiquen las tarifas que aplican a sus usuarios finales para cada uno de sus mercados y con una periodicidad mensual. Esto con el fin de tener esta información pública en nuestro portal de Internet para quien puede requerir su consulta.

Como lo señala la resolución CREG 064 de 2000 la responsabilidad, veracidad y oportunidad en el suministro de la información de acuerdo con los procedimientos aquí definidos, corresponderá a los agentes comercializadores.

2. ADMINISTRACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL INSTRUCTIVO
a. La Administración

Los contenidos de este Aplicativo, han sido pensados de tal forma que cada empresa podrá diseñar libremente su estructura tarifaria, conforme a la regulación vigente. El aplicativo será administrado por la CREG y se podrá accesar con el login y password que cada comercializador de energía eléctrica posee para el reporte de información a esta entidad.

Adicionalmente, la CREG ha diseñado la aplicación de forma tal que las tarifas reportadas por el comercializador son colocadas automáticamente en el portal de Internet, y estarán a disposición de los agentes de este proceso y de aquellas entidades o personas que lo requieran como un elemento de trabajo dentro del sector.

b. Formatos

Los formatos para la recolección de información de las Tarifas Aplicadas se pueden ajustar a las diferentes estructuras tarifarias que presenta cada empresa. Por ello cada empresa definirá los conceptos que conforman sus estructuras tarifarias.

No obstante la CREG ha definido algunos formatos estándar.

Entendiendo que así como cambian las estructuras tarifarias en el sector, los formatos deberán ajustarse, la aplicación permite definir nuevos formatos, así como eliminar formatos obsoletas.

La información de las Tarifas Aplicadas del servicio de energía eléctrica se ha resumido en 3 opciones básicas a saber:

P Formato para envío de Información
P Consultar información Tarifaria
P Enviar Información Tarifaria

Estas opciones se explicarán en la siguiente sección

Una vez definidos los formatos con la estructura de las Tarifas Aplicadas que la empresa posee, la aplicación permite consultar los formatos definidos y hacer cambios en los mismos.

La información se cargará a la base de datos en la CREG a partir de archivos planos, que pueden trabajar localmente las empresas antes de acceder la aplicación como usuario registrado.

3. LA APLICACIÓN Y SUS FORMATOS

El ingreso a la aplicación de Tarifas Energía, se hace a través del sitio de usuarios registrados de la CREG, www.creg.gov.co o http://info.creg.gov.co, una vez la empresa comercializadora digite su cuenta y clave (login y password).

A continuación se desplegará el Índice de Aplicaciones, donde encontrará entre otras, la aplicación Tarifas Energía, identificada con el siguiente icono:


Al ingresar a la Aplicación de Tarifas Energía podrá navegar fácilmente entre las diferentes opciones, teniendo siempre presente las instrucciones que se señalan más adelante para el diligenciamiento adecuado de la información.

a. Formatos para envío de Información

La primera opción que aparece en la aplicación de "Tarifas Aplicadas de Energía" es "Formatos para envío de Información".

En esta opción encontrará algunos conceptos tarifarios comunes a todas las empresas tanto para el sector Residencial como para el No Residencial, que han sido definidos por la CREG. Cabe anotar que si la empresa presenta una estructura diferente a la definida por la CREG tendrá libertad para definir los conceptos de su estructura tarifaria.

A continuación presentamos las Estructuras Tarifarias que han sido definidas por la CREG para los Sectores Residencial y No Residencial.

Sector Residencial

Para el Sector Residencial la CREG definió dos Formatos, para Estratos 1, 2 y 3 y Estratos 4, 5 y 6. El formato Estratos 1 2 y 3, tiene definido cuatro conceptos. El primero es CF, que se refiere al Cargo Fijo, en este concepto se debe definir como rango de 0 a 0. Los otros conceptos se refieren a tres rangos tarifarios, de acuerdo a la regulación vigente, así: Entre cero (0) y el Consumo de Nivelación (CN), Entre el Consumo de Nivelación y el Consumo de Subsistencia (CS=200) y Por encima del Consumo de Subsistencia, de acuerdo como se muestra en la Figura 1.



Figura 1. Estructura Tarifaria del Formato Estratos 1, 2 y 3


Por otro lado, el formato Estratos 4, 5 y 6 presenta una estructura tarifaria con un solo rango de consumo, con el fin que las empresas reporten la información de los estratos 4, 5 y 6, como se presenta en la Figura 2.


Figura 2. Estructura Tarifaria del Formato Estratos 4, 5 y 6


En este caso la empresa deberá escoger el mes que desea reportar y escoger el Formato Estratos 1, 2 y 3 o Estratos 4, 5 y 6. dentro del ítem "RESIDENCIAL", para hacer el reporte de sus tarifas.

El procedimiento a seguir es:

P En caso de escoger el formato Estratos 1, 2 y 3, digitar el valor del Consumo de Nivelación para el mes a reportar. Como se mencionó anteriormente el rango para el Cargo Fijo debe ser entre 0 y 0 kWh (Este es válido sólo hasta Diciembre de 2000).
P Escoger el mercado para el cual desea reportar las tarifas.
P Escoger los estratos sobre los cuales aplica la estructura tarifaria del Formato a reportar.
P Escoger el nivel de tensión que aplique en su estructura tarifaria, generalmente los usuarios residenciales se encuentran conectados a nivel de tensión 1.
P Dar un click en el botón Asignar.

Sector No Residencial

Para el Sector No Residencial la CREG definió los Formatos Monomia Sencilla y Monomia Horaria. El formato Monomia Sencilla presenta una estructura tarifaria de energía sencilla monomia, es decir una sola tarifa para las 24 horas del día, de acuerdo a la Figura 3.


Figura 3. Estructura Tarifaria del Formato Monomia Sencilla



Por otro lado, el formato Monomia Horaria presenta una estructura tarifaria de energía sencilla monomia horaria, establecida para tres franjas horarias así: Mínima Demanda, Media Demanda y Máxima Demanda, tal como se observa en la Figura 4.



Figura 4. Estructura Tarifaria del Formato Monomia Horaria



Para el reporte de sus tarifas, la empresa deberá escoger el mes que desea reportar y escoger el Formato Monomia Sencilla o Monomia Horaria dentro del ítem "NO RESIDENCIAL".

El procedimiento a seguir es:

P Digitar las horas que componen la franjas tarifarias, en el caso de haber escogido el Formato Monomia Horaria.
P Escoger el mercado para el cual desea reportar las tarifas.
P Escoger los sectores sobre los cuales aplica la estructura tarifaria del Formato antes escogido.
P Escoger el nivel de tensión que aplique en su estructura tarifaria.
P Dar un click en el botón Asignar.

Definición de otra estructura tarifaria

Ahora bien, si la empresa presenta una estructura tarifaria diferente a la definida por la CREG en los Formatos Estratos 1, 2 y 3 y Estratos 4, 5 y 6 (Sector Residencial) ó en los Monomia Sencilla y Monomia Horaria (Sector No Residencial), deberá proceder a crear la Opción Tarifaria, escogiendo la opción Otro que aparece también dentro de los ítem "RESIDENCIAL" y "NO RESIDENCIAL", como se observa en la Figura 5.




FIGURA 5. Definición de una Estructura Tarifaria Residencial


Para crear una nueva Opción Tarifaria, ya sea para el Sector Residencial o el No Residencial, se deben seguir los siguientes pasos:

P Digitar el nombre de la estructura tarifaria.
P Digitar los nombre de las columnas que componen los conceptos tarifarios, separados por coma y en orden ascendente (de menor a mayor).
P Digitar las Observaciones que se consideren pertinenentes como explicación de la estructura tarifaria.
P Dar un click en el botón Adicionar.

Observaciones Importantes

q Los conceptos tarifarios para los Sectores Residencial y No Residencial pueden variar dependiendo del mercado que se desee reportar. En este caso se hace necesario definir un formato por mercado.
q Los formatos que se definan el primer mes de reporte de información se mantendrán fijos para el siguiente mes a menos que sea modificado el formato con posterioridad, o sea eliminado. Ene este último caso el formato dejará de aparecer en los meses posteriores.
b.


Consultar Información Tarifaria


La segunda opción que aparece en la aplicación de "Tarifas Aplicadas" es "Consultar información Tarifaria".

En esta opción la empresa tendrá oportunidad de verificar las opciones tarifarias que ha asignado tanto para el Sector Residencial como para el No Residencial.

Adicionalmente podrá consultar los rangos digitados dentro del Sector Residencial o las horas asignadas a las franjas establecidas en una de las opciones tarifarias del Sector No Residencial.

Cuando la empresa ya haya enviado la información de Tarifas, podrá consultar en esta opción la información enviada.

La consulta a la que tendrán opción las empresas, se ha discriminado por mercado, fecha (mes y año), tipo (Residencial ó No Residencial) y valores (tarifas ó rangos).

Por ejemplo, en la Figura 6 se observan los rangos para el Sector Residencial definidos por la empresa YYYY (empresa creada como prueba) para Septiembre de 200, en el mercado de Ruitoque.


FIGURA 6. Rangos de Consumo Sector Residencial de la Empresa YYYY.


c.


Enviar Información Tarifaria


La tercera opción que aparece en la aplicación de "Tarifas Aplicadas de Energía" es "Enviar Información Tarifaria".

En esta opción se presenta un archivo ejemplo en formato csv ("Separado por comas") para que la empresa lo diligencie dependiendo de la estructura tarifaria que haya escogido ó definido para enviar la información.

Por ejemplo, en el caso Residencial, si la empresa ha escogido enviar la información a través del Formato, Estratos 1, 2 y 3, definido por la CREG, en cuanto a los datos que debe contener se encuentran: Estrato, Nivel de Tensión, Tarifas para los diferentes rangos definidos tal como se muestra en la Figura 7, separando los valores de cada variable por una coma (,).


Figura 7. Archivo Ejemplo Separado por comas (csv).


Tan pronto como el archivo ha sido diligenciado se procede a cargarlo a través de la aplicación (Ver Figura 8) siguiendo los siguientes pasos:

P Escoger el mercado para el cual desea cargar las tarifas.
P Escoger el mes y año para el cual se reportarán las cifras.
P Dar la ubicación del archivo que contiene la información a cargar.
P Dar un click en el botón Enviar archivo.


Figura 8. Envío de Tarifas del Formato A


Al momento de enviar la información, se generarán mensajes de registro (log) que indican si la información ha sido almacenada satisfactoriamente, como se observa en la Figura 9.

Figura 9. Mensajes de Log


Por último, por la opción 2, "Consultar Información Tarifaria", se puede verificar que la información tarifaria ya fue cargada, tal como se observa en la Figura 10.





FIGURA 10. Tarifas Estratos 1, 2 y 3 de la Empresa YYYY.



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