Publicación Diario Oficial No.: , el día:
Publicada en la WEB CREG el:

    Bogotá, D.C., 24 de agosto de 2005
    CIRCULAR No. 010
    PARA: PRESTADORES DEL SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LAS ZONAS NO INTERCONECTADAS, USUARIOS Y TERCEROS INTERESADOS.

    DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS -CREG.

    ASUNTO: PROGRAMACIÓN CONSULTAS PÚBLICAS - FÓRMULA TARIFARIA PARA EL SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN LAS ZONAS NO INTERCONECTADAS

    Como parte del proceso de discusión de la propuesta de Fórmula Tarifaria General contenida en la Resolución CREG-033 de 2005, que permite a los prestadores de energía eléctrica de las Zonas No Interconectadas (ZNI) calcular los costos de prestación del servicio y determinar las tarifas aplicables a los usuarios finales regulados, nos permitimos convocar a las Consultas Públicas que sobre este tema realizará la Comisión de Regulación de Energía y Gas en las siguientes fechas y ciudades.


    Ciudad
    Fecha
    Hora
    Lugar
    Bogotá

    Septiembre 5 de 2005

    9:00 a.m.
    Cra. 7° No. 71-52 Torre B Piso 4

    Villavicencio
    Septiembre 12 de 2005
    2:00 p.m.
    Sala de Juntas Gobernación del MetaCra. 33 No.38-45 Piso 2
    Quibdo

     Septiembre 26  de 2005

    9:00 a.m.
    Auditorio del Sena Cra. 1ª. No.28-71
    Tumaco

    Septiembre 30 de 2005
    2:00 p.m.
    Casa de la Cultura
    Los sitios de las consultas se informarán oportunamente a través de la página web de la CREG.

    Las reglas de las Consultas Públicas convocadas, serán las siguientes:


    1. Podrán participar en las Consultas los representantes de los prestadores del servicio de energía eléctrica; los vocales de los Comités de Control Social que estén debidamente acreditados; los representantes legales de las ligas o de las asociaciones de consumidores; los representantes legales de las organizaciones gremiales; los delegados de las universidades y centros de investigación y los usuarios.

    2. Quienes estén interesados en participar en las consultas deberán Inscribirse y radicar con una anticipación no inferior a dos (2) días hábiles a la realización, el documento que servirá de base para su exposición, el cual deberá relacionarse directamente con la materia objeto de la consulta pública.
      La inscripción y radicación de las ponencias se podrá realizar:
      · Directamente en las oficinas de la CREG en la carrera 7 No 71-52, torre B, piso 4.
      · Por medio de la página web a través de la opción servicios en línea, registro de consultas públicas.
      · A través de correo tradicional o al Fax No. 3121900. En este caso, los interesados deberán obligatoriamente enviar nombre, documento de identidad, dirección, teléfono e informar a que entidad representan.
        3. El tiempo para presentar cada ponencia en la Consulta Pública será máximo de 10 minutos.
          4. En el marco de la Consulta Pública, los asistentes recibirán un formato para que formulen sus inquietudes, las cuales serán contestadas en el documento soporte de la resolución definitiva y posteriormente enviadas a quien las presentó. Por tanto, es de vital importancia que los espacios para el nombre, documento de identidad, dirección y teléfono sean diligenciados en su totalidad, con el fin de garantizar el envío de la respuesta.

          5. Todas las ponencias serán publicadas por la CREG en su página www.creg.gov.co.

          Aquellos que no se inscriban para participar en las consultas, podrán hacer llegar comentarios por correo tradicional o correo electrónico a la dirección creg@creg.gov.co. Una vez recibidos, la CREG hará una presentación sucinta de éstos en las Consultas Públicas respectivas, para este efecto, se recibirán hasta el 20 de septiembre de 2005.

          Cordialmente,

          RICARDO RAMÍREZ CARRERO
          Director Ejecutivo



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