Bogotá, D.C., 4 de abril de 2007C I R C U L A R No. 15
PARA: EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DEL SECTOR ELÉCTRICO
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
ASUNTO: REPORTE DE INFORMACIÓN DE NIVEL DE TENSIÓN 2 y 3 Y FLUJOS DE ENERGÍA
En desarrollo de los estudios conducentes al establecimiento de la metodología de remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica para el siguiente periodo tarifario, la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas se permite solicitar a las empresas que desarrollan la actividad de distribución de energía eléctrica, la siguiente información:
Definición de las redes típicas de Nivel de Tensión 2 utilizadas para la prestación del servicio, determinadas de acuerdo con los criterios generales establecidos en el Anexo 1.
Información del total de las redes y equipos de nivel de tensión 3 según lo establecido en el Anexo 2.
Reporte de los flujos de energía durante el año 2006, acorde con lo establecido en el Anexo 3.
Reporte de la información de los niveles de pérdidas técnicas asociados a los transformadores, acorde con lo establecido en el Anexo 4.
La información deberá entregarse en los plazos señalados en cada anexo.
Cordialmente,
CAMILO QUINTERO MONTAÑO
Director Ejecutivo |