Circular No. 025 de 2002
PARA: GERENTES DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DEL SECTOR ELÉCTRICO
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
ASUNTO: REPORTE DE INFORMACIÓN DE ACTIVOS DE DISTRIBUCION.
Fecha: Julio 15 de 2002
La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, conforme a lo establecido en la Circular CREG 019 de 2002, se permite informar a los Operadores de Red, los formatos y medios autorizados para el reporte de la Información de Activos del STR y/o SDL, que deben reportar dentro del proceso de aprobación de cargos por Uso de estos sistemas para el siguiente período tarifario.
En el archivo de Excel adjunto a esta circular, se presenta el listado actualizado de las Unidades Constructivas de los STR y/o SDL, que se considerarán para la aprobación de los Cargos por Uso, teniendo en cuenta las observaciones presentadas a la fecha por los diferentes agentes y terceros interesados.
Para el reporte de los inventarios según las Unidades Constructivas mencionadas, se deberán utilizar los formatos que se presentan en el Anexo 2, para lo cual se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones principales:
· La información que se debe reportar se refiere a activos de “Uso General”. En ningún caso se deberán reportar activos de conexión a los STR y/o SDL.
· Dentro de cada formato se deberá diligenciar la totalidad de los campos solicitados, exceptuando el campo “Observaciones” y el campo “Subestación Terminal”, para el reporte de redes, en el formato 2.
· La información de georeferenciación correspondiente a las variables de longitud y latitud, se debe reportar en el sistema de coordenadas geográficas latitud/longitud WGS84 en sistema decimal, y la altitud se diligenciará en metros sobre el nivel del mar. Para quienes utilicen un sistema distinto de coordenadas, podrán usar los esquemas estándar de conversión de las herramientas GIS.
· La información a reportar en cumplimiento de esta circular, se cargará exclusivamente vía WEB de conformidad con los procedimientos definidos en el Anexo 1 de la presente circular. En consecuencia no se aceptará por ningún motivo que se envíe a esta Comisión la información por un medio distinto.
Finalmente, en el Anexo 3, se presenta un Instructivo de la aplicación que fue desarrollada por la Comisión para el reporte de la información de activos, a la cual tendrán acceso los Operadores de Red, con la cuenta y clave que tienen asignadas cada uno.
Cordialmente,
RICARDO RAMÍREZ
Director Ejecutivo (E)
ANEXO 1
Listados Unidades Constructivas (archivo Excel)
ANEXO 2
FORMATO 1: Información Básica de Subestación
FORMATO 2: Información Básica de Líneas y Redes
FORMATO 3: Unidades constructivas de Subestación
FORMATO 4: Unidades constructivas de Transformadores y
Compensaciones Reactivas en Subestaciones
FORMATO 5: Unidades constructivas de Líneas
FORMATO 6: Centros de Control
FORMATO 1: Información Básica de Subestación
Código Subestación | Nombre | Observaciones | Longitud | Latitud | Altitud |
 |  |  |  |  |  |
Donde:
- Código Subestación: identificador asignado por el Operador de Red para cada una de las subestaciones con que cuenta su STR y/o SDL.
- Nombre: Se refiere al nombre de la subestación asignado por el Operador de Red.
- Observaciones: Este campo debe ser utilizado cuando se desee precisar anotaciones que se consideren importantes sobre la subestación, en relación con la propiedad, por ejemplo. Se puede dejar en blanco.
- Longitud: Corresponde a información georreferenciada de la posición donde se encuentra la subestación, en cuanto a longitud en grados decimales latitud/longitud WGS84.
- Latitud: Corresponde a información georreferenciada de la posición donde se encuentra la subestación, en cuanto a latitud en grados decimales latitud/longitud WGS84.
- Altitud: Corresponde a información georreferenciada de la posición donde se encuentra la subestación, en cuanto a altitud en metros sobre el nivel del mar.
FORMATO 2: Información Básica de Líneas y Redes
Código Línea | Código Subestación Inicial | Código Subestación Terminal | Voltaje de Operación | Normalmente Abierta | Observaciones | Sobrepuesto |
 |  |  |  |  |  |  |
Donde:
- Código Línea: identificador asignado por el Operador de Red para cada una de las líneas o redes de distribución con que cuenta su STR y/o SDL. Debe coincidir con el código de circuito reportado en la información de Indicadores de Calidad, Circular 038 de 2001.
- Código Subestación inicial: Se refiere al código de la subestación donde inicia la línea o red de distribución, reportado en el formato 1.
- Código Subestación terminal: Se refiere al código de la subestación donde finaliza la línea, reportado en el formato 1. En el caso de las redes de distribución, este campo podrá ser vacío.
- Voltaje de Operación: Hace referencia al voltaje de operación de la línea, expresado en kV. (Por ejemplo, si la línea está diseñada para un voltaje de 115 kV pero en la realidad se encuentra energizada a 34.5 kV, se debe reportar como voltaje de operación 34.5)
- Normalmente Abierta: Se debe diligenciar “S” en el caso que la línea o red de distribución esté normalmente abierta y “N” en caso contrario.
- Observaciones: Este campo debe ser utilizado cuando se desee precisar anotaciones que se consideren importantes sobre la línea (por ejemplo, en relación con la propiedad, con su función, etc.). Se puede dejar en blanco.
- Sobrepuesto: Se diligenciará una “S” en el caso de que la línea o red de distribución se encuentre sobrepuesta y una “N” en caso contrario. Se entenderá que una línea o red de distribución se encuentra sobrepuesta en los siguientes casos:
§ Cuando en una misma estructura se encuentran montados más de un circuito a diferentes niveles de tensión (por ejemplo uno de nivel 3 y uno o dos de nivel 2), se considerará el o los circuitos de menor voltaje como “Sobrepuestos”.
§ Cuando en una misma estructura se encuentran montados dos circuitos del nivel de tensión 2 (por ejemplo 2 circuitos a 13.8 kV), se denominará “Sobrepuesto” a aquel que se encuentre en la parte inferior.
FORMATO 3: Unidades constructivas de Subestación
Código UC | Código Subestación | Observaciones | Cantidad |
 |  |  |  |
Donde:
- Código UC: Se refiere al código de las unidades constructivas, definidas por la CREG, y las cuales se presentan en el archivo excel adjunto a esta circular, ubicadas en subestaciones, con excepción de transformadores y compensaciones reactivas (que serán reportados en el Formato 4).
- Código Subestación: Identificador asignado por el Operador de Red para cada una de las subestaciones con las que cuenta su STR y/o SDL, reportados en el formato 1.
- Observaciones: Este campo debe ser utilizado cuando se desee precisar anotaciones que se consideren importantes sobre la unidad constructiva, en relación con la propiedad, por ejemplo. Se puede dejar en blanco.
- Cantidad: Se refiere al número de unidades constructivas con que cuenta el Operador de Red.
FORMATO 4: Unidades constructivas de Transformadores y Compensaciones Reactivas en Subestaciones
Código UC | Código Subestación | Capacidad (MVA o Mvar) | Relación de Transformación | Observaciones | Cantidad |
 |  |  |  |  |  |
Donde:
- Código UC: Se refiere al código de las unidades constructivas de transformadores y/o compensaciones reactivas, definidas por la CREG, y las cuales se presentan en el archivo excel adjunto a esta circular, ubicadas en subestaciones.
- Código Subestación: Identificador asignado por el Operador de Red para cada una de las subestaciones con las que cuenta su STR y/o SDL, reportados en el formato 1.
- Capacidad (MVA o Mvar): Se refiere a la capacidad del transformador (en MVA) o de la compensación reactiva (en Mvar).
- Relación de Transformación: Se debe diligenciar la relación de transformación del transformador, indicando inicialmente el voltaje del lado de alta en kV y seguidamente el o los voltajes del lado de baja tensión también en kV (por ejemplo, 34.5/13.8). Si se trata de una compensación reactiva, este campo se deberá diligenciar con “NA”.
- Observaciones: Este campo debe ser utilizado cuando se desee precisar anotaciones que se consideren importantes sobre la unidad constructiva, en relación con la propiedad, por ejemplo. Se puede dejar en blanco.
- Cantidad: Se refiere al número de equipos con que cuenta el Operador de Red, para la unidad constructiva que reporta.
Ejemplo de reporte:
Si el Operador de Red cuenta en una subestación con los siguientes equipos:
o 2 Transfomadores trifásicos de STR's y/o SDL's, con una relación de transformación 115/13.8 kV y capacidad final de 100 MVA c/u,
o 1 Transformador trifásico de STR's y/o SDL's, con una relación de transfomación 34.5/13.8 kV y una capacidad final de 10 MVA, y
o 1 Compensación reactiva para el nivel de tensión IV, capacidad final de 25 Mvar.
El formato 4 para reporte de información quedaría:
Código UC | Código Subestación | Capacidad (MVA o Mvar) | Relación de Transformación | Observaciones | Cantidad |
N4T7 | SB1 | 100 | 115/13.8 |  | 2 |
N3T3 | SB1 | 10 | 34.5/13.8 |  | 1 |
N4CR2 | SB1 | 25 | NA |  | 1 |
FORMATO 5: Unidades constructivas de Líneas
Código UC | Código Línea | Observaciones | Cantidad |
 |  |  |  |
Donde:
- Código UC: Se refiere al código de las unidades constructivas, definidas por la CREG, y las cuales se presentan en el archivo excel adjunto a esta circular, correspondientes a líneas o redes de distribución o ubicadas en las mismas.
- Código Línea: Identificador asignado por el Operador de Red para cada una de las líneas o redes de distribución con que cuenta su STR y/o SDL, reportadas en el formato 2.
- Observaciones: Este campo debe ser utilizado cuando se desee precisar anotaciones que se consideren importantes sobre la unidad constructiva, en relación con la propiedad, por ejemplo. Se puede dejar en blanco.
- Cantidad: Se refiere al número de unidades constructivas con que cuenta el Operador de Red.
Notas:
o Para efectos de clasificar las unidades constructivas de líneas o redes de distribución, como “urbana” o “rural”, el Operador de Red deberá utilizar como criterio el número de unidades de línea o de red (km) que están en la cabecera urbana o en zona rural, de conformidad con los Planes de Ordenamiento Territorial de los respectivos municipios (ver ejemplo).
o Las longitudes totales de una línea o red de distribución (cantidad de unidades constructivas de línea), que se reporten usando este formato, deberán coincidir con las longitudes de alimentadores que el Operador de Red ha reportado a través de la aplicación “Indicadores de Calidad”, Circular 038 de 2001.
Ejemplo de Reporte:
Si el Operador de Red cuenta una línea de 13.8 kV de las siguientes características:
o Longitud total de la línea es 50 km.
o Circuito sencillo - Poste de concreto, con conductor tipo 2 y 3F,
o 10 km de la línea se encuentran dentro de la cabecera urbana, de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial del respectivo municipio.
o 40 km de la línea se encuentran dentro de la zona rural, de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial del respectivo municipio.
El formato 5 para reporte de información quedaría:
Código UC | Código Línea | Observaciones | Cantidad |
N2L4 | L701 |  | 10 |
N2L12 | L701 |  | 40 |
FORM ATO 6: Centros de Control
Código UC | Observaciones | Cantidad |
 |  |  |
Donde:
- Código UC: Se refiere al código de las unidades constructivas de los centros de control, definidos por la CREG y que se presentan en el archivo excel adjunto a esta circular.
- Observaciones: Este campo debe ser utilizado cuando se desee precisar anotaciones que se consideren importantes sobre la unidad constructiva en relación con la propiedad, por ejemplo. Se puede dejar en blanco.
- Cantidad: Se refiere al número de unidades constructivas con las que cuenta el Operador de Red.
ANEXO 3
Instructivo para el reporte de la información a través
de la aplicación: “Activos OR’s” |