Publicación Diario Oficial No.: ., el día:
Publicada en la WEB CREG el: 30/July/2014
Bogotá, julio 30 de 2014




CIRCULAR No. 057


PARA: TERCEROS INTERESADOS

DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

ASUNTO: PUBLICACIÓN DE LAS DEMANDAS ESPERADAS DE CAPACIDAD Y DE VOLUMEN REPORTADAS POR PROMIORIENTE S.A. E.S.P., DE ACUERDO CON: I) UNA SOLICITUD DE LA EMPRESA DE REVISIÓN TARIFARIA Y II) EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA RESOLUCIÓN CREG 126 DE 2010.


De conformidad con el literal b) del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010, la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas hace público, en el anexo de esta Circular, el reporte de las demandas esperadas de capacidad y de volumen presentado por la empresa Promioriente.

En la solicitud de revisión tarifaria Promioriente solicita a la CREG que en los cargos tarifarios de Barrancabermeja-Payoa-Bucaramanga se incluya el valor de la inversión y los correspondientes AOM de una estación compresora. Según la empresa la inversión se requiere para poder poner físicamente el gas proveniente del campo Gibraltar en el sistema de transporte de la empresa TGI S.A. E.S.P.

Durante los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación de esta Circular, los terceros interesados podrán enviar preguntas y comentarios a la CREG en relación con las proyecciones de demandas presentadas por Promioriente. De acuerdo con el literal c) del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010 se dará traslado de aquellas al transportador para que, en un término máximo de (15) días hábiles siguientes a su recibo, responda las preguntas y se pronuncie sobre los comentarios.

Cordialmente,



CARLOS FERNANDO ERASO CALERO



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