| Publicación Diario Oficial No.: | , el día: |
| Publicada en la WEB CREG el: | 08/April/2008 |
| Comentarios hasta el: | 14/April/2008 |
| Favor Dirigir los Comentarios a: | Dr. HERNAN MOLINA VALENCIA - DIRECTOR EJECUTIVO |
EN CONSULTA
Bogotá, D. C., 08 de abril de 2008
CIRCULAR No. 030
PARA: AGENTES GENERADORES E INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LA SUBASTA PARA LA ASIGNACIÓN DE OBLIGACIONES DE ENERGÍA FIRME QUE SE ABRIRÁ EL 6 DE MAYO DE 2008.
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO: DECLARACIÓN DE ENFICC EN APLICATIVO POR INTERNET Y CUMPLIMIENTO DE LAS DEMÁS ACTIVIDADES DEL CRONOGRAMA DE LA SUBASTA, QUE DEBEN REALIZARSE A MÁS TARDAR LAS 17:00 HORAS DEL 14 DE ABRIL DE 2008.
Según lo establecido en la Resolución CREG-031 de 2007, los agentes que deseen ser habilitados para participar en la subasta para asignaciones de Obligaciones de Energía firme, que se abrirá el 6 de mayo de 2008, deberán hacer la declaración de ENFICC en los formatos establecidos en el Anexo 2 de la Resolución CREG-071 de 2006; entregar las garantías para participar en la Subasta; y hacer la Declaración de contratos de Plantas No Despachadas Centralmente, a más tardar a las 17:00 horas del 14 de abril de 2008
A continuación nos permitimos recordar e informar algunos aspectos relacionados con las mencionadas actividades del Cronograma contenido en el numeral 2.1 del Anexo 2 de la Resolución CREG-31 de 2007:
1. Declaración de ENFICC.
La CREG desarrolló un sistema para realizar esta declaración por Internet, mediante el aplicativo “Declaración ENFICC”, al cual se podrá acceder con la misma clave con la cual se realizó la Declaración de Parámetros.
A través de este aplicativo se debe dar cumplimiento a las actividades establecidas en los numerales 1, 2 y 3 de la Descripción del Tipo “Declaración de ENFICC y Garantías para participar en la subasta”, del numeral 2.1 del Anexo 2 de la Resolución CREG-031 de 2007.
Una vez que el agente haya diligenciado todos los formatos para dar cumplimiento a los citados numerales 1, 2 y 3 de la declaración de ENFICC en el aplicativo, para oficializar la entrega de los mismos deberá enviar firmado por el Representante Legal el formato PDF que se genera al seleccionar la opción “Certificar y Generar Declaración de ENFICC” del aplicativo.
Este formato deberá ser entregado a más tardar a las 17:00 horas (Hora Legal para Colombia) Dada en http://www.sic.gov.co/Hora_legal/hora_legal.php
del 14 de abril de 2008, como está establecido en el parágrafo del artículo 8 de la citada Resolución CREG-031 de 2007.
2. Garantías para participar en la Subasta.
Esta actividad comprende la descripción del Numeral 4, del Tipo “Declaración de ENFICC y Garantías para participar en la subasta”, del citado Numeral 2.1 del Anexo 2 de la Resolución CREG-031 de 2007.
El aplicativo para la “Declaración de ENFICC” no contiene formatos para la inclusión de las garantías, razón por la cual, éstas deben ser entregadas directamente a la CREG, a más tardar a las 17:00 horas (Hora Legal para Colombia) del 14 de abril de 2008, como está establecido en el parágrafo del artículo 8 de la citada Resolución CREG-031 de 2007.
Nos permitimos recordarles que de acuerdo con la regulación vigente las garantías que se deben entregar en esta oportunidad son:
i) La Garantía que cubra el pago del valor de la Comisión de Éxito de la Promoción, prevista en el Artículo 5 de la Resolución CREG-008 de 2007, modificado por el Artículo 7 de la Resolución CREG-030 de 2008; y
ii) La Garantía para participar en la Subasta, prevista en el artículo 6 de la Resolución CREG-061 de 2007 y en el Capítulo 3 del Reglamento de Garantías para la Subasta.
Tales garantías deben cumplir lo establecido en la Resolución CREG-071 de 2006, modificada por la Resolución CREG-061 de 2007; el artículo 5 de la Resolución CREG-008 de 2007; y el Reglamento de Garantías para la Subasta adoptado por la citada Resolución CREG-061 de 2007.
3. Declaración de contratos Plantas No Despachadas Centralmente.
Este Tipo comprende la respectiva Descripción contenida en el Numeral 2.1 del Anexo 2 de la Resolución CREG-031 de 2007.
En el caso de agentes que solamente tienen Plantas no Despachadas Centralmente, deberán entregar un oficio elaborado por el agente y suscrito por el representante legal que contenga la Declaración de Contratos para el período de vigencia a subastar.
Este oficio no se encuentra en el aplicativo; por tanto, debe ser entregado directamente a la CREG, a más tardar, a las 17:00 horas (Hora Legal para Colombia) del 14 de abril de 2008, como está establecido en el parágrafo del artículo 8 de la citada Resolución CREG-031 de 2007.
Cordialmente,
HERNAN MOLINA VALENCIA
Director Ejecutivo |
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