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C I R C U L A R No. 037
PARA: EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GAS COMBUSTIBLE POR REDES DE DUCTOS EN AREAS DE SERVICIO NO EXCLUSIVO
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
ASUNTO: REPORTE DE INVENTARIOS DE ACTIVOS EXISTENTES EN REDES DE DUCTOS.
Fecha: Octubre 01 de 2002
La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en desarrollo de lo previsto en el artículo 73 de la Ley 142 de 1994, se permite informar a las Empresas Distribuidoras de gas combustible por redes de ductos, que con el fin de continuar el análisis y procesamiento de la información necesaria para el cálculo de cargos de distribución del próximo período tarifario, las empresas deben adelantar o actualizar los inventarios de sus Sistemas de Distribución.
Con base en el estudio Técnico Económico para la Definición de Unidades Constructivas y Costos Unitarios Eficientes para Redes de Distribución de Gas combustible contratado por la Comisión, se encontró que:
· El total de las empresas encuestadas (15) poseen cartografía en formato digital del área atendida y tienen inventario actualizado.
· El total de las empresas encuestadas utilizan sistemas de georeferenciación (el 94% de las cuales utilizan el programa AutoCad) y están en capacidad de entregar archivos en formato DXF de la cartografía base independientemente del sistema de información que utilizan.
De otra parte, de conformidad con lo establecido en el Código de Distribución, Resolución CREG 067 de 1995, numeral 2.22, todas las empresas deben mantener disponible y actualizado un registro claro y preciso del trazado de gasoductos construidos.
Por las anteriores razones, se establece como fecha límite para el reporte de la información que se solicita en esta circular, el 15 de Noviembre de 2002. Para el efecto, antes del 15 de Octubre, estaremos colocando en la hoja web la nueva aplicación “Unidades Constructivas para distribución de gases combustibles”.
Para el levantamiento del inventario de activos, es necesario que cada “unidad constructiva” incluya la información georeferenciada, la cual debe ser entregada en formato gráfico DXF (Drawing Interchange Format), estandarizada como se indica en los siguientes párrafos:
Estar de acuerdo con el estándar de la versión AutoCAD R12, Georeferenciada en coordenadas planas (x,y en metros), estructurada en capas de datos (coberturas, temas, layers y/o niveles de información) para las unidades constructivas definidas en esta circular.
Los nombres utilizados para las capas o layers deben ser renombrados de acuerdo con la estandarización establecida en esta circular para las unidades constructivas a reportar. La modificación de los nombres de las capas puede hacerse a través de los comandos DDLMODES, RENAME o DRENAME (AutoCAD).
Cartografía
Las capas de la cartografía base (límite de manzanas y nomenclatura vial), así como rótulos, cuadro de convenciones, marcos, grillas y en general cualquier elemento o texto que no hace parte del sistema de distribución, deben renombrarse comenzando con una C y un guión de piso (underline), por ejemplo:
C_MANZANAS
C_ROTULOS
C_TEXTOS
C_CONVENCIONES
Cada empresa debe anexar con la entrega del archivo digital, un listado en formato Excel de cada uno de los nombres de las capas (layers) utilizados o presentes en el dibujo con su respectiva descripción.
Igualmente, deberá indicarse el sistema de coordenadas de referencia utilizado, la fecha de actualización cartográfica y la fuente primaria de la información cartográfica. Se aclara que la información reportada será utilizada exclusivamente para propósitos regulatorios.
Unidades Constructivas
Las Unidades Constructivas a reportar son:
Estaciones Reguladoras Puerta de Ciudad ERPC
La información gráfica que representa una Estación de Regulación puede ser un bloque o un punto, dependiendo del software utilizado.
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