Publicación Diario Oficial No.: 46.694, el día:19/July/2007
Publicada en la WEB CREG el: 07/June/2007
RESOLUCIÓN No.043
( 24 MAYO 2007 )

Por la cual se actualiza el Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 de EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI E.I.C.E. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 051 de 2003.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS


En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y
CONSIDERANDO:


Que de acuerdo con lo previsto en el Artículo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas;

Que mediante la Resolución CREG 082 de 2002, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL);

Que a través de la Resolución CREG 051 de 2003, la Comisión aprobó el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los niveles de tensión 3, 2 y 1, de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL) operados por EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI E.I.C.E. E.S.P.;

Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 6° de la Resolución CREG 082 de 2002, el Costo Anual por Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 o el Costo Anual de los Activos de Conexión al Sistema Interconectado Nacional, podrán ser actualizados por la Comisión cuando entren en operación nuevos activos, para lo cual se requiere la aprobación de los proyectos por parte de la Unidad de Planeación Minero-Energética;

Que EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI E.I.C.E. E.S.P. en comunicación con radicado CREG E-2007-000118 de enero 4 de 2007, solicitó a la CREG la revisión de los costos de los activos de la Subestación LA CAMPIÑA 115 kV y la respectiva actualización de los costos reconocidos en el Nivel de Tensión 4;

Que con la solicitud, la empresa presentó la siguiente información:

La Fecha de entrada en operación de los Activos.

Costo anual de los Activos de Nivel de tensión 4 de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 de la Resolución CREG 082 de 2002.

Diagrama Unifilar de la Subestación LA CAMPIÑA 115 kV.

Información básica de la Subestación, Formato 1 de la Circular CREG 025 de 2002.

Unidades Constructivas de Subestación, Formato 3 de la Circular CREG 025 de 2002.

Unidades constructivas de Transformadores y Compensaciones Reactivas en Subestaciones, Formato 4 de la Circular CREG 025 de 2002.

Que mediante comunicación con radicado CREG E-2006-008734, la UPME da concepto sobre el Proyecto Subestación la Campiña 115/13.2 kV concluyendo que: “este proyecto presenta una relación Beneficio/Costo superior a 1 y que existe justificación técnica y económica para la entrada en operación de la subestación La campiña 115 kV.”

Que mediante comunicación con radicado CREG E-2007-001008, la UPME da alcance a la comunicación CREG E-2006-008734, aclarando que el proyecto Subestación La Campiña 115 kV fue aprobado por la Unidad en cumplimiento de lo establecido en el Articulo 6º de la Resolución CREG 082 de 2002;

Que Mediante auto de marzo 6 de 2007, la Dirección Ejecutiva de la Comisión decidió avocar el conocimiento de la actuación con el fin de decidir la solicitud presentada por EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI E.I.C.E. E.S.P. y si deben modificarse los cargos aprobados mediante la Resolución CREG 051 de 2003;

Que en cumplimiento de los artículos 15 y 16 del Código Contencioso Administrativo, se ordenó a la solicitante la publicación de un aviso en un periódico de amplia circulación nacional, que contenga un extracto de la solicitud, en la forma señalada por la Dirección Ejecutiva, en respuesta a lo cual, EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI E.I.C.E. E.S.P. remitió copia del aviso de prensa en el periódico La República de fecha 17, 18 y 19 de marzo de 2007, conforme a lo ordenado por la Comisión;

Que aplicada la metodología contenida en la Resolución CREG 082 de 2002 y una vez incluidos los nuevos activos asociados con la subestación La Campiña, se calcularon para el sistema operado por EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI E.I.C.E. E.S.P., las siguientes variables:

a) Costo anual para remunerar los activos de conexión al STN y los Niveles de Tensión 4, 3 y 2, sin aplicar los criterios de eficiencia de que trata el Anexo No 8 de la Resolución CREG 082 de 2002:

b) Costo anual para remunerar los activos de conexión al STN y los Niveles de Tensión 4, 3 y 2, aplicando los criterios de eficiencia de que trata el Anexo No 8 de la Resolución CREG 082 de 2002 y los aprobados mediante Resolución CREG 030 de 2003:

    Que la Comisión, en Sesión No. 331 del día 24 de mayo de 2007, aprobó modificar el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4, a EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI E.I.C.E. E.S.P. por la entrada en operación de la Subestación la Campiña 115 kV;

    RESUELVE:


    Artículo 1. Modificar el Artículo 1 de la Resolución CREG 051 de 2003, el cual quedará así:
      “Artículo1. Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4. El Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4 operados por las EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI EICE E.S.P. será el siguiente:

    Artículo 2. Vigencia. De acuerdo con lo establecido en el parágrafo del Artículo 7 de la Resolución CREG 082 de 2002, los costos aprobados en esta Resolución estarán vigentes desde la fecha en que quede en firme este acto, y se aplicarán a partir del mes de enero de 2008 y continuará rigiendo hasta que la Comisión apruebe nuevos cargos.

    Artículo 3.. Recursos. La presente Resolución deberá notificarse a EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI EICE E.S.P.. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.


    NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,


    Dada en Bogotá, a los 24 MAYO 2007




    MANUEL MAIGUASHCA OLANO
    CAMILO QUINTERO MONTAÑO
    Viceministro de Minas y Energía
    Delegado del Ministro de Minas y Energía
    Presidente
    Director Ejecutivo



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