Publicación Diario Oficial No.: , el día:
Publicada en la WEB CREG el:
Resolución No. 026
(Junio 21 de 1999)


        Por la cual se adopta la metodología para establecer los costos unitarios de las unidades constructivas del STN, se fijan los costos unitarios aplicables durante el período 2000-2004 y se establecen las áreas típicas de las unidades constructivas de subestaciones.

        Notas de Vigencia: - Corregido por la Resolución CREG-064 de 1999, " Por la cual se corrige un error tipográfico en la Resolución CREG 026 de 1999, publicada en el Diario Oficial No. 43.809 del 9 de diciembre de 1999.









LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS


        en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los decretos 1524 y 2253 de 1994 y,
        C O N S I D E R A N D O:


Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas mediante Resolución 051 de 1998, modificó el numeral 7 del Código de Planeamiento y creó un Comité Asesor del Planeamiento de la Transmisión – CAPT-;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 4 y en el Anexo No. 1 de la Resolución CREG-051 de 1998, se le asignó al CAPT la función de someter a consideración de la Comisión una propuesta de Costos Unitarios y Unidades Constructivas para el Sistema de Transmisión Nacional –STN- y una metodología para la revisión de los mismos;

Que el CAPT de acuerdo con la función asignada, con fecha 15 de diciembre de 1998 puso a consideración de la Comisión la propuesta de Costos Unitarios y Unidades Constructivas, así como la metodología para su revisión;

Que la Comisión después de estudiar la propuesta del CAPT sobre Unidades Constructivas, acogió las unidades propuestas para equipos de subestación, pero decidió limitar el número de Unidades Constructivas propuesta por el CAPT para líneas de transmisión, acorde con el criterio de reemplazar los activos a costos de reposición;

Que la Comisión después de estudiar la propuesta del CAPT sobre los casos especiales de líneas con conductores en haz, encontró necesario establecer una Unidad Constructiva adicional para doble circuito a 230 kV con 2 subconductores por haz, acorde con el criterio de reemplazar los activos a costos de reposición;

Que la Comisión después de estudiar la propuesta del CAPT sobre Costos Unitarios encontró necesario efectuar algunos ajustes, presentando a dicho Comité los criterios y la metodología seguida en la obtención de los nuevos valores asignables a las Unidades Constructivas;

Que la Comisión analizó las observaciones realizadas por los miembros del CAPT y otros agentes, sobre los nuevos valores de Costos Unitarios en discusión, acogiendo aquellos que se presentaron con el debido sustento;
Que de acuerdo con lo dispuesto en los literales c. y d. del Artículo 23 de la Ley 143 de 1994, es función de la CREG definir y aprobar los cargos por los servicios de coordinación prestados por los Centros Regionales de Despacho –CRD-;

Que de acuerdo con lo dispuesto en los Numerales 3 y 4 del Artículo 5º de la Resolución CREG-103 de 1996, los CRD´s se consideran como dependencias asociadas con la actividad de Transmisión de las empresas copropietarias del STN;

Que en la Resolución mencionada, se definió la remuneración aplicable a los CRD´s existentes con base en un período de recuperación de la inversión de siete (7) años, de los cuales habrán transcurrido tres (3) al finalizar el año de 1999;

Que en el contexto del nuevo marco regulatorio aplicable al STN y establecido en la Resolución CREG-004 de 1999, se considera conveniente incorporar la remuneración descrita en el considerando anterior, definiendo los CRD´s existentes, como Unidades Constructivas asociadas a la infraestructura de Transmisión;

Que restan cuatro (4) años para la recuperación total de la inversión reconocida a los CRD´s existentes;

Que teniendo en cuenta las funciones asignadas a los CRD´s (Resolución CREG-102 de 1996), la reposición de estos Centros sólo se justifica, en la medida en que se traduzca en una reducción de los costos operativos del Transmisor y por lo tanto, su reposición debe ser sufragada con los ingresos reconocidos a dichos agentes y establecidos en la Resolución CREG-004 de 1999;

Que la Comisión, en sesión del día 21 de junio de 1999, aprobó la adopción de las Unidades Constructivas y de los Costos Unitarios correspondientes, que servirán de base para valorar los activos del Sistema de Transmisión Nacional, en los términos previstos en la Resolución CREG-004 de 1999;

RESUELVE:



ARTICULO 1º. Definiciones:
Para efectos de la presente resolución se adoptan las siguientes definiciones:


Bahía:
Conjunto de equipos que se utilizan para conectar una línea de transmisión, o un transformador, o un autotransformador, al barraje de una subestación, al igual que los equipos que se utilizan para seccionar o acoplar barrajes, o para transferir la carga de un barraje a otro.


Centro Regional de Control:
Centros responsables de la planeación eléctrica de corto plazo, coordinación, supervisión y control de la operación de las redes, subestaciones y plantas de generación que se encuentren bajo su cobertura, coordinando la operación y maniobras de esas instalaciones, con sujeción a las instrucciones impartidas por el CND y teniendo como objetivo una operación segura y confiable del SIN, con sujeción a la reglamentación vigente y los acuerdos del CNO.


Costo Unitario por Unidad Constructiva (CU):
Valor unitario en el mercado de una Unidad Constructiva ($/Unidad Constructiva).


Elementos Técnicos:
Representan los equipos y/o materiales que conforman las Unidades Constructivas.


Factor de Instalación (FI):
Factor multiplicador aplicable al costo FOB de una Unidad Constructiva, que involucra todos aquellos costos y gastos adicionales en que se incurre para la puesta en servicio o puesta en operación de la Unidad Constructiva correspondiente. Se expresa en porcentaje del costo FOB.


Módulo:
En el contexto de la presente Resolución, se entiende por “Módulo” el conjunto de equipos de compensación capacitiva o reactiva y equipos asociados que se conectan a bahías de compensación.


Módulo Común: Conjunto de equipos comunes que sirven a toda una subestación, tales como servicios auxiliares, protección de barras, SCC común, etc.


Unidad Constructiva (UC):
Conjunto de elementos que conforman una unidad típica de un sistema eléctrico, orientada a la conexión de otros elementos de una red, o al transporte o a la transformación de la energía eléctrica.


ARTICULO 2º. Unidades Constructivas: Se adoptan las Unidades Constructivas, definidas en el Anexo 1 de la presente Resolución.


Parágrafo:
No se admitirán Unidades Constructivas diferentes a las establecidas en la presente Resolución, durante el período comprendido entre el 1o de enero del año 2000 y el 31 de diciembre del año 2004. La totalidad de activos del STN, deberán clasificarse directamente o por asimilación, en las Unidades Constructivas establecidas.


    ARTICULO 3º. Metodología para el Cálculo de los Costos Unitarios de las Unidades Constructivas:
    La metodología aplicada se presenta a continuación:
    a- Determinación de los Elementos Técnicos componentes de cada una de las Unidades Constructivas.

    b- Determinación del costo FOB de cada uno de los Elementos Técnicos componentes de cada una de las Unidades Constructivas.

    c- Determinación del Factor de Instalación aplicable a cada una de las Unidades Constructivas.

    d- Obtención del Costo Unitario de cada Unidad Constructiva, mediante la multiplicación del costo FOB de la respectiva Unidad, por el Factor de Instalación correspondiente.

    En el Anexo 2 de la presente Resolución se presentan los costos FOB de cada una de las Unidades Constructivas.
    En el Anexo 3 de la presente Resolución se presenta la metodología de cálculo del Factor de Instalación.
    En el Anexo 4 de la presente Resolución se presentan los Factores de Instalación aplicables a las diferentes Unidades Constructivas, así como los Costos Unitarios asignables a cada una de dichas Unidades. Para la Unidad Constructiva Centro Regional de Control se presenta el costo anual reconocido, incluido el Factor de Instalación.


    ARTICULO 4º. Remuneración de la Unidad Constructiva Centro Regional de Control.
    -CRC-: Con carácter de excepción y durante los años 2000, 2001, 2002 y 2003 se remunerará la Unidad Constructiva CRC.
    Los gastos por concepto de AOM asociados a los CRC’s, están considerados dentro de los porcentajes aprobados como gastos AOM, establecidos en la Resolución CREG-004 de 1999. La parte variable que se reconocía por Subestación (Resolución CREG-103 de 1996), ha sido considerada dentro del Costo Unitario establecido en la presente Resolución para las Unidades Constructivas de Bahías de Líneas y Transformadores.


    ARTICULO 5º. Áreas Típicas de las Unidades Constructivas de Subestaciones (ATUC u.c.):
    Para determinar el costo por concepto de terrenos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Resolución CREG-004 de 1999, se adoptan las siguientes ATUC´s:
    SUBESTACIÓN 230 kV
    Bahía Línea
    (m²)
    Bahía Transformador
    (m²)
    Bahía Acople o Transferencia
    (m²)
    Bahía Seccionamiento
    (m²)
    Módulo Común
    (m²)
    Barra Sencilla
    1200
    1200
    .
    .
    1200
    Barra Principal y Transferencia
    1500
    1500
    1500
    2400
    3300
    Doble Barra
    1500
    1500
    1500
    2400
    3300
    Doble Barra más Transferencia
    1500
    1500
    1500
    2400
    3300
    Doble Barra más By- Pass
    1600
    1600
    2600
    2600
    3700
    Interruptor y Medio
    900
    900
    .
    .
    4000
    Anillo
    900
    .
    .
    4000
    Doble Barra Encapsulada
    160
    80
    80
    80
    900
    SUBESTACIÓN 500 kV
    Bahía Línea
    (m²)
    Bahía Transformador
    (m²)
    Bahía Acople o Transferencia
    (m²)
    Bahía Seccionamiento
    (m²)
    Módulo Común
    (m²)
    Doble Barra más Transferencia
    3600
    3600
    3600
    2100
    6500
    Interruptor y Medio
    3600
    3600
    .
    .
    6500


    ARTICULO 6º. Elementos Activos:
    De acuerdo con lo establecido en el Parágrafo del Artículo 7º de la Resolución CREG-004 de 1999, la UPME mantendrá un inventario de activos del STN. Los activos inventariados deberán clasificarse por Unidad Constructiva y por Propietario.


    ARTICULO 7º. Aplicación de los Costos Unitarios de las Unidades Constructivas:
    Para la aplicación a partir del mes de enero del año 2000, de los Costos Unitarios aprobados en la presente Resolución y expresados en dólares americanos del mes de diciembre de 1997, deberán referirse a pesos del mes de diciembre del año 1999, aplicando la tasa representativa del mercado del último día hábil de dicho mes, publicada por el Banco de la República. Los Costos Unitarios así expresados, se actualizarán mensualmente con el IPP publicado por el Banco de la República.

    ARTICULO 8º. Vigencia: Esta Resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no procede recurso alguno por la vía gubernativa por tratarse de un acto de carácter general.


    Publicada en el Diario Oficial No. 43631 de julio 7 de 1999

    COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

    Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., el día 21 de Junio de 1999


LUIS CARLOS VALENZUELA D.
Ministro de Minas y Energía
Presidente
JOSE CAMILO MANZUR J.
Director Ejecutivo




    ANEXO No. 1
    UNIDADES CONSTRUCTIVAS Y ELEMENTOS TÉCNICOS



    1.1 SUBESTACIONES


    Las Unidades Constructivas de conexión para cada una de las diferentes configuraciones de barraje y todos los niveles de tensión de una subestación son las siguientes:
    UC1. Módulo Común (Tipo 1 y Tipo 2).
    UC2. Bahía de Línea.
    UC3. Bahía de Transformación.
    UC4. Bahía de Transferencia.
    UC5. Bahía de Seccionamiento.
    UC6. Bahía de Acople.
    UC7. Bahía de Compensación.
    UC8. Módulo de Compensación.
    UC9. Autotransformador de Potencia.

    Módulo Común Tipo 1 : Subestaciones con 6 o menos Bahías
    Módulo Común Tipo 2 : Subestaciones con más de 6 Bahías


    1.2 UNIDADES CONSTRUCTIVAS UC1 A UC6 POR TIPO DE CONFIGURACIÓN

    Las configuraciones tipificadas de subestaciones son las siguientes:

    Configuración 1: Barra Sencilla (230 kV)
    Configuración 2: Barra Principal y Transferencia (230 kV)
    Configuración 3: Doble Barra (230 kV)
    Configuración 4: Doble Barra más Seccionador de Transferencia (230 y 500 kV)
    Configuración 5: Doble Barra más Seccionador de By- Pass (230 kV)
    Configuración 6: Interruptor y Medio (230 y 500 kV)
    Configuración 7: Anillo (230 kV)
    Configuración 8: Doble Barra Encapsulada (230 kV)


    1.3 UNIDADES CONSTRUCTIVAS UC7 A UC8 POR TIPO DE ACTIVO

    Los activos considerados son los siguientes:

    Activo 1: Compensación Serie 3x22 MVAR
    Activo 2: Compensación Capacitiva Paralela (Interruptor y Medio) 72 MVAR
    Activo 3: Compensación Capacitiva Paralela (Anillo) 20 MVAR
    Activo 4: Compensación Capacitiva Paralela (Barra Principal y Transferencia) 60 MVAR
    Activo 5: Compensación Capacitiva Paralela (Doble Barra + Transferencia) 60 MVAR
    Activo 6: Compensación Reactiva Maniobrable (Barra Principal y Transferencia) 230 kV 20 MVAR
    Activo 7: Compensación Reactiva de Línea Maniobrable 500 kV 20 MVAR
    Activo 8: Compensación Reactiva Fija 500 kV 28 MVAR 2200 Ohms
    Activo 9: Compensación Reactiva Fija 500 kV 28 MVAR 1100 Ohms
    Activo 10: Banco Reactores para Terciario Autotransformador 50 MVAR
    Activo 11: Compensación Estática Reactiva


    2. LÍNEAS DE TRANSMISIÓN


    La Unidad Constructiva para Líneas de Transmisión está expresada en “km de Línea”. Se establecen las siguientes Unidades Constructivas:

    UC1. Circuito Sencillo 230 kV. Conductor ACAR 950 MCM. Nivel 1.
    UC2. Circuito Sencillo 230 kV. Conductor ACAR 1200 MCM. Nivel 2.
    UC3. Circuito Sencillo 230 kV. Conductor ACAR 1500 MCM. Nivel 3.
    UC4. Circuito Doble 230 kV. Conductor ACAR 950 MCM. Nivel 1.
    UC5. Circuito Doble 230 kV. Conductor ACAR 1200 MCM. Nivel 2.
    UC6. Circuito Doble 230 kV. Conductor ACAR 1500 MCM. Nivel 3.
    UC7. Circuito Sencillo (4x1) 500 kV. Conductor ACAR 600 MCM. Nivel 1.
    UC8. Circuito Sencillo (4x1) 500 kV. Conductor ACAR 800 MCM. Nivel 2.
    UC9. Circuito Doble (2x1) 230 kV. Conductor ACAR 950 MCM. Nivel 1.
    UC10. Circuito Doble (2x1) 230 kV. Conductor ACAR 1200 MCM. Nivel 2.
    UC11. Circuito Doble (2x1) 230 kV. Conductor ACAR 1500 MCM. Nivel 3.

    Los Niveles 1 a 3 definidos con base en la altura sobre el nivel del mar, se describen a continuación:


    0 m
    <
    Nivel 1
    500 m
    500 m
    <
    Nivel 2
    2000 m
    2000 m
    <
    Nivel 3


    3. CENTROS REGIONALES DE CONTROL –CRC-

    La Unidad Constructiva para los CRC está expresada en forma global y corresponde a la estación maestra con toda la infraestructura asociada, de la cual se excluyen los equipos asociados a las subestaciones que controla, los cuales han sido considerados dentro de las Unidades Constructivas de subestación UC2 a UC8

    UC1. Centro Regional de Control –CRC-




LUIS CARLOS VALENZUELA D.
Ministro de Minas y Energía
Presidente
JOSE CAMILO MANZUR J.
Director Ejecutivo




    ANEXO No. 2

    COSTOS FOB DE LAS UNIDADES CONSTRUCTIVAS



    1. SUBESTACIONES



    Módulos 230 kV
    (US$ Diciembre de 1997)
    Módulo Común Tipo 1
    Módulo Común Tipo 2
    Bahía Línea
    Bahía
    Transformador
    Barra Sencilla
    934,804
    1,073,093
    471,398
    349,379
    Barra Principal y Transferencia
    1,028,391
    1,166,680
    514,069
    392,050
    Barra Doble
    1,028,391
    1,173,707
    515,967
    391,384
    Barra Doble + Transferencia
    1,116,441
    1,254,730
    538,201
    416,182
    Barra Doble + By pass
    1,116,441
    1,254,730
    557,284
    435,265
    Interruptor y Medio
    1,017,475
    1,155,764
    580,481
    458,462
    Anillo
    934,804
    1,073,093
    513,119
    388,536
    Encapsulada Barra Doble
    1,268,332
    1,406,621
    1,020,492
    .
    .
    Módulos 500 kV
    (US$ Diciembre de 1997)
    Módulo Común Tipo 1
    Módulo Común Tipo 2
    Bahía Línea
    Bahía
    Transformador
    Barra Doble + Transferencia
    1,322,716
    1,370,716
    1,232,538
    1,016,887
    Interruptor y Medio
    1,322,716
    1,370,716
    1,527,214
    1,275,068
    .
    Módulos 230 kV
    (US$ Diciembre de 1997)
    .
    Bahía de Transferencia
    208,280
    Bahía de Acople
    296,349
    Barra de Seccionamiento
    303,376
    Bahia de Acople Encapsulada
    532,953
    Barra de Seccionamiento Encapsulada
    108,976
    .
    Modulos 500 kV
    (US$ Diciembre de 1997)
    .
    Bahia de Acople
    829,041
    .
    Autotransformadores
    (US$ Diciembre de 1997)
    .
    B. Autotransformador 230/500
    3,074,036
    .
    BAHIAS Y MODULOS DE COMPENSACION
    (US$ de Diciembre de 1997)
    Bahía
    Módulo
    Compensación Serie 3x22 MVAR (Bahía + Módulo)
    1,887,522
    -
    Compensación Capacitiva Paralela (I y 1/2) 72 MVAR
    463,225
    699,095
    Compensación Capacitiva Paralela Anillo 20 MVAR
    413,692
    602,153
    Compensación Capacitiva Paralela (B Ppal & T) 60 MVAR
    421,673
    489,123
    Compensación Capacitiva Paralela (DB + T) 60 MVAR
    445,805
    489,123
    Compensación Reactiva Maniobrable (B Ppal & T) 230 kV 20 MVAR
    397,649
    691,328
    Compensación Reactiva Línea Maniobrable a 500 kV 20 MVAR
    523,895
    733,026
    Compensación Reactiva Fija 500 kV 28 MVAR 2200 ohms
    288,842
    1,195,725
    Compensación Reactiva Fija 500 kV 28 MVAR 1100 ohms
    288,842
    1,094,725
    Banco Reactores para Terciario Autotransformador 50 MVAR
    460,960
    Compensación Estática Reactiva
    1,220,436
    17,474,600



    2. LÍNEAS


    LINEAS DE TRANSMISION 0
    (US$/km de Diciembre de 1997)
    Nivel 1
    Nivel 2
    Nivel 3
    Línea 230 kV 1 Circuito
    35,443
    38,748
    42,727
    Línea 230 kV 2 Circuito
    57,007
    63,337
    70,730
    Línea 230 kV 2 Circuito (2X1)
    68,959
    78,624
    83,753
    Línea 500 kV 1 Circuito (4x1)
    79,126
    91,820
    .




LUIS CARLOS VALENZUELA D.
Ministro de Minas y Energía
Presidente
JOSE CAMILO MANZUR J.
Director Ejecutivo



    ANEXO No. 3

    METODOLOGÍA DE CÁLCULO DEL FACTOR DE INSTALACIÓN

    El Factor de Instalación se calcula como un factor multiplicador aplicable al costo FOB de una Unidad Constructiva, que involucra todos aquellos costos y gastos adicionales en que se incurre para la puesta en servicio o puesta en operación de la Unidad Constructiva correspondiente. Se expresa en porcentaje del costo FOB.

    El Factor de Instalación se calcula considerando los siguientes elementos de costo: Costo FOB, Costo CIF, Costo DDP, Costo Directo, Costo Indirecto y Costo Total.

    a- Costo FOB: Free on Board (FRANCO A BORDO DEL BUQUE). Estos costos se refieren a la transferencia de la propiedad y de los riesgos de los equipos al comprador; tiene lugar en el momento de la entrega a bordo del buque o medio de transporte designado por el comprador. Se incluyen todos los egresos de origen legal propios del país de origen del bien comprado, pero no el transporte marítimo ni los seguros correspondientes.

    b- Costo CIF: Costo, Seguro y Flete. Se aplica al equipo y/o material importado. Corresponde al costo del bien puesto en puerto Colombiano, antes de la legalización de la importación.

        Costo CIF = Costo FOB + Costo Transporte Internacional + Costo Seguro Internacional
        donde:

        Costo Transporte Internacional: Incluye los costos necesarios para transportar los equipos y/o materiales desde puertos extranjeros hasta puertos colombianos. El costo se expresa como un porcentaje del valor FOB del equipo y/o material.
        Costo Seguro Internacional: Incluye los costos pagados a compañías especializadas para asegurar los equipos y/o materiales por daños, robo, atentados terroristas y otros. El costo se expresa como un porcentaje del valor FOB del equipo y/o material.

    c- Costo DDP: Delivered Duty Paid (ENTREGADA DERECHOS PAGADOS). Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar la mercancía cuando ha sido puesta a disposición del comprador, en el lugar convenido del país de importación. El vendedor ha de asumir todos los riesgos y gastos relacionados con llevar la mercancía hasta ese lugar incluidos los derechos, impuestos y demás cargos oficiales exigibles a la importación, así como los gastos y riesgos de llevar a cabo las formalidades aduaneras. Se calcula de acuerdo a la siguiente expresión:

        Costo DDP = Costo CIF + Costo Arancel + Costo Transporte Nacional + Costo Seguro Nacional + IVA + Costo Bodegaje
        donde:

        Costo Arancel: Corresponde al impuesto que debe pagarse por la importación del equipo y/o material. Está definido por la legislación colombiana como un porcentaje que varía de acuerdo con la posición arancelaria en la que esté clasificado el equipo y/o material (15% del CIF).

        Costo Transporte Nacional y Costo Seguro Nacional: Incluye los costos necesarios para transportar los equipos y/o materiales desde el puerto colombiano (para material importado) o desde la fábrica (para material nacional) hasta el sitio de la obra. Su cálculo se realiza como un porcentaje del costo CIF pero se expresa en términos del costo FOB.
        IVA: Impuesto al Valor Agregado. 16% del (Costo CIF + Arancel).
        Costo Bodegaje: Incluye costos por arrendamiento de una instalación para almacenar los equipos, mientras se legaliza su nacionalización o su despacho. Su cálculo se realiza como un porcentaje del costo CIF pero se expresa en términos del costo FOB.

    d- Costo Directo: Se calcula mediante la siguiente expresión:
        Costo Directo = Costo DDP + Costo Montaje, Pruebas y Puesta en Marcha + Costo Obra Civil + Costo Repuestos + Costo Gestión Ambiental + Costo Servidumbres
        donde:
        Costo Montaje, Pruebas y Puesta en Marcha: Incluye la mano de obra calificada, materiales y equipos para el montaje, pruebas y puesta en marcha de la Unidad Constructiva. Se establece como un porcentaje del costo FOB.
        Costo Obra Civil: Incluye los costos necesarios para la construcción de la Unidad Constructiva. No incluye la adecuación del terreno en las Subestaciones. En el caso de Líneas el valor de la Obra Civil y el Montaje, Pruebas y Puesta en Marcha, se establece como un solo ítem de costo. Se establece como un porcentaje del costo FOB.
        Costo Repuestos: Incluye el costo de los repuestos de acuerdo con lo establecido en el Código de Redes para el caso de Líneas. En el caso de Subestaciones se reconoce un porcentaje. Se establece como un porcentaje del costo FOB.
        Costo Gestión Ambiental: En Líneas se determinan como un costo fijo por kilómetro, independientemente del nivel de tensión. En Subestaciones, se consideran dentro del Costo Obra Civil. Se establece como un porcentaje del costo FOB.
        Costo Servidumbres: Incluye los costos necesarios para la compra de servidumbres y lotes para la construcción de Líneas. Su valor depende del nivel de tensión de la línea, debido al ancho del corredor de transmisión. Se expresa como un porcentaje del costo FOB.
    e- Costo Indirecto: Se calcula mediante la siguiente expresión:
        Costo Indirecto = Costo Diseño + Costo Interventoría + Costo Administración + Costo Financiero
        donde:

        Costo Diseño: Incluye los costos necesarios para los diseños básicos y de ingeniería detallada, especificaciones técnicas y cantidades de obra. Adicionalmente incluye los estudios de impacto ambiental. El valor correspondiente se expresa en función del costo FOB.

        Costo Interventoría: Incluye el costo de los servicios de control de calidad de las obras y su respectivo montaje. Adicionalmente, cubre el costo de asesorías técnicas. Se expresa en función del costo FOB.

        Costo Administración: Incluye el costo de la gerencia del proyecto. Se expresa en función del costo FOB.

        Costo Financiero: Es el costo reconocido del capital invertido durante la etapa de construcción. Se expresa en función del costo FOB.
    El Factor de Instalación se calcula mediante la siguiente expresión:


        Factor de Instalación = Costo Directo + Costo Indirecto

    Finalmente, el Costo Unitario de una Unidad Constructiva se calcula como:
        Costo Unitario = Factor de Instalación * Costo FOB



LUIS CARLOS VALENZUELA D.
Ministro de Minas y Energía
Presidente
JOSE CAMILO MANZUR J.
Director Ejecutivo



    ANEXO No. 4
    FACTORES DE INSTALACIÓN Y COSTOS UNITARIOS DE LAS UNIDADES CONSTRUCTIVAS



    1. FACTORES DE INSTALACIÓN - SUBESTACIONES


    Módulos 230 kV
    Módulo Común Tipo 1
    Módulo Común Tipo 2
    Bahía Línea
    Bahía
    Transformador
    Barra Sencilla
    235%
    235%
    205%
    205%
    Barra Principal y Transferencia
    235%
    235%
    205%
    205%
    Barra Doble
    235%
    235%
    205%
    205%
    Barra Doble + Transferencia
    235%
    235%
    205%
    205%
    Barra Doble + By pass
    235%
    235%
    205%
    205%
    Interruptor y Medio
    235%
    235%
    205%
    205%
    Anillo
    235%
    235%
    205%
    205%
    Encapsulada Barra Doble
    235%
    235%
    190%
    .
    .
    Módulos 500 kV
    Módulo Común Tipo 1
    Módulo Común Tipo 2
    Bahía Línea
    Bahía
    Transformador
    Barra Doble + Transferencia
    235%
    235%
    190%
    190%
    Interruptor y Medio
    235%
    235%
    190%
    190%
    .
    Módulos 230 Kv
    .
    Bahía de Transferencia
    205%
    Bahía de Acople
    205%
    Barra de Seccionamiento
    205%
    Bahia de Acople Encapsulada
    190%
    Barra de Seccionamiento Encapsulada
    190%
    .
    Modulos 500 kV.
    Bahia de Acople
    190%
    .
    Autotransformadores.
    B. Autotransformador 230/500
    190%
    .
    BAHIAS Y MODULOS DE COMPENSACION
    Bahía
    Módulo
    Compensación Serie 3x22 MVAR (Bahía + Módulo)
    180%
    -
    Compensación Capacitiva Paralela (I y 1/2) 72 MVAR
    200%
    185%
    Compensación Capacitiva Paralela Anillo 20 MVAR
    200%
    185%
    Compensación Capacitiva Paralela (B Ppal & T) 60 MVAR
    200%
    185%
    Compensación Capacitiva Paralela (DB + T) 60 MVAR
    200%
    185%
    Compensación Reactiva Maniobrable (B Ppal & T) 230 kV 20 MVAR
    200%
    185%
    Compensación Reactiva Línea Maniobrable a 500 kV 20 MVAR
    185%
    180%
    Compensación Reactiva Fija 500 kV 28 MVAR 2200 ohms
    185%
    180%
    Compensación Reactiva Fija 500 kV 28 MVAR 1100 ohms
    185%
    180%
    Banco Reactores para Terciario Autotransformador 50 MVAR
    .
    185%
    Compensación Estática Reactiva
    185%
    180%



    2. FACTORES DE INSTALACIÓN - LÍNEAS


    LINEAS DE TRANSMISION
    Nivel 1
    Nivel 2
    Nivel 3
    Línea 230 kV 1 Circuito
    280%
    280%
    280%
    Línea 230 kV 2 Circuito
    270%
    270%
    270%
    Línea 230 kV 2 Circuito (2X1)
    270%
    270%
    270%
    Línea 500 kV 1 Circuito (4x1)
    270%
    270%
    .



    3. COSTOS UNITARIOS - SUBESTACIONES



    Módulos 230 kV
    (US$ Diciembre de 1997)
    Módulo Común Tipo 1
    Módulo Común Tipo 2
    Bahía Línea
    Bahía
    Transformador
    Barra Sencilla
    2,196,789
    2,521,768
    966,365
    716,226
    Barra Principal y Transferencia
    2,416,718
    2,741,698
    1,053,840
    803,701
    Barra Doble
    2,416,718
    2,758,211
    1,057,732
    802,337
    Barra Doble + Transferencia
    2,623,636
    2,948,615
    1,103,312
    853,173
    Barra Doble + By pass
    2,623,636
    2,948,615
    1,142,432
    892,293
    Interruptor y Medio
    2,391,066
    2,716,045
    1,189,986
    939,847
    Anillo
    2,196,789
    2,521,768
    1,051,895
    796,499
    Encapsulada Barra Doble
    2,980,580
    3,305,559
    1,938,935
    .
    .
    Módulos 500 kV
    (US$ Diciembre de 1997)
    Módulo Común Tipo 1
    Módulo Común Tipo 2
    Bahía Línea
    Bahía
    Transformador
    Barra Doble + Transferencia
    3,108,383
    3,221,183
    2,341,821
    1,932,084
    Interruptor y Medio
    3,108,383
    3,221,183
    2,901,706
    2,422,629
    .
    .
    .
    .
    Módulos 230 Kv
    (US$ Diciembre de 1997)
    .
    Bahía de Transferencia
    426,974
    Bahía de Acople
    607,515
    Barra de Seccionamiento
    621,920
    Bahia de Acople Encapsulada
    1,012,611
    Barra de Seccionamiento Encapsulada
    207,054
    .
    Modulos 500 kV
    (US$ Diciembre de 1997)
    .
    Bahia de Acople
    1,575,178
    .
    Autotransformadores
    (US$ Diciembre de 1997)
    .
    B. Autotransformador 230/500
    5,840,668
    .
    .
    BAHIAS Y MODULOS DE COMPENSACION
    (US$ de Diciembre de 1997)
    Bahía
    Módulo
    Compensación Serie 3x22 MVAR (Bahía + Módulo)
    3,397,540
    .
    Compensación Capacitiva Paralela (I y 1/2) 72 MVAR
    926,450
    1,293,326
    Compensación Capacitiva Paralela Anillo 20 MVAR
    827,384
    1,113,983
    Compensación Capacitiva Paralela (B Ppal & T) 60 MVAR
    843,346
    904,878
    Compensación Capacitiva Paralela (DB + T) 60 MVAR
    891,610
    904,878
    Compensación Reactiva Maniobrable (B Ppal & T) 230 kV 20 MVAR
    795,298
    1,278,957
    Compensación Reactiva Línea Maniobrable a 500 kV 20 MVAR
    969,206
    1,319,447
    Compensación Reactiva Fija 500 kV 28 MVAR 2200 ohms
    534,358
    2,152,305
    Compensación Reactiva Fija 500 kV 28 MVAR 1100 ohms
    534,358
    1,970,505
    Banco Reactores para Terciario Autotransformador 50 MVAR
    .
    852,776
    Compensación Estática Reactiva
    2,257,807
    31,454,280



    4. COSTOS UNITARIOS - LÍNEAS


    LINEAS DE TRANSMISION
    (US$/km de Diciembre de 1997)
    Nivel 1
    Nivel 2
    Nivel 3
    Línea 230 kV 1 Circuito
    99,240
    108,495
    119,635
    PLínea 230 kV 2 Circuito
    153,920
    171,009
    190,972
    Línea 230 kV 2 Circuito (2X1)
    186,190
    212,284
    226,133
    Línea 500 kV 1 Circuito (4x1)
    213,639
    247,913
    .



    5. COSTOS UNITARIOS CENTROS REGIONALES DE CONTROL



    CENTROS REGIONALES DE CONTROL
    (US$ de Diciembre de 1997)
    1,565,000
    .
    .
    .
    .
    LUIS CARLOS VALENZUELA D.
    Ministro de Minas y Energía
    Presidente
    JOSE CAMILO MANZUR J.
    Director Ejecutivo




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