Publicación Diario Oficial No.: 48.446, el día:30/May/2012
Publicada en la WEB CREG el: 30/May/2012
República de Colombia
Ministerio de Minas y Energía

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS


RESOLUCIÓN No. 047 DE 2012

( 02 MAYO 2012 )


Por la cual se ajusta la remuneración de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC y se adoptan otras decisiones.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 2253 de 1994 y 2696 de 2004.

C O N S I D E R A N D O Q U E:


De acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución CREG 081 de 2007, a más tardar el 31 de octubre de cada año del Periodo tarifario, la empresa a cargo de los servicios del CND, ASIC y LAC puede solicitar a la CREG los ajustes al Ingreso Máximo Regulado aprobado por la CREG.

De conformidad con el citado procedimiento de la metodología general, mediante la comunicación E-2011-0010314, de fecha 31 de octubre de 2011, la empresa XM S.A. E.S.P. radicó en la CREG una solicitud de ajuste al Ingreso Máximo Regulado.

Mediante Auto del 30 de noviembre de 2011 se dio inicio a la actuación administrativo, cuyo fin fue el de decidir la solicitud de ajuste del Ingreso Máximo Regulado mencionada.

Mediante la comunicación E-2011-012028, de fecha 15 de diciembre de 2011, la empresa XM S.A. E.S.P. radicó copia de la comunicación que la CREG le solicitó hacer pública con los datos generales de la solicitud de la comunicación E-2011-0010314.

Mediante la comunicación E-2012-000979, de fecha 8 de febrero de 2012, la empresa XM S.A. E.S.P. dio alcance a la solicitud de ajuste radicada con el número E-2011-0010314. Básicamente el alcance lo sustentó en la necesidad de incorporar nuevos ajustes por novedades regulatorias ocurridas después de la solicitud que radicó en la Comisión.

Mediante la comunicación E-2012-002107, de fecha 12 de marzo de 2012, la empresa XM S.A. E.S.P. radicó copia de la comunicación que la CREG le solicitó hacer pública con el resumen de la solicitud adicional de la comunicación E-2012-000979.

Mediante la comunicación con número radicado E-2012-002353, de fecha 22 de marzo de 2012, Acolgen solicitó a la Comisión ser vinculada como tercero interesado en la actuación administrativa.

Mediante Auto de fecha 28 de marzo de 2012 la Dirección Ejecutiva de la CREG vinculó a Acolgén como tercero interesado en la actuación administrativa.

Mediante la comunicación S-2012-001428, de fecha 4 de abril de 2012, la Comisión le formuló catorce preguntas a XM S.A. E.S.P. con el fin de aclarar algunos aspectos de la solicitud de ajuste.

Mediante la comunicación E-2012-003256, de fecha 19 de abril de 2012, XM radicó en la Comisión la comunicación requerida en la comunicación S-2012-001428.

La solicitud de ajuste es para el quinto y último año del periodo tarifario. En consecuencia, el ajuste que se aprueba corresponde exclusivamente al quinto año.

El siguiente cuadro muestra la solicitud de ajuste para el quinto año del periodo tarifario:


    El Documento CREG 021 de 2012 contiene el detalle de la solicitud de XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P. y los análisis de la CREG.

    La CREG, en Sesión No. 518 del 2 de mayo de 2012, aprobó el contenido de la presente Resolución.

    R E S U E L V E:


    Artículo 1. Ajustes Anuales al Ingreso Máximo Regulado: Aprobar a XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P. los siguientes ajustes al Ingreso Máximo Regulado reconocido por la CREG en la Resolución CREG – 048 de 2008, de conformidad con el Artículo 8 de la Resolución CREG 081 de 2007.



    Parágrafo 1: Los superávits que puedan aparecer al final del cuarto año de vigencia de la Resolución CREG – 048 de 2008, en la ejecución de los Ajustes (de la variable Δm) aprobados, deben pasar como disponibilidad inicial para el quinto año de vigencia de la citada resolución. Para estos efectos, XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P., a partir del segundo mes del quinto año de vigencia de la Resolución CREG – 048 de 2008, incluirá como disponibilidad inicial el superávit del año anterior y reajustará los ingresos aprobados en la variable Δm. Estos ajustes deberá informarlos a la CREG.

    Parágrafo 2: Los ingresos aprobados en este artículo a través de la variable Δm deben destinarse exclusivamente a la ejecución de los rubros que indicó la empresa en su solicitud y que la CREG aprueba con esta Resolución.

    Artículo 2. Inversiones. Los superávits que puedan aparecer al final del cuarto año de vigencia de la Resolución CREG – 048 de 2008, en la ejecución de las inversiones anuales del Programa Quinquenal de Inversiones aprobado, deben pasar como disponibilidad inicial para el quinto año de vigencia de la citada resolución. Para estos efectos, XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P, a partir del segundo mes del quinto año de vigencia de la Resolución CREG – 048 de 2008, incluirá como disponibilidad inicial el superávit del año anterior y reajustará los ingresos del Programa Quinquenal de Inversiones aprobado para el quinto año. Estos ajustes deberá informarlos a la CREG.

    Artículo 3. Vigencia. La remuneración de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC aquí aprobada comenzará a aplicarse el primer día del mes siguiente al de la fecha en la que quede en firme la presente Resolución.

    Artículo 4. Notificación. La presente Resolución deberá notificarse a XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P. y a ACOLGEN. Asimismo, deberá publicarse en el Diario Oficial.
      Artículo 5. Recursos. Contra las disposiciones contenidas en esta Resolución procede el recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación.
          NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


      Dada en Bogotá D.C., el día




      TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA
      GERMÁN CASTRO FERREIRA
      Viceministro de Energía
      Director Ejecutivo
      Delegado del Ministro de Minas y Energía
      Presidente



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