Publicación Diario Oficial No.: , el día:
Publicada en la WEB CREG el:
Resolución 010 de 1994
(27 Mayo)


Por la cual se modifica el literal a) del artículo 17 de la Resolución No. 148 de 1987 expedida por la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos.

COMISION DE REGULACION ENERGETICA
              en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 3o. del Decreto 1253 de 1993, en desarrollo del Decreto 2119 del 29 de diciembre de 1992.

C O N S I D E R A N D O:


Que mediante resolución No. 148 de 1987, la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos estableció las tarifas de los servicios no-residenciales de la Empresa de Energía de Bogotá. Particularmente, el literal a) artículo 17 de la mencionada resolución 148, estableciendo el factor de utilización para determinar los consumos de los usuarios que nunca han contado con equipo de medición para los mismos.

Que la Empresa de Energía de Bogotá mediante comunicación No. 484768 del 15 de abril de 1994 ha solicitado modificar el factor de utilización para determinar de los consumos cuando no nunca ha existido contador, basada en consideraciones técnicas.

Que la Comisión de Regulación Energética, en su sesión del 11 de mayo de 1994 decidió sobre la petición elevada por la Empresa de Energía de Bogotá.



R E S U E L V E:





ARTICULO 1o.
Modificar el literal a) del artículo 17 de la Resolución JNT-148 de 1987, el cual quedará así:


a) El contador nunca ha sido instalado: con base en la carga instalada y un factor de utilización del 15% en la industria, 50% en el servicio de alumbrado público y del 10% en los demás servicios no-residenciales.


ARTICULO 2o.
A partir del 1o. de junio de 1994, la tarifa del servicio alumbrado público es $77.28 por kilovatio hora. Esta tarifa se actualizará con el Indice de Costos del Sector Eléctrico.

ARTICULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta de Ministerio de Minas y Energía y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., el día 27 de mayo de 1994






GUIDO ALBERTO NULE AMIN
Presidente
MANUEL IGNACIO DUSSAN
Coordinador General



Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Resoluciones CREG)
Cre10-94.docC010-94.pdf - C010-94.pdf
Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Documento CREG)