| Publicación Diario Oficial No.: | 47.789, el día:02/August/2010 |
| Publicada en la WEB CREG el: | 09/August/2010 |
| República de Colombia
Ministerio de Minas y Energía
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
RESOLUCIÓN No. 114 DE 2010
( 28 JUL. 2010 )
Por la cual se modifica la fecha de puesta en operación del proyecto objeto de la convocatoria pública UPME-01-2007, prevista en el parágrafo 1 del Artículo 2 de la Resolución CREG 089 de 2008
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y
CONSIDERANDO QUE:
Mediante la Resolución CREG 022 de 2001, modificada por las Resoluciones CREG 085 de 2002 y 093 de 2007, la CREG estableció los principios generales y los procedimientos para la preparación del plan de expansión de referencia del Sistema de Transmisión Nacional y se estableció la metodología para determinar el Ingreso Regulado por concepto del Uso de este Sistema, y dispuso que la expansión del STN se hará mediante la ejecución, a mínimo costo, de los proyectos del Plan de Expansión de Transmisión de Referencia, por parte de los inversionistas que resulten seleccionados en procesos que estimulen y garanticen la libre competencia en la escogencia de dichos proyectos.
La UPME en cumplimiento de la delegación recibida del Ministerio de Minas y Energía, mediante Resolución 18 1315 de 2002 modificada por la Resolución 18 0925 de agosto de 2003 de este ministerio, abrió la Convocatoria Pública UPME-01-2007 para seleccionar al inversionista que se encargara del diseño, suministro, construcción, operación y mantenimiento de la subestación Porce 500 kV y las líneas de transmisión asociadas, en la cual resultó seleccionada Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P.
Mediante la Resolución CREG 089 de 2008, la Comisión oficializó los ingresos anuales esperados para Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. por el diseño, suministro, construcción, operación y mantenimiento de la subestación Porce 500 kV y las líneas de transmisión asociadas, previendo como fecha de puesta en operación del proyecto la definida en los Documentos de Selección de la Convocatoria UPME-01-2007.
El Ministerio de Minas y Energía, tal como se señala en el artículo 1 de la Resolución 18 1139 del 29 de junio de 2010, atendiendo la solicitud presentada por Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., modificó la fecha de puesta en operación del proyecto objeto de la Convocatoria UPME-01-2007.
Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., mediante comunicación radicada en la CREG bajo el número E-2010-005905 del 2 de julio de 2010, con fundamento en el aparte IV del literal b) del artículo 4 de la Resolución CREG 022 de 2001 modificado mediante la Resolución CREG 093 de 2007, solicitó a la CREG modificar la fecha de puesta en operación del proyecto.
El aparte IV del literal b) del artículo 4 de la Resolución CREG 022 de 2001, modificado mediante la Resolución CREG 093 de 2007, establece:
“IV. La fecha de puesta en operación del proyecto es la establecida en los Documentos de Selección. Si esta fecha es modificada por el Ministerio de Minas y Energía durante el periodo que transcurre desde el momento en que se oficializan los Ingresos Anuales Esperados del Proponente seleccionado hasta la fecha oficial establecida en los mencionados Documentos, cuando ocurran atrasos por fuerza mayor, por alteración del orden público acreditada, o por demoras en la expedición de la licencia ambiental, originadas en hechos fuera del control del Proponente Seleccionado y de su debida diligencia, la CREG decidirá mediante Resolución sobre la modificación de esta fecha. En este caso se sigue aplicando la norma establecida en el presente Numeral, y no se desplazará en el tiempo el flujo de Ingresos aprobado por la CREG.
En todo caso, cuando se declare el abandono o retiro de la ejecución del proyecto o el incumplimiento grave e insalvable de requisitos técnicos, el Transmisor perderá el derecho a recibir el flujo de Ingresos aprobado por la CREG, y ésta podrá hacer uso de sus facultades legales para imponer las servidumbres a que hubiere lugar”
El ASIC, mediante comunicación radicada con el número E-2010-006140 del 12 de julio de 2010, informó a la CREG la aceptación de la prórroga de la póliza de cumplimiento entregada por Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., con ocasión de la modificación de la fecha de entrada en operación del proyecto.
El Ministerio de Minas y Energía modificó la fecha de puesta en operación del proyecto considerando “que las causas del retraso no son imputables a la empresa ISA”, se encuentra procedente modificar la fecha de puesta en operación del proyecto prevista en el parágrafo 1 del Artículo de la Resolución CREG 089 de 2008, para efectos de lo previsto en la Resolución CREG 093 de 2007.
La Comisión, en Sesión No. 460 del 28 de julio de 2010, acordó expedir la presente resolución.
RESUELVE:
Artículo 1. Modificar el parágrafo 1 del Artículo 2 de la Resolución CREG 089 de 2008, el cual quedará así:
“Parágrafo 1. De acuerdo con lo establecido en el numeral III del literal b) del artículo 4 de la Resolución CREG 022 de 2001, modificado por la Resolución CREG 093 de 2007, si se produce un atraso en la puesta en operación del proyecto, esto es, si entra en operación comercial después del 30 de septiembre de 2010, o de la fecha que fije posteriormente la CREG de acuerdo con lo establecido en el numeral IV del literal b) del artículo 4 de la Resolución CREG 022 de 2001, modificado por la Resolución CREG 093 de 2007, se aplicará lo previsto en dicha Resolución.”
Artículo 2. Vigencia. La presente resolución deberá notificarse al Representante Legal de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra este acto procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación o publicación.
NOTIFÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los
SILVANA GIAIMO CHÁVEZ | JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO |
Viceministra de Minas y Energía | Director Ejecutivo |
Delegada del Ministro de Minas y Energía
Presidente |  |
|
Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Resoluciones CREG) |
Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Documento CREG) |
|