| Publicación Diario Oficial No.: | , el día: |
| Publicada en la WEB CREG el: | |
| Resolución No. 89 (Julio 14 de 1998)
Artículo 2°. Modificar el artículo 2º de la Resolución 052 de 1.998, modificatoria del artículo 3° de la Resolución CREG-224 de 1997, el cual quedará así:
“Artículo 3º. EVALUACIÓN DEL PLAN DE REESTRUCTURACIÓN. Vencido el plazo indicado en el Artículo 2º de la presente Resolución, la CREG efectuará la evaluación correspondiente antes del 30 de octubre de 1998. Antes de cumplirse el plazo señalado la Comisión oficializará la aprobación, el ajuste o la improbación del Plan presentado, mediante resolución, tomando las decisiones adicionales a que hubiere lugar.
Parágrafo 1º. En caso de ser aprobado el Plan de Reestructuración, con o sin ajustes según se considere pertinente, deberá ser ejecutado en su totalidad antes del 30 de diciembre de 1998. El seguimiento en la ejecución del Plan de Reestructuración será efectuado mensualmente por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, hasta que concluya el cronograma previsto.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios informará a la CREG sobre el estado de cumplimiento de dicho Plan, con el objeto de que la Comisión adopte las medidas del caso.
Parágrafo 2º. En caso de ser improbado el Plan de Reestructuración, o en caso de incumplimiento del Plan de Reestructuración que se haya aprobado, la CREG hará uso de la facultad de ordenar la liquidación o la fusión de la empresa, buscando en todo caso garantizar la prestación del servicio de distribución y comercialización de energía eléctrica, con los niveles de calidad, confiabilidad y costo que exige la Ley.”
Artículo 4º. La presente resolución rige a partir de su expedición. Deberá notificarse a la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial.
Publicada en el Diario Oficial No. 43.362 de agosto 13 de 1998 |
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., el día 14 de Julio de 1998
ORLANDO CABRALES MARTINEZ
Ministro de Minas y Energía
Presidente | JORGE PINTO NOLLA
Director Ejecutivo |
|
Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Resoluciones CREG) |
Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Documento CREG) |
|