| Publicación Diario Oficial No.: | , el día: |
| Publicada en la WEB CREG el: | 11/April/2006 |
|
Publicada en el Diario Oficial No.45.686 del 29 de septiembre de 2004.
RESOLUCIÓN No.062
( 10 AGO. 2004 )
Por la cual se corrige un error en la Resolución CREG-021 de 2004.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y,
C O N S I D E R A N D O:
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, mediante la Resolución CREG 021 de 2004, aprobó el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados para el mercado relevante de GASORIENTE S.A. E.S.P. como se indica a continuación:
| Departamento | Municipios |
| Santander | Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches |
| Bolívar | Cantagallo y San Pablo |
Que mediante Resolución CREG 019 de 2004, al mercado relevante del municipio de Floridablanca, Santander, se le aprobó el Cargo Promedio de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas natural por redes a usuarios regulados, según solicitud tarifaria de Metrogas de Colombia S.A. E.S.P. Así las cosas, el municipio de Floridablanca quedó incluido en dos mercados relevantes;
Que la empresa Metrogas de Colombia S.A. E.S.P. definió explícitamente como su mercado relevante al municipio de Floridablanca, Santander;
Que por las circunstancias expuestas se hace necesario corregir la citada resolución;
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No. 240 del 10 de Agosto de 2004, acordó expedir la presente Resolución;
RESUELVE:
Artículo 1. Modificar el Artículo 1°. de la Resolución CREG - 021 de 2004, en el sentido de precisar que el mercado relevante de distribución y comercialización serán los Municipios de Bucaramanga, Girón, Piedecuesta, Lebrija, Sabana de Torres y Puerto Wilches en el departamento de Santander; y los municipios de Cantagallo y San Pablo en el departamento de Bolívar.
Artículo 2. Notificar personalmente el contenido de esta Resolución a los representantes de las empresas GASES DEL ORIENTE S.A. E.S.P. y METROGAS DE COLOMBIA S.A. E.S.P., y hacerles saber que contra lo dispuesto en ella no procede recurso alguno por la vía gubernativa.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá D.C., a los 10 AGO. 2004
MANUEL MAIGUASHCA OLANO | SANDRA STELLA FONSECA ARENAS |
Viceministro de Minas y Energía encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Minas y Energía | Directora Ejecutiva |
Presidente |  |
|
Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Resoluciones CREG) |
Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Documento CREG) |
|