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Resolución 001 de 1996
(16 de enero)

Por la cual se fijan las reglas previas a la entrada en vigencia de un cargo por capacidad en el mercado mayorista de energía eléctrica

Resoluciones sobre el mismo tema: Resolución-CR116-96
Resolución-CREG083-2000
Resolución CREG 006-01
Resolución CREG 012-03
(La resolución 053 de 1994 fue derogada parcialmente por: Resolución-CR116-96-Art:12
Las resoluciones 022, 080, 087 de 1996 fueron derogadas por:
Resolución-CRG98-96-Art:16

La resolución 098 de 1996 fue derogada por: Resolución-CR116-96-Art:16)
Temas Complementarios: MERCADO MAYORISTA: Resolución-CRG95024

LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los decretos 1524 y 2253 de 1994 y,

    C O N S I D E R A N D O:


    Que la Comisión tiene la facultad legal de establecer los principios, criterios y procedimientos del mercado mayorista de energía eléctrica, de conformidad con lo señalado en las Leyes 142 y 143 de 1994;

    Que se considera conveniente crear un cargo por capacidad en el mercado mayorista;

    Que la Ley 143 en su artículo 23, literal i obliga a la Comisión a oir los conceptos previos que el Consejo Nacional de Operación exponga sobre el Reglamento de Operación del cual formaría parte este cargo;

    Que el Consejo Nacional de Operación ha remitido un primer concepto en comunicación del 12 de los corrientes;

    Que es conveniente esperar el nuevo concepto que haya de emitir el CNO sobre la aplicación del cargo;

    Que para antes de la entrada en vigencia del cargo, la Comisión puede expedir unas reglas que prepararen su aplicación en forma conducente a los propósitos buscados,

    R E S U E L V E :


    ARTICULO 1o: Objeto:
    Esta resolución crea un cargo por capacidad en el mercado mayorista de electricidad, defiriendo para una resolución futura las reglas aplicables para el cálculo, determinación de la capacidad remunerable, cobro y pago del mismo. Dicho cargo comenzará a regir el primero (1o) de enero de 1.997.

    ARTICULO 2o: Ámbito de Aplicación: Esta resolución se aplica a todos los agentes económicos que generan o comercializan energía eléctrica en el mercado mayorista de electricidad.


    ARTICULO 3o: Reglas preparatorias:
    Con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta resolución, deberá tomarse en cuenta el cargo por capacidad en los contratos que se suscriban o en las renovaciones que se pacten de los contratos actualmente vigentes. De no hacerlo, el cargo se entenderá incorporado en tales contratos y renovaciones.

    Parágrafo: En todo caso el cargo por capacidad entrará a regir a partir del primero (1o) de enero de 1.997.

    ARTICULO 4o: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.


    Publicada en el Diario Oficial No. 42.708 de Febrero 2 de 1996


    PUBLIQUESE Y CUMPLASE


    Dada en Santafé de Bogotá, D. C., el día 16 de enero de 1996






    RODRIGO VILLAMIZAR A.
    Ministro de Minas y Energía
    ANTONIO BARBERENA S.
    Director Ejecutivo (e)



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