Publicación Diario Oficial No.: 50.629, el día:19/June/2018
Publicada en la WEB CREG el: 18/June/2018
      República de Colombia

Ministerio de Minas y Energía

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS


RESOLUCIÓN No. 057 DE 2018

( 27 ABR. 2018 )


Por la cual se actualiza el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de las Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS


En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y 1260 de 2013, y

C O N S I D E R A N D O Q U E:



De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23 y el artículo 41 ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 097 de 2008 modificada por las resoluciones CREG 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los sistemas de transmisión regional (STR) y de distribución local (SDL).

En la Resolución CREG 122 de 2009, se aprobó el costo anual por el uso de los activos del nivel de tensión 4 y los cargos máximos de los niveles de tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por las Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P. en el sistema de transmisión regional (STR) y en el sistema de distribución local (SDL).

Mediante la Resolución CREG 171 de 2009, la CREG resolvió el recurso de reposición interpuesto por las Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P. sobre la Resolución CREG 122 de 2009.

De acuerdo con el artículo 9 de la Resolución CREG 097 de 2008, por la puesta en operación de nuevos activos podrán actualizarse los cargos por uso de los OR, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el capítulo 4 del anexo general de esa resolución.

Mediante las resoluciones CREG 054 y 135 de 2017 se actualizó el Costo Anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de las Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P. por la entrada en operación de nuevos activos.

Las Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P., mediante comunicación con radicado CREG E-2018-000736 del 30 de enero de 2018, solicitaron a la CREG la actualización del costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 por el proyecto “Normalización de la subestación Ayacucho”.

La solicitud de la empresa se presentó y radicó ante la CREG con anterioridad a la entrada en vigencia de la Resolución CREG 015 de 2018 y, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 24, la misma se deberá adelantar teniendo en cuenta los postulados de la Resolución CREG 097 de 2008.

Mediante auto del 2 de abril de 2018, la Comisión dio inicio a la actuación administrativa tendiente a actualizar el costo anual por el uso de activos del nivel de tensión 4 de las Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P., y ordenó la apertura del respectivo expediente que fue distinguido con el número 2018-0020.

Las Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P. entregaron la siguiente información:
    a) Listado de unidades constructivas que componen el proyecto en el nivel de tensión 4, con base en las definidas en el capítulo 5 del anexo general de la Resolución CREG 097 de 2008. Estas son:

    UC
    Descripción
    Cantidad
    N4S1Bahía de línea barra sencilla
    1,00
    N4S48Casa de control nivel de tensión 4 ($/m2)
    33,75
    N4S45Sistema de control de la subestación
    1,00
    N4EQ2Transformador de tensión nivel 4
    3,00
    N4EQ9Sistema de teleprotección
    1,00
    N4EQ10Interface de usuario (IHM)
    1,00
      b) Copia de los conceptos que sobre el proyecto emitió la Unidad de Planeación Minero Energética, con radicado 20131500047101 del 19 de julio de 2013 y 20171520044081 del 27 de diciembre de 2017.
        c) Comunicación con radicado 001560-1 del 1 de febrero de 2018, en donde XM certifica la entrada en operación comercial, a parir del día 26 de noviembre de 2017, de la subestación Ayacucho y las bahías de línea asociadas.
          d) Diagrama unifilar de la subestación Ayacucho 115 kV.
          Como resultado del análisis de la información entregada durante la actuación administrativa se ajustó el inventario de activos de la empresa. Las unidades constructivas a reconocer son las siguientes:

          UC
          Descripción
          Cantidad
          N4S1Bahía de línea barra sencilla
          1,00
          N4S48Casa de control nivel de tensión 4 ($/m2)
          33,75
          N4S45Sistema de control de la subestación
          1,00
          N4EQ2Transformador de tensión nivel 4
          3,00
          N4EQ9Sistema de teleprotección
          1,00
          N4EQ10Interface de usuario (IHM)
          1,00

          Con respecto al valor del nuevo terreno, reportado por la empresa para ser considerado en el cálculo, se encuentra que lo demostrado no corresponde al valor catastral del inmueble y por tanto se utiliza el valor catastral para la subestación Ayacucho que fue considerado para los cálculos de la Resolución CREG 122 de 2009.

          Aplicada la metodología establecida en la Resolución CREG 097 de 2008 se calcularon las siguientes variables:

          Cotos anuales
          [Pesos dic 2007]
          NCAAEj,n
          CAANEj,n
          AOMj,n
          Nivel de Tensión 4
          4.325.490.539
          960.945.726
          6.337.360.852

          La Comisión, en sesión No. 850 del 27 de abril de 2018, aprobó modificar el Costo Anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de las Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P., por el proyecto “Normalización de la subestación Ayacucho”.

          R E S U E L V E:

          Artículo 1. El artículo 1 de la Resolución CREG 122 de 2009, modificado por las resoluciones CREG 171 de 2009, 054 y 135 de 2017, queda así:
                Artículo 1. Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4. El Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 operados por las Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P., calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, es el siguiente:

            Artículo 2. El artículo 5 de la Resolución CREG 122 de 2009, modificado por las resoluciones CREG 054 y 135 de 2017, queda así:
                “Artículo 5. Costos de reposición de la inversión. Los costos de reposición de la inversión del OR Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P. para cada nivel de tensión, calculados en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, son los siguientes:
              Artículo 3. Vigencia. De conformidad con lo previsto por el artículo 19 de la Resolución CREG 097 de 2008, los cargos y valores aquí aprobados estarán vigentes desde la fecha en que quede en firme la presente resolución y por el periodo que establezca la regulación, sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar. Vencido su período de vigencia, continuarán rigiendo hasta que la Comisión apruebe los nuevos.
                Artículo 4. Recursos. La presente resolución deberá notificarse a las Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P. y contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

                NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


                Dada en Bogotá. D. C., a 27 ABR. 2018



                    ALONSO MAYELO CARDONA DELGADO
                    GERMÁN CASTRO FERREIRA
                    Viceministro de Energía
                    Director Ejecutivo
                    Delegado del Ministro de Minas y Energía
                    Presidente



                Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Resoluciones CREG)
                Creg057-2018.docCreg057-2018.docCreg057-2018.pdfCreg057-2018.pdf
                Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Documento CREG)