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Resolución 093 de 1997

    Por la cual se dictan disposiciones en materia de transporte de gas natural.

    LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS


    En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, y

    CONSIDERANDO:

    Que mediante la resolución CREG-092 de 1997, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, estableció criterios generales para la clasificación de redes de conducción de gas natural como sistemas o subsistemas de transporte.

    Que para promover opciones de suministro de gas en la Sabana de Bogotá y su área de influencia es necesario garantizar que exista un sistema de transporte que permita conducir el gas hasta los municipios de esa área.

    Que el sistema que se requiere para la conducción de gas natural en la Sabana de Bogotá y su área de influencia reúne las características establecidas por la CREG para definirlo como sistema o subsistema de transporte.
    RESUELVE:

    ARTICULO 1o.: Definiciones: Para efectos de la presente Resolución, se tendrán en cuenta las definiciones contenidas en el capítulo 1 de la Res. CREG-057 de 1996, las cuales se adicionan con la siguiente:

    Subsistema de transporte de la Sabana de Bogotá: Es el subsistema compuesto por el gasoducto o red de gasoductos con ramales y conexiones asociadas, que se conecta al sistema troncal de transporte en la estación reguladora de puerta de ciudad de Cogua y atiende parte o la totalidad de los siguientes municipios:

    ZipaquiráCajicá
    TabioTenjo
    ChíaCota
    FunzaMosquera
    MadridBojacá
    ZipacónFacatativa
    SopóGachancipá
    Tocancipá
    ARTICULO 2o.: Regulación del subsistema de transporte de la Sabana de Bogotá. El subsistema de transporte a que se refiere la presente resolución y sus operadores estarán regulados por las normas de la Ley 142 de 1994 y normas concordantes, en especial las contenidas en la Res. CREG-057 de 1996 y las disposiciones que la modifican y complementan.

    ARTICULO 3o. Determinación de los cargos por utilización de los subsistemas de transporte de los cargos: Los cargos por conexiòn y por uso del subsistema de transporte a que se refiere la presente resolución serán determinados de conformidad con la metodología y fórmulas definidas por la Comisión, al igual que el cargo por volúmen para los servicios de administración, compresión y medición al usuario.

    ARTICULO 4o.: Vigencia: Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial

    PUBLIQUESE Y CUMPLASE


    Dada en Santafé de Bogotá, a los



CARLOS CONTE LAMBOGLIA
Viceministro de Energía Encargado de las funciones del Despacho del
Ministro de Minas y Energía
Presidente
EDUARDO AFANADOR I
Director Ejecutivo

CRG93-97.DOC; CRG93-97.PDF

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