| Publicación Diario Oficial No.: | , el día: |
| Publicada en la WEB CREG el: | |
| Resolución No. 159
(Septiembre 11 de 1997)
Por la cual se aprueban los cargos de uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local de la Centrales Hidroeléctricas de Caldas S.A.-E.S.P.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los decretos 1524 y 2253 de 1994 y,
C O N S I D E R A N D O
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas mediante Resolución 099 de 1997, adoptó la metodología para el cálculo de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local;
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Resolución CREG-099 de 1997, la aprobación de los cargos por uso a cada transportador se adelantó dando aplicación a la presunción de buena fe prevista en el artículo 83 de la Constitución Política. Se presumió, por tanto, que las informaciones aportadas por la Centrales Hidroeléctricas de Caldas S.A.-E.S.P. (CHEC) son veraces, y que los documentos aportados son auténticos y fueron tenidos en cuenta para la fijación de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución local;
Que vencido el plazo para que los transportadores presentaran la información requerida según la Resolución CREG-099 de 1997, se analizó en conjunto e individualmente la información presentada por los transportadores y se siguió el procedimiento establecido en el Anexo No. 1 de dicha resolución para el cálculo de los cargos;
Que la infraestructura de la Centrales Hidroeléctricas de Caldas S.A.-E.S.P. a valorar se hizo de acuerdo con la Resolución CREG-099 de 1997;
Que la valoración de los activos se hizo de acuerdo con la metodología establecida en la Resolución CREG-099 de 1997, y con sujeción a lo dispuesto en la Resolución CREG-155 de 1997, en la cual se establecen los costos unitarios máximos de reposición a nuevo a ser tenidos en cuenta para la valoración de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local;
Que para calcular los cargos por uso de CHEC se tuvieron en cuenta las compras de energía que esta empresa realiza a ELECTROLIMA, EPSA, EEC y EADE en los respectivos niveles de tensión. Igualmente se consideraron los activos de conexión que son propiedad de CHEC y las anualidades de los contratos de conexión al STN.
Que las subestaciones Armenia y Regivit son de uso exclusivo del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local de la Empresa de Energía del Quindío, por lo que se consideran como activos de conexión de este último sistema;
Que la Resolución CREG-099 de 1997 dispone que los cargos resultantes estarán sujetos a un limite máximo, el cual fue establecido en la Resolución CREG-155 de 1997, para cada nivel de tensión;
Que la Comisión, en sesión del día once (11) de septiembre de 1997, aprobó los cargos por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local operado por la Centrales Hidroeléctricas de Caldas S.A.-E.S.P.
RESUELVE
Artículo 1º. Cargos monomios. Los cargos monomios por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local operado por la Centrales Hidroeléctricas de Caldas S.A.-E.S.P., serán los siguientes, a pesos de diciembre de 1996:
NIVEL DE TENSIÓN | CARGO MONOMIO
$/kWh |
| Nivel IV | 5,8816 |
| Nivel III | 10,4380 |
| Nivel II | 23,9282 |
| Nivel I | 47,2505 |
Artículo 2°. Cargos monomios horarios. Los cargos monomios horarios por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local operado por la Centrales Hidroeléctricas de Caldas S.A.-E.S.P., serán los siguientes, a pesos de diciembre de 1996:
Artículo 3°. Vigencia. La presente Resolución rige a partir del 1º de enero de 1998, siempre que esté en firme. Deberá notificarse a la Centrales Hidroeléctricas de Caldas S.A.-E.S.P., y publicarse en el Diario Oficial. Contra esta resolución procede el recurso de reposición, que podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación o publicación, según el caso.
Publicada en el Diario Oficial No. 43.143 de octubre 06 de 1997 |
Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., el día 11 de Septiembre de 1997
ORLANDO CABRALES MARTÍNEZ
Ministro de Minas y Energía
Presidente | JORGE MERCADO DIAZ
Director Ejecutivo |
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CR159-97.DOC; CR159-97.PDF
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