Publicación Diario Oficial No.: | , el día: |
Publicada en la WEB CREG el: | 11/April/2006 |
RESOLUCIÓN No.009
( 12 FEB. 2004 )
Por la cual se modifica la Resolución CREG-006 de 2001.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante la Resolución CREG-006 de 2001, la CREG expidió la regulación aplicable a los mecanismos de verificación de la información sobre parámetros para el cálculo del cargo por Capacidad, reportada por los agentes;
Que según lo establecido en la Ley 142 de 1994, artículo 73, inciso final, la Comisión de Regulación de Energía y Gas tiene la facultad selectiva de pedir información amplia, exacta, veraz y oportuna a quienes presten los servicios públicos domiciliarios a que se refiere la Ley 142 del 94, inclusive si sus tarifas no están sujetas a regulación;
Que de acuerdo con lo previsto en el inciso final de la misma norma, quienes no proporcionen la información solicitada por la Comisión, estarán sujetos a todas las sanciones que contempla el artículo 81 de la Ley 142 de 1994, y en todo caso, la CREG podrá imponer por sí misma las sanciones del caso, cuando no se atiendan en forma adecuada sus solicitudes de información;
Que se hace necesario ampliar el término establecido en la Resolución CREG-075 de 2002 para la entrega del informe final por parte del auditor a la CREG.
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas en su sesión No. 231 del 12 de febrero de 2004 aprobó las disposiciones establecidas en la presente Resolución;
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1o. Modifíquese el numeral 2.7 del Artículo 2º de la Resolución CREG-006 de 2001, modificado por el Artículo 1º de la Resolución CREG-075 de 2002, el cual quedara así:
“2.7. El informe final debe ser entregado antes del treinta (30) de septiembre del año T +1, a la CREG.”
ARTÍCULO 2o. Vigencia. Esta Resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y modifica las disposiciones que le sean contrarias.
Publicada en el Diario Oficial No.45.463 del 16 de febrero de 2004
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. 12 FEB. 2004
LUIS ERNESTO MEJÍA CASTRO | SANDRA STELLA FONSECA ARENAS |
Ministro de Minas y Energía | Directora Ejecutiva |
Presidente |  |
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