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Resolución No. 120
(Julio 29 de 1997)

Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la EMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA DE MAGANGUE S.A. E.S.P., contra la resolución 041 de Abril 4 de 1997.


    LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS



    En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.


    CONSIDERANDO :



    1o. Que mediante la resolución CREG-112 de 1996, la Comisión indicó las bases sobre las cuales aprobaría la fórmula tarifaria general que permitiría a las empresas comercializadoras determinar el costo de prestación del servicio de electricidad a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional y el procedimiento para definir esa metodología.
    2o. Que mediante la resolución CREG-007 de 1997 se prorrogaron algunos plazos del cronograma establecido en la Resolución CREG-112 de 1996.

    3o. Que mediante la resolución CREG-031 de 1997 la Comisión aprobó las fórmulas generales de costos y estableció la metodología para fijar el Costo Base de Comercialización.

    4o. Que mediante la resolución CREG-041 de 1997 la Comisión fijó el Costo Base de Comercialización para la EMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA DE MAGANGUE S.A. E.S.P., aplicable a los usuarios regulados que estén conectados al Sistema de Transmisión Regional y/o Sistema de Distribución Local de la misma empresa, resolución que fue notificada por edicto, el cual se desfijó el día 27 de mayo de 1997. Por tanto el plazo para recurrir venció el 3 de junio de 1997.

    5o. Que mediante oficio del 10 de junio de 1997, la EMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA DE MAGANGUE S.A. E.S.P., interpuso de forma extemporánea recurso de reposición contra la resolución CREG-041 de 1997.

    En consideración a lo anterior,


    R E S U E L V E :




    Artículo 1o.
    Rechazar el recurso de reposición interpuesto de forma extemporánea por la EMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA DE MAGANGUE S.A. E.S.P. contra la resolución CREG-041 de 1997.

    Artículo 2o. Notificar la presente resolución a la EMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA DE MAGANGUE S.A. E.S.P. y hacerle saber que contra lo dispuesto en este acto no procede recurso alguno por la vía gubernativa.

    Artículo 3o. Esta resolución rige desde la fecha de su notificación y deberá publicarse en el Diario Oficial.

    Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de Julio de 1997


    Publicada en el Diario Oficial No. 43. de 1997

    NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,


    CARLOS CONTE LAMBOGLIA
    Viceministro de Energía
    Encargado de las funciones del
    Despacho del Ministro de Minas
    y Energía
    Presidente
    EDUARDO AFANADOR IRIARTE
    Director Ejecutivo

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