| Publicación Diario Oficial No.: | , el día: |
| Publicada en la WEB CREG el: | |
| Resolución No. 141 (Agosto 12 de 1997)
Por la cual se divulga el resultado del análisis del estudio de viabilidad empresarial presentado por DISTRIGAS S.A., y se toman decisiones orientadas a la transformación de dicha empresa.
ARTICULO 2o. FECHA LIMITE PARA LA PRESENTACION DEL PLAN DE REESTRUCTURACION. La empresa: DISTRIGAS S.A., tendrá un plazo máximo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, para presentar ante la CREG el Plan de Reestructuración a que hace referencia el Artículo anterior.
ARTÍCULO 3o. EVALUACION DEL PLAN DE REESTRUCTURACION. Vencido el plazo indicado en el Artículo 2o de la presente Resolución, la CREG efectuará la evaluación correspondiente dentro de los tres (3) meses inmediatamente siguientes. Antes de cumplirse el plazo señalado la Comisión oficializará la aprobación, el ajuste o la improbación del Plan presentado, mediante resolución, tomando las decisiones adicionales a que hubiere lugar.
PARAGRAFO 1o. En caso de ser aprobado el Plan de Reestructuración, con o sin ajustes según se considere pertinente, este plan reemplazará el Plan de Gestión aprobado por la UPME para esta empresa, y el seguimiento en su ejecución se efectuará mensualmente por la Superintendencia de Servicios Públicos hasta que concluya el cronograma previsto. La Superintendencia de Servicios Públicos informará a la CREG sobre el cumplimiento de dicho plan, con el objeto de que la CREG adopte las medidas del caso.
PARAGRAFO 2o. En caso de ser improbado el Plan de Reestructuración, o en caso de incumplimiento del Plan de Reestructuración que se haya aprobado, la CREG hará uso de la facultad de ordenar la liquidación o la fusión de la empresa, buscando en todo caso garantizar la prestación del servicio de distribución de GLP, con los niveles de calidad, confiabilidad y costo que exige la Ley.
ARTICULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación a DISTRIGAS S.A. y deberá publicarse en el Diario Oficial. Contra esta Resolución procede el recurso de reposición que podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación o publicación, según el caso.
Publicada en el Diario Oficial No. 43. de 1997 |
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., el día 12 de Agosto de 1997
CARLOS CONTE LAMBOGLIA
Viceministro de Energía Encargado
de las funciones del Despacho del
Ministro de Minas y Energía
Presidente | JORGE PINTO NOLLA
Director Ejecutivo(E) |
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CR141-97.DOC; CR141-97.PDF
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