| Publicación Diario Oficial No.: | , el día: |
| Publicada en la WEB CREG el: | |
| Resolución 088 de 1997 (29 de abril)
ARTICULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha en que se encuentre en firme. Deberá publicarse en el Diario Oficial y notificarse a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., Centrales Eléctricas de Norte de Santander y Distasa ESP “EU”. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación o publicación según el caso.
Publicada en el Diario Oficial No. 43.052 de Mayo 30 de 1997 |
NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, D. C., el día 29 de abril de 1997
 | RODRIGO VILLAMIZAR A.
Ministro de Minas y Energía
Presidente | EDUARDO AFANADOR I
Director Ejecutivo |
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