Publicación Diario Oficial No.: 41.773, el día:24/March/1995
Publicada en la WEB CREG el:
Resolución 008 de 1995
(14 de Marzo)
Por la cual se establece la periodicidad de las reuniones del Consejo Nacional de Operación.

Sobre el mismo tema ver: Resolución-CODOPERACION

La Comisión de Regulación de Energía y Gas

            En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 37 de la Ley 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1523 y 2253 de 1994.

C o n s i d e r a n d o:
            Que el artículo 37 de la Ley 143 de 1994 determinó que la Comisión de Regulación de Energía y Gas establecerá la periodicidad de las reuniones del Consejo Nacional de Operación.

            Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas en su sesión del 7 de marzo de 1995 definió la frecuencia de las reuniones del Consejo Nacional de Operación.
R e s u e l v e:



      Articulo 1º

El Consejo Nacional de Operación será convocado por su Secretario Técnico y sesionará, en forma ordinaria, por lo menos una vez al mes, y extraordinariamente, cuando así lo solicite el Ministro de Minas y Energía o uno de los miembros del Consejo.


      Articulo 2º.
    La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta del Ministerio de Minas y Energía.


    Comuníquese, publíquese y cúmplase


    Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., el día 14 de Marzo de 1995

    Jorge Eduardo Cock L.
    Presidente
    Evamaría Uribe Tobón
    Director Ejecutivo



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