| Publicación Diario Oficial No.: | 47.634, el día:25/February/2010 |
| Publicada en la WEB CREG el: | 25/February/2010 |
| RESOLUCIÓN No.022 ( 24 FEB. 2010 )
Por la cual se modifica el numeral 1.4 del Anexo 1 de la Resolución CREG-071 de 2006
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
En ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, y
Concordancias: Ley 142 de 1994, Art. 74.1 Lit. c.
Resolución CREG 10 de 2010
Resolución CREG 71 de 2006 |
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo con lo establecido en el literal c) del artículo 74.1 de la ley 142 de 1994, le corresponde a la CREG establecer el Reglamento de Operación, para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista.
Mediante la Resolución CREG-071 de 2006, se adoptó la metodología para la remuneración del Cargo por Confiabilidad en el Mercado Mayorista de Energía, en la cual se definió la fórmula de cálculo y actualización de un Precio de Escasez.
Se expidió la Resolución CREG-010 de 2010 a través de la cual se definió un mecanismo para el sostenimiento de la confiabilidad, según el cual la energía vendida y embalsada se ofertará posteriormente, en el Mercado Mayorista, al Precio de Escasez más 1 $/kWh durante el período del Fenómeno de El Niño.
El operador del mercado, XM, mediante comunicación con radicado CREG E-2010-001755 solicitó aclaración sobre la aplicación del Precio de Escasez para los efectos previstos en la Resolución CREG-010 de 2010.
De conformidad con lo establecido en el parágrafo del Artículo 9 del Decreto 2696 de 2004 y el numeral 3 del artículo 2 de la Resolución CREG-097 de 2004, la Comisión decidió por unanimidad que la presente Resolución no estará sometida a las disposiciones sobre publicidad de proyectos de regulación previstas en el Decreto, por razones de oportunidad, teniendo en cuenta que se requiere definir un Precio de Escasez aplicable durante todo el mes para facilitar la aplicación de la Resolución CREG-010 de 2010.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión 445 del 24 de febrero de 2010, acordó expedir esta resolución.
R E S U E L V E:
Artículo 1. Modificación del segundo inciso de la variable contenida en el Numeral 1.4 del Anexo 1 de la Resolución CREG-071 de 2006. El segundo inciso de la variable contenida en el Numeral 1.4 del Anexo 1 de la Resolución CREG-071 de 2006, quedará así:
“El valor actualizado se convertirá a $/kWh con la TRM oficial del día en que se efectúe el cálculo, publicada por la Superintendencia Financiera”.
Artículo 2. Adición del Numeral 1.4 del Anexo 1 de la Resolución CREG-071 de 2006. Se adiciona el Numeral 1.4 del Anexo 1 de la Resolución CREG-071 de 2006, con este inciso final:
“La actualización del PEm y sus componentes se hará dos (2) días calendario antes del primer día del mes m y el PEm actualizado estará vigente durante todos los días del mes m.”
Artículo 3. Modificación del primer inciso del “Numeral 1.4.1 Indexación del Precio de Escasez Parte Combustible” del Anexo 1 de la Resolución CREG-071 de 2006. El primer inciso del “Numeral 1.4.1 Indexación del Precio de Escasez Parte Combustible” del Anexo 1 de la Resolución CREG-071 de 2006 quedará así:
“El Precio de Escasez correspondiente a la Parte Combustible se indexará mensualmente a partir de la entrada en vigencia de la resolución, para lo cual se aplicará la siguiente fórmula:”
Artículo 4. Vigencia. Esta resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las normas que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a 24 FEB. 2010
SILVANA GIAIMO CHÁVEZ | JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO |
Viceministra de Minas y Energía, Delegada del Ministro de Minas y Energía | Director Ejecutivo |
Presidente |  |
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