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Resolución
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1996
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CR130-96
Texto del documento
Resolución 130 de 1996
(18 de diciembre)
Por la cual se aprueba el Ingreso Regulado permitido por el uso del STN para 1997 y se establecen los Cargos por Uso del STN aplicables a los generadores y comercializadores durante los meses de enero y febrero de 1997.
Sobre el mismo tema ver:
Resolución-CRG94001
Resolución-CRG94002
Resolución-CRG95012
Resolución-CRG95066
Resolución-CRG58-96
Resolución-CRG70-96
Resolución-CRG08-97
LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los decretos 1524 y 2253 de 1994 y,
Ver : Leyes-Ley-142-Art:28
Ver : Leyes-Ley-142-Art:73.22
Ver : Leyes-Ley-143-Art:23 Ver : Leyes-Ley-143-Art:39-41
C O N S I D E R A N D O Que las Resoluciones CREG-001 y CREG-002 de noviembre de 1994 y la Resolución CREG-012 de marzo de 1995, establecen la metodología para calcular y actualizar los Cargos por Uso del Sistema de Transmisión Nacional; Que el Artículo 8o de la Resolución CREG-002 de 1994 establece que Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., debe remitir a la Comisión de Regulación de Energía y Gas los Cargos por Uso del Sistema de Transmisión Nacional para su aprobación; Que Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. mediante documento ISA-MEM-96-014 de noviembre de 1996, ha presentado ante la Comisión de Regulación de Energía y Gas, dentro de las fechas establecidas, la solicitud de aprobación del Ingreso Regulado y de la estructura de cargos para el período 1997-2001, así como una propuesta de adecuación de la metodología de Cargos vigente; Que la propuesta presentada por Interconexión Eléctrica S.A ISA. E.S.P. está siendo analizada por la CREG, en lo referente a la estructura de Cargos aplicables; Que se hace necesario establecer los Cargos por Uso del Sistema de Transmisión Nacional (STN) aplicables a los generadores y comercializadores durante los meses de enero y febrero de 1997, mientras la Comisión concluye la revisión de la propuesta de Cargos presentada por ISA. E.S.P.; R E S U E L V E: [
ARTICULO 1o. Ingreso Regulado.
Para la aplicación de la fórmula regulatoria del Ingreso Regulado del Sistema de Transmisión Nacional, descrita en el Anexo 1 de la Resolución CREG-001 de 1994, se establecen los siguientes valores para el período regulatorio 1997-1999:
R
o
=
$ 290,691.0 millones de pesos de Junio de 1996
X =
5% anual
K
t
=
0 para el año 1997
Concordancia : Resolución-CRG08-97-Res:008/97
ARTICULO 2o. Cargos aplicables a Generadores y Comercializadores.
Durante los meses de enero y febrero de 1997 los Cargos por Uso del STN aplicables a Generadores y Comercializadores, serán los establecidos en la Resolución CREG-066 de 1995, actualizados con el Indice de Precios al Productor Total Nacional [IPP] reportado por el Banco de la República, del mes correspondiente a la prestación del servicio.
Concordancia : Resolución-CRG08-97-Art:3-6
ARTICULO 3o. Revisión de la Estructura de Cargos.
Antes del 28 de febrero de 1997, la Comisión de Regulación de Energía y Gas establecerá la nueva estructura de Cargos por Uso del STN, que regirán para la vigencia 1997-1999.
PARAGRAFO 1o.
Si la Comisión define la nueva estructura de cargos antes de la fecha límite establecida en el presente Artículo, esta nueva estructura entrará a regir desde el momento en que así lo determine la CREG.
PARAGRAFO 2o.
La estructura y el valor de los cargos que apruebe la Comisión, se ajustará de tal manera que responda al valor del Ingreso Regulado permitido para 1997, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 1o. de la presente Resolución..
Concordancia : Resolución-CRG08-97-Art:4-5
Concordancia : Resolución-CRG08-97-Art:9
ARTICULO 4o.
La presente Resolución rige a partir de la fecha en que se encuentre en firme. Deberá publicarse en el Diario Oficial y notificarse a Interconexión Eléctrica S. A. E. S. P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación o publicación.
Concordancia : Leyes-Ley-142-Art:113
Publicada en el Diario Oficial No. 42.949 de Diciembre 30 de 1996
NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, D. C., el día 18 de Diciembre de 1996
RODRIGO VILLAMIZAR A.
Ministro de Minas y Energía
Presidente
EDUARDO AFANADOR IRIARTE
Director Ejecutivo
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Ultima actualización: 03/21/2011 05:21:40 PM